Que Significa Persona Fisica O Moral? - [Ideas]

Que Significa Persona Fisica O Moral?

Que Significa Persona Fisica O Moral
¿Qué es una persona física y moral? –

  • Persona Física: de acuerdo al SAT, es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc), el cual tiene derechos y obligaciones. En el Código Civil, en su artículo 2.1, se define como “es el ser humano desde que nace y es viable, hasta que muere; a quien se le atribuye capacidad de goce y de ejercicio; y que desde que es concebido se le tiene por persona para los efectos declarados por la ley”.
  • Persona Moral: son entidades reconocidas por la ley como sujetos de derechos y obligaciones. ¿Cómo se constituye una persona moral? Suelen ser creadas por un grupo de personas que se unen con un fin determinado, como las sociedades mercantiles, las asociaciones y sociedades civiles.

¿Qué es una persona física ejemplos?

Emprendedor, conoce los regímenes fiscales de las personas físicas – Identifica el régimen fiscal al que perteneces. Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. En cada caso tiene requisitos y un trato fiscal distinto. Empecemos por conocer a qué se refiere cada concepto:

Persona física

Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones. Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:

Régimen Simplificado de Confianza Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Enajenación de bienes Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas Régimen de Arrendamiento Intereses Obtención de premios Dividendos Demás ingresos

Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad, de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de identificar el régimen fiscal en que debes tributar.

Los regímenes fiscales que puedes elegir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás a cabo son: Régimen Simplificado de Confianza Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.

Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas. Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.

  1. Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses).
  2. Régimen de Arrendamiento Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).

Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban.

Persona moral

Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

¿Qué significa ser persona física o moral?

La persona física se identifica por su nombre, mientras que la persona moral lo hace a través de una denominación o razón social (normalmente es el nombre que le das a tu empresa). Una persona física tiene estado civil mientras que una morales no, ya que son un conjunto de personas.

¿Qué es una persona moral y ejemplo?

¿Qué es una persona moral? – Como persona moral o jurídica se designa, en derecho, toda aquella entidad de existencia jurídica, que está constituida por grupos u organizaciones de personas, y que es reconocida como instancia unitaria con capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones.

Las personas morales no tienen existencia material o concreta ; no existen como individuo sino como institución, pues son una ficción de derecho para dar reconocimiento a una entidad individual e independiente, que está sujeta a obligaciones y dotada de derechos, tal como una persona física. En este sentido, la persona moral es un organismo conformado y representado por un conjunto de personas físicas sobre las cuales recae la capacidad para la toma de decisiones.

Para ello, la persona moral tendrá uno o varios administradores, un consejo de administración o una junta de socios que tendrá la responsabilidad de actuar en su nombre. La persona moral o jurídica se constituye mediante un acto jurídico ante una autoridad, en el cual, a través de la creación de una escritura pública, quedan asentadas las normas y los estatutos por los cuales esta se regirá y los derechos y obligaciones que poseerá.

Según el derecho, las personas morales tienen una personalidad jurídica propia, lo que quiere decir que están capacitadas para actuar como sujeto de derecho: adquirir bienes, contraer obligaciones, ejercer acciones ante un juez. Las personas morales se caracterizan por tener domicilio, nombre, capacidad y patrimonio.

Son personas morales, por ejemplo, asociaciones, corporaciones, sociedades y fundaciones. Las personas morales se caracterizan por tener domicilio, nombre, nacionalidad, capacidad y patrimonio. Por ejemplo, son personas morales o jurídicas:

las empresas unipersonales,las sociedades mercantiles,las fundaciones,las asociaciones civiles,las corporaciones,las empresas del Estado,las organizaciones no gubernamentales (ONG).los sindicatos.

¿Cómo saber si es una persona física?

Cumple con tus obligaciones fiscales. La tarea de emprender un negocio, además tener retos, está llena de deberes; entre éstos últimos se encuentran las obligaciones fiscales, primordiales para realizar cualquier tipo de actividad económica. Antes que otra cosa, es necesario definir si eres una persona física o una persona moral, ya que las leyes establecen un trato diferente para cada una, y de esto depende la forma y requisitos para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes,

  • Entrar al portal www.sat.gob.mx.
  • Descargar y llenar por duplicado el registro R-1, “Registro federal de contribuyentes. Personas físicas con ingresos por salarios, arrendamiento, enajenación y adquisición de bienes, intereses y premios”.
  • Llenar por duplicado el formato de “Solicitud de Cédula de Identificación Fiscal con Clave Única de Registro de Población”, que se puede comprar en establecimientos que vendan formas fiscales.
  • Acudir al módulo de atención con los siguientes documentos: acta de nacimiento en copia certificada, original y fotocopia de comprobante de domicilio fiscal, original y fotocopia de identificación oficial del contribuyente.
  • En caso de representación legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial.
  • Concluido su trámite, recibirá su RFC y Guía de Obligaciones Fiscales.

En tanto, las personas físicas pueden solicitar su inscripción de la siguiente manera:

  • Ingresando a la página www.sat.gob.mx, seleccionando la opción “Preinscripción en el RFC”.
  • Llenar el cuestionario electrónico para obtener una hoja previa y número de folio.
  • Acudir a cualquier módulo concluir su trámite, con la siguiente documentación con:
  1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
  2. Acuse con el número de folio asignado.
  3. Original del comprobante de domicilio fiscal.

Concluido el trámite, recibirás el RFC y la Guía de Obligaciones Fiscales.

Estar al día con el cumplimiento de los requisitos que se deben llevar a cabo para legitimar a una empresa es importante para consolidarla e impulsar su crecimiento. [email protected]

¿Cómo identificar a una persona moral?

– Una persona física se identifica por su nombre y apellido, mientras que una persona moral al ser una empresa, se identifica por su denominación o razón social, independiente del nombre de quienes la conforman.

¿Qué empresas son personas morales?

Una empresa constituida al modo ‘persona moral’, quiere decir que no existe la persona como individuo, sino que es un grupo de personas que han creado una organización para cumplir con los objetivos empresariales internos.

¿Qué es una persona física y moral en contabilidad?

La importancia de llevar la contabilidad en personas físicas Desde tiempos inmemoriales, el hombre ha tenido la necesidad fundamental de mantener el control sobre sus transacciones comerciales realizadas, dando origen a la contabilidad, algunos de cuyos métodos continúan vigentes en la actualidad.

En nuestros días, la contabilidad se constituye como la columna vertebral de las finanzas. En palabras simples, es la guía para la toma de decisiones presentes y futuras ; si no existiera un control preciso sobre las operaciones comerciales y las finanzas realizadas, una persona o negocio no tendría forma de optimizar y planificar sus recursos, ganancias, ingresos, egresos, etc.

Nos permite determinar, organizar y preparar nuestros estados contables, de manera clara y sencilla, en un periodo de tiempo predefinido. El entorno laboral, en constante evolución, ha propiciado que cada vez más personas trabajen por su cuentaus servicios profesionales de manera independiente.

  • Dichas personas también tienen obligaciones ante el SAT, como la Contabilidad Electrónica, misma que deberán cumplir en tiempo y forma.
  • Para fines fiscales, lo primero es definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral,
  • En cada caso tendrá requisitos y un trato fiscal distinto.

La diferencia más importante entre Personas Físicas y Personas Morales es que las primeras representan a todo contribuyente con alguna actividad económica, mientras que las segundas se refieren a individuos que se unen para crear una misma unidad contribuyente.

¿Cuál es el RFC de una persona moral?

Fundamento Legal –

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23, 24, 25, 27 y 28.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11., 2.4.12., 2.4.14. y 3.18.31.
  1. Ingresa al Portal del SAT.
  2. Selecciona la pestaña “Empresas”, posteriormente el apartado “Trámites del RFC”, seguido de Inscripción al RFC y por último la opción “Preinscribe tu empresa en el RFC”.
  3. Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información.
  4. Imprime el acuse de preinscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
  • El trámite es conclusivo.
  • Los documentos que comprueben los datos de identidad, ubicación y representación legal de la empresa no deben tener tachaduras o alteraciones.
  • Cuando presentes tu solicitud de inscripción en el RFC en las oficinas del SAT y no cumplas con los requisitos o presentes la documentación incompleta, se te entregará un acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al registro federal de contribuyentes”, que otorga un plazo para completar tu información, si no cumples dentro del mismo, tu trámite será cancelado y deberás iniciar nuevamente la solicitud, en este caso el seguimiento a la solicitud es presencial en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente con el número de folio que se encuentra en el citado acuse.
  • Si una vez concluido el trámite de inscripción, requieres tramitar tu e.firma, deberás traer una unidad de memoria extraíble (USB) y además cumplir con los requisitos previstos en la ficha de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del certificado de e.firma” del Anexo 1-A de la RMF.
  • En caso de personas morales, deben presentar la clave de Registro Federal de Contribuyentes válida, de cada uno de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen que se mencionen dentro del documento constitutivo (copia simple).
  • Manifestación por escrito que contenga las claves del RFC validas de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen en caso de que no se encuentren dentro del documento constitutivo (original).
  • En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el siguiente RFC genérico:
  • Personas físicas: EXTF900101NI1.
  • Personas morales: EXT990101NI1.

Condiciones:

  • El representante legal y los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica de las personas morales y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen, deben estar inscritos en el RFC,
  • En caso de preinscripción, llenar el formulario ubicado en el Portal del SAT.
  1. Solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes que contiene Cédula de Identificación Fiscal y código de barras bidimensional (QR).
  3. Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, en el caso de que el trámite se inicie en el Portal del SAT.
  4. Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al Registro Federal de Contribuyentes, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite.
  5. Forma Oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes”, sellado como acuse de recibo, en los casos en que corresponda.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Las asociaciones en participación que se inscriban en el RFC con el nombre del asociante, deberán citar además en su denominación, las siglas “A en P”.

Los asociados de la persona que representas, deben encontrarse inscritos en el RFC. • En caso de preinscripción, llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el Portal del SAT y concluirla en cualquiera de sus oficinas. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28.

• Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

• Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

• Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11.

Y 2.4.14. • Puedes inscribir a tu empresa a través de un fedatario público (notario o corredor público) incorporado al esquema de inscripción por medios remotos, consulta la lista de fedatarios públicos autorizados, en el portal del SAT. • En caso de las sociedades de Objeto Múltiple, el fedatario debe validar dentro del portal del Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES), que cuentan con folio vigente en el trámite de inscripción, asignado por lo Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, CONDUSEF.

• Esta solicitud se presenta en el momento que se firme el acta o documento constitutivo ante Fedatario Público incorporado al “Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27 y 31.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23, 27 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11., 2.4.14. y Transitorio Décimo Segundo. • La denominación o razón social de este tipo de personas morales, deberá contener el número del fideicomiso como aparece en el contrato que le da origen.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11., 2.4.12. y 2.4.14. • Esta solicitud la presentan las dependencias, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y demás áreas u órganos de la Federación, entidades federativas, municipios, organismos descentralizados y órganos constitucionales autónomos, que cuenten con autorización del ente público al que pertenecen para inscribirse en el RFC.

• La denominación del organismo a inscribir iniciará con el nombre del ente público al que pertenece, seguido del que lo identifique y que se encuentre establecido en el documento que contenga la estructura orgánica del ente público al que pertenece. • La fecha de inicio de operaciones será la fecha de la autorización que le otorgue el referido ente público.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 25. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Presenta este trámite si tu empresa es la sociedad escindida designada. Condiciones: • Contar con opinión de cumplimiento positiva de la sociedad escindente.

Haber presentado la última declaración del ejercicio del ISR de la sociedad escindente. • La persona moral escindente a cancelar en el RFC, no debe estar sujeta al ejercicio de facultades de comprobación, no estar sujeta a un procedimiento del artículo 69-B del CFF, ni tener créditos fiscales firmes.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22, 23 y 24. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22, 23 y 24.

  1. Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14.
  2. Solicitud que presentan las personas morales que realicen pagos a personas físicas o morales residentes en el extranjero que desarrollen actividades artísticas en territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados.

• Se presenta cuando la persona física o moral residente en el extranjero opta por que la persona que le efectúa pagos por concepto de actividades artísticas en el territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados, realice por su cuenta las retenciones y entero del impuesto correspondiente.

Código Fiscal de la Federación, artículo 18. • Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 170. • Reglamente de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 293 • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.18.31. • Esta solicitud la presenta la persona moral que surja con motivo de la fusión. Condiciones: • Contar con opinión de cumplimiento positiva de la persona moral a cancelar, al momento de presentar el trámite.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 24. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22 y 23.

  1. Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14.
  2. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  3. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22 y 23.
  4. Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14.
  5. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  6. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22 y 23.

• Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Para la inscripción de Fondos de Inversión, se aceptará como el documento constitutivo protocolizado el acta constitutiva y estatutos sociales aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

No será necesario hacer constar dichos documentos ante notario o corredor público ni ante el Registro Público de Comercio. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22, 23 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11.

y 2.4.14.

  1. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  2. Entrega la documentación al personal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe tu solicitud y acuse único de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, o acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se concluyó su trámite.
  • El trámite es conclusivo.
  • Los documentos que comprueben los datos de identidad, ubicación y representación legal de la empresa no deben tener tachaduras o alteraciones.
  • Cuando presentes tu solicitud de inscripción en el RFC en las oficinas del SAT y no cumplas con los requisitos o presentes la documentación incompleta, se te entregará un acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al registro federal de contribuyentes”, que otorga un plazo para completar tu información, si no cumples dentro del mismo, tu trámite será cancelado y deberás iniciar nuevamente la solicitud, en este caso el seguimiento a la solicitud es presencial en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente con el número de folio que se encuentra en el citado acuse.
  • Si una vez concluido el trámite de inscripción, requieres tramitar tu e.firma, deberás traer una unidad de memoria extraíble (USB) y además cumplir con los requisitos previstos en la ficha de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del certificado de e.firma” del Anexo 1-A de la RMF.
  • En caso de personas morales, deben presentar la clave de Registro Federal de Contribuyentes válida, de cada uno de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen que se mencionen dentro del documento constitutivo (copia simple).
  • Manifestación por escrito que contenga las claves del RFC validas de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen en caso de que no se encuentren dentro del documento constitutivo (original).
  • En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el siguiente RFC genérico:
  • Personas físicas: EXTF900101NI1.
  • Personas morales: EXT990101NI1.

Condiciones:

  • El representante legal y los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica de las personas morales y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen, deben estar inscritos en el RFC,
  • En caso de preinscripción, llenar el formulario ubicado en el Portal del SAT.
  1. Solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes que contiene Cédula de Identificación Fiscal y código de barras bidimensional (QR).
  3. Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, en el caso de que el trámite se inicie en el Portal del SAT.
  4. Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al Registro Federal de Contribuyentes, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite.
  5. Forma Oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes”, sellado como acuse de recibo, en los casos en que corresponda.
  • Preinscripción en el Portal del SAT (misma que no se tendrá por presentada si el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite en la ADSC dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud).
  • En las oficinas del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  • Ante cualquier Fedatario Público incorporado al “Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”, cuando la empresa la constituyas ante fedatario incorporado al esquema mencionado.

La duración máxima del trámite es de 40 minutos. Si tienes cita, la espera máxima de 5 minutos para iniciar el trámite. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11.

Y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT. • Documento constitutivo de la agrupación (original o copia certificada) o en su caso la publicación en el diario, periódico o gaceta oficial (copia fotostática o impresión). • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

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Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

  1. Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
  2. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).

Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado. • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

  1. Personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1.
  2. Personas morales: EXT990101NI1.

• Las asociaciones en participación que se inscriban en el RFC con el nombre del asociante, deberán citar además en su denominación, las siglas “A en P”. • Los asociados de la persona que representas, deben encontrarse inscritos en el RFC. • En caso de preinscripción, llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el Portal del SAT y concluirla en cualquiera de sus oficinas.

Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT. • Contrato de la asociación en participación, con ratificación de las firmas del asociado y del asociante ante las oficinas del SAT, en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original).

• Identificación oficial vigente de los contratantes, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

  1. Acta constitutiva, poder notarial e identificación que acredite al representante legal, en caso de que participe como asociante o asociada una persona moral.
  2. Copia certificada).
  3. Testimonio o póliza en caso de que así proceda, donde conste el otorgamiento del contrato de asociación en participación ante Fedatario Público, que éste se cercioró de la identidad, de la capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho instrumento (copia certificada).

• Identificación oficial vigente del asociante (en caso de personas físicas), como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

  1. Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal, en caso de que el asociante sea persona moral (copia certificada).
  2. Documento en donde conste la ratificación de contenido y firmas de quienes otorgaron y comparecieron el contrato de asociación en participación ante Fedatario Público, que éste se cercioro de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho contrato (copia certificada).

• Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

Asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF900101NI1. Personas morales: EXT990101NI1. • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

  1. Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
  2. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

  • Decreto o acuerdo por el cual se crean dichas entidades, publicado en órgano oficial (copia simple o impresión del diario, periódico o gaceta oficial), o bien copia simple de las disposiciones jurídicas vigentes que acrediten su constitución, personalidad jurídica y estructura orgánica.
  • Autorización del ente público al que pertenezcan, tratándose de unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados.

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

  1. Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
  2. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos de la persona moral, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por de la persona moral, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

  1. Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).
  2. Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.

• Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14.
  • Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT.
  • Estatuto de la agrupación.
  • Original).
  • Resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente.

(original). • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial, dicho contrato deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

  1. Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
  2. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.
  3. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

Poder notarial con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público. (Original). • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

  • Documento constitutivo que corresponda según lo establezca la ley de la materia.
  • Copia certificada).
  • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

  • Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.
  • Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
  • Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

  • Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).
  • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

  • Documento que acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones.
  • Original).
  • Documento constitutivo protocolizado.
  • Original).
  • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

  • Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
  • Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).

  1. Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
  2. Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

  1. Personas morales residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1.
  2. Personas morales: EXT990101NI1.
  3. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

• Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT. • Certificado de registro constitutivo emitido por la Secretaría de Gobernación, de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento.

  1. Original).
  2. Exhibir, en sustitución de la copia certificada del documento constitutivo protocolizado, el Certificado de Registro Constitutivo que emite la Secretaría de Gobernación, de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento (original).
  3. Estatutos de la asociación protocolizados (original).

• Dictamen de la solicitud para obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, emitido por la Secretaría de Gobernación (original). • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado.

  1. Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.
  2. Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.

Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público. Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.

Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

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• Poder notarial con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público. (Original). • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

  • Puedes inscribir a tu empresa a través de un fedatario público (notario o corredor público) incorporado al esquema de inscripción por medios remotos, consulta la lista de fedatarios públicos autorizados, en el portal del SAT.
  • En caso de las sociedades de Objeto Múltiple, el fedatario debe validar dentro del portal del Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES), que cuentan con folio vigente en el trámite de inscripción, asignado por lo Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, CONDUSEF.

• Esta solicitud se presenta en el momento que se firme el acta o documento constitutivo ante Fedatario Público incorporado al “Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27 y 31.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23, 27 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11., 2.4.14. y Transitorio Décimo Segundo. • Documento constitutivo protocolizado ante el Fedatario Público que realiza la inscripción (copia certificada). • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original y copia fotostática).

• Comprobante de domicilio (original y copia fotostática) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público. Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

  • Poder notarial con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple).
  • Esto, en los casos en donde la personalidad no se acredite en la propia acta o documento constitutivo.
  • Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.

En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes. • En el caso de personas morales residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero no obligados a inscribirse en el RFC, utiliza el siguiente RFC genérico: Personas físicas: EXTF900101NI1.

Personas morales: EXT990101NI1. • La denominación o razón social de este tipo de personas morales, deberá contener el número del fideicomiso como aparece en el contrato que le da origen. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11., 2.4.12.

y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT. • Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria, protocolizado ante Fedatario Público (copia certificada), o bien Contrato con ratificación de firmas originales ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del CFF (original).

En el caso de entidades de la Administración Pública, diario, periódico o gaceta oficial donde se publique el Decreto o Acuerdo por el que se crea el fideicomiso (impresión o copia simple). • Número de contrato del fideicomiso. • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

  1. Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
  2. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).

  • Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
  • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

  • En el caso de personas morales residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero no obligados a inscribirse en el RFC, utiliza el siguiente RFC genérico: Personas físicas: EXTF900101NI1.
  • Personas morales: EXT990101NI1.
  • Esta solicitud la presentan las dependencias, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y demás áreas u órganos de la Federación, entidades federativas, municipios, organismos descentralizados y órganos constitucionales autónomos, que cuenten con autorización del ente público al que pertenecen para inscribirse en el RFC.

• La denominación del organismo a inscribir iniciará con el nombre del ente público al que pertenece, seguido del que lo identifique y que se encuentre establecido en el documento que contenga la estructura orgánica del ente público al que pertenece.

La fecha de inicio de operaciones será la fecha de la autorización que le otorgue el referido ente público. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 25. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

• Documento que acredite la personalidad del representante legal o apoderado, quien deberá contar con facultades para representar a la dependencia en toda clase de actos administrativos, o contar con un poder general para actos de dominio o administración, (original).

El trámite puede realizarlo un funcionario público competente de la dependencia de que se trate, quien debe demostrar que cuenta con facultades suficientes para representar a dicha dependencia. Para ello deberá acreditar su puesto y funciones presentando: • Nombramiento (original). • Credencial vigente expedida por la dependencia correspondiente (original).

• Documento que contenga la autorización del ente público al que pertenece, para cumplir por separado con sus obligaciones fiscales (original) • Decreto o acuerdo por el cual se crean dichas entidades, publicado en el órgano oficial. (impresión o copia simple del diario, periódico o gaceta oficial).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos de la persona moral, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público. Apertura de cuenta bancaria suscrito por de la persona moral, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.

Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por de la persona moral, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Presenta este trámite si tu empresa es la sociedad escindida designada. Condiciones: • Contar con opinión de cumplimiento positiva de la sociedad escindente. • Haber presentado la última declaración del ejercicio del ISR de la sociedad escindente. • La persona moral escindente a cancelar en el RFC, no debe estar sujeta al ejercicio de facultades de comprobación, no estar sujeta a un procedimiento del artículo 69-B del CFF, ni tener créditos fiscales firmes.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22, 23 y 24. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Documento notarial debidamente protocolizado donde conste la escisión (copia certificada).

• Constancia de que la escisión está inscrita en el Registro Público de Comercio (original), o en su caso, documento que acredite que la inscripción ante el Registro Público de Comercio está en trámite, pudiendo ser mediante una carta emitida por el Fedatario Público que protocolizó el documento de escisión o a través de una inserción en el propio documento protocolizado (original).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

  • Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
  • Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

  1. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.
  2. Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
  3. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).

  1. Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
  2. Documento notarial con el que se haya sido designado representante legal para efectos fiscales tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada).

• Forma Oficial RX “Formato de Aviso de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación en el RFC (en dos tantos). • Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.

En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes. • Para los contribuyentes que se cancelen en el RFC y que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables de conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de procedencia Ilícita, y su Reglamento; deben presentar el acuse de baja del padrón de actividades vulnerables en original.

• Personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1.

  1. Personas morales: EXT990101NI1.
  2. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  3. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22, 23 y 24.
  4. Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14.
  5. Documento notarial debidamente protocolizado, donde conste la escisión (copia certificada).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado. Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.

Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  1. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  2. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

  • Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).
  • Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.

• Documento notarial con el que se haya sido designado representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada). • Clave del RFC de la sociedad escindente, en caso de escisión parcial.

  • Forma Oficial RX “Formato de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación en el RFC” (en dos tantos).
  • Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.
  • En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

• Personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1.

Personas morales: EXT990101NI1. • Solicitud que presentan las personas morales que realicen pagos a personas físicas o morales residentes en el extranjero que desarrollen actividades artísticas en territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados. • Se presenta cuando la persona física o moral residente en el extranjero opta por que la persona que le efectúa pagos por concepto de actividades artísticas en el territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados, realice por su cuenta las retenciones y entero del impuesto correspondiente.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 18. • Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 170. • Reglamente de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 293 • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.18.31. • Documento Constitutivo en el caso de personas morales (copia simple y copia certificada para cotejo).

Manifestación por escrito en la que solicite su inscripción en el RFC como retenedor de personas físicas o morales residentes en el extranjero a las cuales efectúa pagos por actividades artísticas en territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados. (original y copia simple para acuse).

• Comprobante de domicilio (original y copia fotostática para cotejo) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

  1. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.
  2. Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
  3. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.
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Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original y copia fotostática para cotejo).

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada y copia fotostática para cotejo), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original y copia para cotejo).

Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado. • Documento notarial con que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia fotostática para cotejo).

• Esta solicitud la presenta la persona moral que surja con motivo de la fusión. Condiciones: • Contar con opinión de cumplimiento positiva de la persona moral a cancelar, al momento de presentar el trámite. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 24. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión (copias certificada y copia fotostática). • Comprobante de domicilio de la persona moral fusionante (original y copia fotostática) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original y copia fotostática).

Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada y copia fotostática), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original y copia). Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.

Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar copia certificada del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales. (copia certificada y copia fotostática) • Forma Oficial RX “Formato de Aviso de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación en el RFC (en dos tantos) • Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.

  • En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.
  • Personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1.

Personas morales: EXT990101NI1. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

  • Documento constitutivo protocolizado (copia certificada).
  • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).

Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado. • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

Personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1. Personas morales: EXT990101NI1.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

  1. Documento mediante el cual se constituyeron o hayan sido reconocidas legalmente por la autoridad competente (original o copia certificada).
  2. Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal.

Este puede ser socio, asociado, miembro o cualquiera que sea la denominación que conforme la legislación aplicable se otorgue a los integrantes de la misma, quien deberá contar con facultades para representar a la persona moral ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración, (copia certificada).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).

  • Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
  • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22 y 23. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

  • Contar con el folio vigente en el trámite de inscripción asignado por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, CONDUSEF, dentro del portal del registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES).
  • Documento constitutivo protocolizado.
  • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

• Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).

  • Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
  • Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

• Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

  1. Personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1.
  2. Personas morales: EXT990101NI1.

• Para la inscripción de Fondos de Inversión, se aceptará como el documento constitutivo protocolizado el acta constitutiva y estatutos sociales aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. No será necesario hacer constar dichos documentos ante notario o corredor público ni ante el Registro Público de Comercio.

Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22, 23 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.3., 2.4.5., 2.4.11. y 2.4.14. • Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT. • Acta suscrita por el fundador y aprobada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en la que dé fe de la existencia del fondo de inversión.

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.

Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

  • Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.
  • Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
  • Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.

Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original). Si, fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.

• Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).

  • Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.
  • En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.

• Personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC genérico siguiente: Personas físicas: EXTF9000101NI1.

¿Qué se necesita para ser una persona física?

¿Qué es un persona física? – El portal del SAT define a la persona física como ” un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones “. En otras palabras, es toda aquella persona que recibe ganancias por la actividad laboral que realiza.

Entre sus características más importantes se encuentran poder contar con doble nacionalidad (además de la mexicana), adquirir obligaciones fiscales al cumplir la mayoría de edad o comenzar a trabajar formalmente, ser identificada por un nombre, tener estado civil y cuerpo material, entre otras. Para registrarse como persona física, solo se debe de dar de alta en el SAT a la persona interesada, además de que no deben hacer trámites adicionales para cumplir con sus obligaciones fiscales (a menos que se quiera registrar una marca comercial ante en Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial).

Por otro lado, una persona física podrá recibir un financiamiento (crédito o préstamo) de acuerdo a su salario y al historial crediticio personal que ha creado.

¿Qué es una persona física y sus características?

La persona física, también conocida como persona natural, es todo aquel cuya existencia real sea comprobable y que por el propio hecho de existir como ser humano, adquiere una serie de derechos y deberes frente a la sociedad.

¿Qué es una persona moral y sus características?

La persona moral es una persona jurídica que existe con derechos y obligaciones, mas no como una persona física, sino como una institución que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin fines de lucro.

¿Cómo se constituye una persona moral?

En el entorno laboral, una de las decisiones clave al iniciar un negocio en México, es responsabilizarse como persona física o como persona moral. Como persona física nos referimos a cuando una persona desea dar de alta a su empresa de manera individual, pero ¿qué es una persona moral? Quítate de dudas.

En este espacio te contamos todo lo que necesitas saber sobre persona moral: cómo se constituye, tipos de personas morales y lo que requieres para registrarte. Una persona moral está constituida por un conjunto de personas físicas u organizaciones (personas morales) que deseen constituir una sociedad, otorgándo reconocimiento como empresa independiente con derechos y obligaciones fiscales según el régimen en que se inscriba.

Se le conoce como moral o jurídica debido a que no es una persona física, común y corriente, es una entidad no material que se reconoce a través de su nombre de empresa o razón social. Esta institución debe contar con un representante legal para su constitución.

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