Cuando Es El Día Sin Iva
Elvira Olguin
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Información relevante sobre los días sin IVA del 2022
- 1 Fechas en las que aplica
- Este año habrá tres días sin IVA en las siguientes fechas: (i) 11 de marzo de 2022, (ii) 17 de junio de 2022, y (iii) 2 de diciembre de 2022 (los “Días Sin IVA”).
- 2 Regulación aplicable
Circular Externa No.002 del 7 de marzo de 2022 emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio (“SIC”) establece los aspectos que se deben tener en cuenta para los Días Sin IVA.
- En los siguientes numerales se resume los principales aspectos que las compañías deben tener en cuenta para los Días Sin IVA.
- 3 Bienes cubiertos por la exención en el impuesto sobre las ventas – IVA
- De acuerdo con la ley 2155 de 2021, los bienes cubiertos por el día sin IVA son:
3.1 Vestuario, cuyo precio de venta por unidad sea igual o menor a COP$760.000 (US$192 aprox.). Sin incluir el IVA.3.2 Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a COP$760.000 (US$192 aprox.). Sin incluir el IVA.3.3 Electrodomésticos, computadores, y equipos de comunicaciones cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a COP$3.040.000 (US$770 aprox.).
- Sin incluir el IVA.3.4 Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a COP$3.040.000 (US$770 aprox.).
- Sin incluir el IVA.3.5 Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a COP$380.000 (US$96 aprox.).
- Sin incluir el IVA 3.6 Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a COP$190.000 (US$48 aprox.).
Sin incluir el IVA.3.7 Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o menor a COP$3.040.000 (US$770 aprox.). Sin incluir el IVA.4 Requisitos De acuerdo con la ley 2155 de 2021 y el decreto 1314 del 2021, deberán observarse los siguientes requisitos para obtener el beneficio tributario de los Días Sin IVA sobre el cual tratan los artículos 37 a 39 de la misma ley: 4.1 La persona natural o jurídica responsable del IVA solo podrá enajenar los bienes cubiertos ubicados en Colombia, al detal, y directamente al consumidor final de los bienes.4.2 Se debe expedir factura electrónica con validación previa donde se identifique al adquiriente final de los bienes.
La factura se debe emitir el mismo día de la compra en caso de ventas presenciales y en el caso de ventas electrónicas la factura se debe emitir antes de medianoche del día siguiente al día sin IVA.4.3 Los bienes que cubren los Días Sin IVA se deben entregar o ser recogidos por el consumidor dentro de las 2 semanas siguientes a partir de la fecha de emisión de la factura.4.4 Las formas de pago que podrán emplearse en la jornada serán efectivo o a través de tarjetas débito, crédito, u otros mecanismos de pago electrónico.4.5 La fecha del comprobante de pago o voucher debe corresponder al día sin IVA en el que se efectuó la venta.4.6 El consumidor final podrá adquirir hasta tres unidades del mismo bien cubierto por la exención del IVA y enajenado por el mismo responsable.4.7 Los proveedores de los bienes deben disminuir del valor de venta al público, el IVA a la tarifa que les sea aplicable y sin superar el monto en unidades de valor tributario UVT para ser beneficiarios de estas jornadas.
Cuando se presenten devoluciones cambios o garantías sobre los bienes cubiertos por la exención, el responsable del impuesto deberá realizar la devolución cambio o garantía por otro bien de la misma referencia, marca, valor y al mismo adquiriente del bien objeto de la devolución.
En caso de haber una devolución, o reintegro del dinero y el consumidor quiera hacer una nueva compra, ésta no entrará bajo la excepción al impuesto IVA a menos que se realice en otro día que aplique este beneficio.5 Información mínima Para asegurar el cumplimiento del deber de información, se deben seguir las siguientes instrucciones, previamente y durante los Días Sin IVA: 5.1 INCLUIR las condiciones necesarias para para acceder a los beneficios de los Días Sin IVA a la entrada y al interior de los establecimientos de comercio, en las páginas de comercio electrónico, redes sociales, y en los medios de comunicación dirigidos a los consumidores.5.2 INDICAR en la información publicada, las condiciones especiales dispuestas por el comercializador para el acceso a las compras durante los Días Sin IVA, en caso de disponer de estrategias especiales.5.3 INFORMAR de manera clara y precisa antes de concluir la transacción de compra realizada de manera presencial la fecha de entrega de los productos que no estén a disposición del consumidor en ese momento y este tiempo debe ser inferior a 2 semanas después de la emisión de factura.5.4 INFORMAR antes de concluir la transacción de compra de productos a través de modalidades de ventas a distancia la fecha en la que será entregado el producto, la cual debe ser inferior a 2 semanas después de la emisión de factura.5.5 DISEÑAR E IMPLEMENTAR PROTOCOLOS DE INFORMACIÓN a través de los cuales se comunique aspectos relacionados con la capacidad operativa de las plataformas, los requerimientos tecnológicos, el tiempo de espera en fila, y la hora de atención programada de acuerdo con el turno asignado.
Cuando se presenten variaciones en las condiciones iniciales, se debe informar inmediatamente al consumidor indicando las razones de la variación.5.6 ADOPTAR mecanismos ideales que suministren información clara y veraz sobre los costos adicionales al producto y que no están dentro del beneficio de los Días Sin IVA.
Adicionalmente, durante estos días, se debe salvaguardar el derecho fundamental al debido tratamiento de datos personales de los consumidores. Quienes recolecten, usen o circulen datos personales deben cumplir con la regulación de la materia.6 Información de precios Los proveedores que comercialicen bienes en el marco de los Días Sin IVA tendrán el deber de informarle a los consumidores la información pública de precios y se deberá tener en cuenta lo siguiente: 6.1 INFORMAR si el precio incluye o no el IVA, situación que se debe ver reflejada en la factura, y el precio se debe informar en pesos colombianos de conformidad con lo establecido en la Circular No.002.6.2 Para asegurar el cumplimiento del deber de información pública de precios se dictan las siguientes instrucciones para que se realice lo siguiente: 6.1.1 INFORMAR de acuerdo con el sistema utilizado de fijación pública de precios y el modo de venta si el precio anunciado al público los Días Sin IVA incluye o no la reducción del impuesto.6.1.2 ADOPTAR mecanismos idóneos para suministrar información sobre los productos que habitualmente están exentos del IVA por normas distintas y anteriores a la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021 7 Promociones, ofertas o incentivos Los proveedores que comercialicen bienes en el marco de los días sin IVA observarán los siguientes aspectos frente a las promociones que tengan vigentes al tiempo de las jornadas: 7.1 Las promociones u ofertas que estén vigentes al momento de la jornada sin IVA tendrán plena validez y, en consecuencia, deberán aplicarse ambos descuentos.7.2 Se deberá informar que las promociones vigentes son diferentes al beneficio por el día sin IVA.7.3 El precio final del producto corresponderá al valor final del bien antes del impuesto sobre las ventas IVA y sobre éste deberá aplicarse la oferta.7.4 Para asegurar el cumplimiento del deber de información frente a las promociones, ofertas o incentivos el día sin IVA se debe hacer lo siguiente: 7.4.1 APLICAR en las promociones y ofertas que se encuentren vigentes en los días sin IVA los descuentos correspondientes a la exención y la promoción.7.4.2 INFORMAR en caso de promociones y ofertas vigentes los días de exención del impuesto si el precio anunciado al público incluye el descuento de la oferta y el IVA 7.4.3 INFORMAR en la publicidad emitida los términos y condiciones, restricciones de promociones, ofertas o incentivos, así como los requisitos para acceder a las mismas.7.4.4 DISCRIMINAR en las compras electrónicas el valor de la exención del IVA y el valor de descuento de las promociones y ofertas que se encuentran vigentes, en el resumen del pedido para que los consumidores conozcan el valor que les ha sido descontado del precio final del producto.8 Publicidad Los proveedores que comercialicen sus bienes en los Días Sin IVA deberán tener en cuenta frente a la publicidad lo siguiente: 8.1 Las piezas publicitarias que emiten los proveedores de bienes frente a los productos que serán parte del día sin IVA deben indicar que no se trata de una promoción cuando no lo sea.8.2 Las piezas publicitarias que emitan los proveedores de bienes frente a los productos exentos de IVA no podrán incluir frases que induzcan al error engaño o confusión a los consumidores sobre el beneficio tributario.8.3 Para asegurar el cumplimiento de lo anterior, se dictan las siguientes instrucciones a los proveedores de bienes para que realicen lo siguiente.8.3.1 INFORMAR expresamente en las piezas en las que se comunique la jornada sin IVA que la exención de impuestos corresponde a un incentivo otorgado por el Gobierno Nacional incluyendo la siguiente leyenda de manera clara: “La deducción que aplica a la presente venta, corresponde a la exención establecida en la ley 2155 de 14 de septiembre de 2021, NO es una promoción”.8.3.2 ABSTENERSE de utilizar afirmaciones, proclamas, imágenes o texto, que transmitan el mensaje que el incentivo tributario es otorgado por el productor o proveedor o asumido por él en lugar del consumidor.
Para el efecto, las piezas de comunicaciones utilizadas para anunciar el día sin IVA no podrán incluir frases como: “el IVA es tuyo”, “te damos el IVA” “te pagamos el IVA” u otras similares o equivalentes.8.3.3 ABSTENERSE de ofrecer productos que no se encuentran cobijados con la exención del impuesto como si les aplicara dicho beneficio y en consecuencia, INHIBIRSE de incluir en todas las piezas de comunicación imágenes, proclamas, textos, que puedan generar confusión al consumidor de la aplicación del mismo.
- 9 Medidas de bioseguridad.
- Los que comercialicen bienes los Días Sin IVA de forma presencial, deberán adoptar las medidas de bioseguridad establecidas por el Gobierno Nacional y por las Autoridades Territoriales del país y se deben tener en cuenta en los establecimientos físicos.
- 10 Sanciones
- De acuerdo con la ley 1480 de 2011, la SIC podrá imponer, con previa investigación administrativa, entre otras, las siguientes sanciones por inobservancia de la ley:
10.1 Multas hasta por COP$2.000.000.000 (US500,000 aprox.).10.2 Cierre temporal del establecimiento de comercio hasta por 180 días.10.3 En caso de reincidencia y atendiendo a la gravedad de las faltas, cierre definitivo del establecimiento de comercio o la orden de retiro definitivo de la página web portal en Internet o del medio de comercio electrónico utilizado 10.4 Prohibición temporal o definitiva de producir, distribuir u ofrecer al público determinados productos.11 Datos personales Los proveedores deben observar lo establecido en la Ley 1581 de 2012 (ley general de datos personales) en la recolección y procesamiento de la información sobre el adquiriente final de los bienes, necesaria para expedir la factura electrónica.
- En consecuencia, los proveedores deben: 11.1 Obtener la autorización previa, expresa e informada de los consumidores.
- En particular, deben informar a los consumidores sobre la finalidad que se persigue con la recolección de su información y el lugar donde podrán consultar la política de privacidad aplicable, entre otros.11.2 Limitar la recolección de datos a aquellos que sean relevantes para la finalidad que se persigue (ej., la facturación electrónica).11.3 Adoptar medidas adecuadas para preservar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos personales.11.4 Abstenerse de incurrir en prácticas que supongan un riesgo o vulneración a los derechos de los consumidores como titulares de datos.
: Información relevante sobre los días sin IVA del 2022
Contents
¿Cuál es el Día sin IVA en Colombia?
¿Qué es el día sin IVA? – Es una actividad programada por el Gobierno anterior y aprobada en la Ley de Inversión Social. Esta Ley estableció que, durante las 24 horas de tres días elegidos del año, las personas podrán adquirir una categoría de productos sin tener que pagar el Impuesto al Valor Agregado, IVA, del 19 %.
¿Cuándo empieza el día sin IVA?
El Corte Inglés activa los días sin IVA para que puedas ahorrar en tus compras: solo durante tres días Entrada de El Corte Inglés ABC Empieza junio con buenas noticias para los clientes de El Corte Inglés, La compañía ha lanzado una nueva promoción, los días sin IVA, para que sus clientes adquieran todo tipo de productos electrónicos, de cocina o de perfumería, así como los del supermercado Hipercor, rebajados de precio por tiempo limitado.
La campaña se desarrollará los días 2 y 3 de junio tanto en tiendas como a través de su web y aplicación, y hasta el domingo día 4 a través de estos canales digitales, Los grandes almacenes han señalado que durante este fin de semana también serán válidas otras promociones y ventajas de las que ya disfrutan sus clientes, por ejemplo, con la,
La campaña ” durará dos días en tiendas y tres en web y app, lo que permitirá a los clientes descontar del precio el Impuesto al Valor Agregado en distintos productos, – Estára vigente en web y app desde las 22.00h del jueves 1 de junio hasta las 10.00h del domingo 4 de junio de 2023,
En tiendas, durante los horarios de apertura del viernes 2 y sábado 3 de junio de 2023. Algunos de los productos más demandados y a los que se les aplicará esta promoción son: t elevisión, telefonía, informática, electrodomésticos, foto, sonido, videojuegos, productos reacondicionados o patinetes eléctricos, además de otros como cine, muebles de cocina, perfumería y parafarmacia.
Para calcular el precio real que pagarás por el producto, El Corte Inglés indica que tan solo tienes que dividir el precio entre 1,21. Por ejemplo, si el PVP de una televisión es 500 euros, el precio aplicándole el descuento se quedaría en 413,23 €,
¿Qué productos tienen IVA del 19 en Colombia?
IVA Canasta Familiar 2023: 0% – Por último, estos son los artículos exentos de IVA de la canasta familiar:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN |
Alimentos | |
1110100 | Arroz |
1120100 | Pan |
1120200 | Otros productos de panadería |
1210100 | Papa |
1210200 | Yuca |
1210300 | Otros tubérculos |
1220100 | Plátano |
1310100 | Cebolla |
1310200 | Tomate |
1310300 | Zanahoria |
1310400 | Revuelto verde |
1310500 | Otras hortalizas y legumbres frescas |
1320100 | Fríjol |
1320200 | Arveja |
1320300 | Otras hortalizas y legumbres secas |
1410100 | Naranjas |
1410200 | Bananos |
1410300 | Tomate de árbol |
1410400 | Moras |
1410500 | Otras frutas frescas |
1510100 | Res |
1510200 | Cerdo |
1510300 | Pollo |
1610100 | Pescado de mar, río y enlatado |
1710100 | Huevos |
1720100 | Leche |
1720200 | Queso |
1810100 | Panela |
1830100 | Sal |
1850300 | Otras bebidas no alcohólicas (agua) |
1910100 | Almuerzo |
1920100 | Hamburguesa |
1920200 | Comidas rápidas calientes |
1930100 | Gastos de cafetería |
1930200 | Comidas rápidas frías |
Vivienda | |
2110100 | Arrendamiento efectivo |
2120100 | Arrendamiento imputado |
2130100 | Otros gastos de ocupación |
2210100 | Gas |
2220100 | Energía eléctrica |
2220200 | Acueducto, alcantarillado y aseo |
2720200 | Insecticidas |
Salud | |
4110100 | Consulta médica general |
4110200 | Medicina especializada |
4120100 | Exámenes de laboratorio |
4120200 | Imágenes diagnósticas |
4130100 | Servicios de hospitalización y ambulancias |
4210100 | Medicinas |
4210200 | Otras medicinas y anticonceptivos |
4220100 | Aparatos ortopédicos y otros |
Educación | |
5110100 | Matrículas |
5110200 | Pensiones |
5120100 | Matrículas |
5130100 | Otros costos educativos |
5210100 | Textos |
5210200 | Cuadernos |
Diversión | |
6110100 | Libros |
6110200 | Revistas |
6110300 | Periódicos |
6310300 | Servicios relacionados con diversión |
6310400 | Servicios culturales |
Transporte | |
7210100 | Bus |
7210200 | Buseta |
7210300 | Taxi |
7210400 | Otros medios para transporte urbano |
7220100 | Bus intermunicipal |
7220200 | Otros transporte intermunicipal |
Comunicaciones | |
8110100 | Porte de cartas y otros servicios |
Otros gastos | |
9110200 | Aguardiente |
9110300 | Otras bebidas alcohólicas |
9210100 | Higiene oral |
9410100 | Servicios bancarios |
9420100 | Seguros de vehículo |
ul> Conclusión Conocer sobre el IVA canasta familiar 2023, te permite saber cuál es la tarifa del IVA (0%, 5%, 19%) para los diferentes productos que forman parte de tu día a día, como son alimentos, gastos en la vivienda, el vestuario, la salud, educación, diversión, transporte, comunicación y otros gastos. Es importante recordar que estas tarifas están siendo sujetas a revisión por la DIAN, debido a que la Red de Trabajo Fiscal considera que se debe aplicar un ajuste en cuanto a los alimentos y productos de la canasta básica familiar que tienen una tasa de 5%, o bien que no están gravados. Uno de los argumentos en contra de la aplicación de una tarifa general del IVA a 19% está ligada a las poblaciones menos favorecidas, por lo que el Gobierno propone que exista una tarifa que tenga en cuenta la desigualdad de los ingresos de la población, gravando con una sobretasa el consumo de la canasta familiar de los hogares más favorecidos económicamente.
Asimismo, se destacó la necesidad de ejecutar una reforma en cuanto a las exenciones de impuestos, las cuales le cuestan al país más de 80 billones de pesos al año, la mayoría por concepto de IVA. Recordemos que la universalización de la tasa del IVA a 19% no es una propuesta nueva, pero el Congreso siempre la ha rechazado cada vez que se propone.
¿Cuándo es el próximo Día sin IVA en Bogotá?
¿Cuando es la próxima jornada del Día sin IVA? – Esta decisión hace parte de un paquete de medidas propuestas por el Presidente Iván Duque para reactivar la economía del país, este fue el tercer año en que se aplique tras sus propuestas para una reforma tributaria de 2020.
- La primera jornada del día sin IVA del 2022 fue el pasado 11 de marzo, la segunda está programada para este 17 de junio y la tercera y última jornada del año será el viernes 2 de diciembre,,
- La última fecha del día sin IVA, se llevará a cabo muy estratégicamente tanto para compradores y comerciantes, ya que esta está presupuestada para la época de compras con ocasión a las festividades de navidad, así como con el segundo pago de la prima a los empleados.
: Segundo día sin IVA en Colombia: ¿cuándo es la próxima jornada?
¿Cuándo son los días sin IVA en El Corte Inglés?
Condiciones de la oferta – – Los precios oferta finales son los visibles en la página de producto. – El descuento aplicado es equivalente al importe del IVA aplicable a cada producto (todos los productos incluyen IVA) – Válido para productos vendidos por El Corte Inglés, en web, app y tiendas.
- Promoción vigente en web y app desde las 22.00h del jueves 2 de junio de 2022 hasta las 10.00h del domingo 5 de junio de 2022.
- En tiendas, durante los horarios de apertura del viernes 3 y sábado 4 de junio de 2022.
- En tiendas y web de Canarias se aplicará un 18% de descuento directo,
- En compras online desde Canarias, la vigencia de promoción será desde el jueves 2 de junio a las 21.00h, hora canaria hasta el domingo 5 de junio a las 9.00h, hora canaria.
– Promoción destinada a consumidor final, limitada a tres unidades de la misma referencia por persona.
¿Cómo se quita el 21 por ciento de IVA?
¿Cómo calcular un precio sin IVA? – Puedes calcular el precio total sin el IVA estándar (21 %) dividiendo el precio original entre 1,21, Para calcular la tasa del IVA reducido (10 %), divide el precio original entre 1,10, Para calcular el IVA superreducido (4 %), hay que dividir el precio de un producto o servicio entre 1,04,
¿Cuál es el IVA del café?
¿Qué tipo de IVA se aplica en cada alimento y qué margen hay para reducirlos? El precio de bebidas y alimentos no ha dejado de subir desde el pasado año 2021, al mismo tiempo que sube la, Desde el pasado mes de octubre, se encareció un 13,8%, según el Instituto Nacional de Estadística (INE).
- Llenar la cesta de la compra cuesta cada vez más dinero y esto ha hecho que las personas cambien sus hábitos de consumo.
- El Ministerio de Consumo propuso una con productos esenciales como huevos, carne o pescado para aliviar la subida de los precios.
- Este lunes, el líder del Partido Popular (PP),, pidió al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, una bajada del IVA de los alimentos básicos que tienen el 10% de IVA, al 4%.
Esta bajada, para Feijóo, seria “razonable” ante la subida disparada de los precios. La rebaja del IVA permitiría reducir el coste actual de la cesta de la compra para los consumidores. ¿Qué tipos de IVA hay en España? El Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y de servicios.
En España hay tres tipos de IVA. Se encuentra el 21% de IVA, que es el de tipo general, el IVA reducido del 10% y el IVA superreducido del 4%. Una buena parte de la alimentación tiene el IVA superreducido y el resto el 10%.21% de IVA En el IVA de tipo general, el del 21%, se incluyen los productos que se consideran básicos en la compra habitual,
Están relacionados con la higiene personal y la limpieza, pero también con los zumos o las bebidas refrescantes. En este caso se incluirían productos como suavizante, detergente, jabón, lejía, fregonas, pasta de dientes o desodorantes. Y los zumos, gaseosas o bebidas alcohólicas.10% de IVA El 10% de IVA en los alimentos se encuentra en aquellos catalogados como alimentos necesarios,
Estos se compran habitualmente y son la carne, el pescado, aceites, pasta, yogures, agua embotellada, café o las conservas.4% de IVA El IVA superreducido es el menor que existe en España. Se incluye a los alimentos que son considerados de primera necesidad, En este caso, los productos que tienen este tipo de IVA son los huevos, las verduras, las frutas, las legumbres, el pan, el queso o la leche.
Bajar el IVA a los alimentos La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, descartó que el Gobierno tuviera sobre la mesa una bajada del IVA en los productos de alimentación. El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, se mantuvo en la misma línea en respuesta a la petición de algunos,
- Los supermercados pidieron la bajada del IVA.
- El director general de Asedas, Ignacio García Magarzo, pidió reclasificarlos para poder bajarlos e incluso eliminarlos.
- Se puede hacer”, dijo.
- Recuerdan que Alemania, en plena pandemia, rebajó el IVA durante seis meses para hacer frente a la situación.
- En concreto, aplicó una rebaja del IVA del 19% al 16% y del 7% al 5% para el tipo reducido.
La decisión de rebajar el IVA fue analizada por el Instituto de Investigación Económica de Múnich, La institución apuntó que el resultado de la medida fue un efecto de consumo estimado en un aumento del 0,6%, aunque el déficit fiscal estimado fue de 20.000 millones de euros.
¿Cuál es el IVA del arroz?
Aunque casi todas las cadenas han reducido precios, el ahorro al pasar por caja es mnimo – 02 ene 2023, Actualizado a las 21:07 h. Las trabajadoras de un cntrico supermercado de Arteixo ( A Corua ), apuraban a primera hora de este lunes el cambio de etiquetas para reflejar los nuevos precios de los alimentos bsicos.
- Pan, harina, huevos, leche, queso, patatas, frutas, legumbres, verduras y arroz gozan desde el 1 de enero de un IVA del 0 % —4 % con anterioridad—; el aceite y la pasta del 5 % —10 % previamente—.
- El cambio, decretado por el Gobierno el pasado 28 de diciembre, ha coincidido en plena temporada festiva.
Las plantillas han tenido que interrumpir sus das de descanso este fin de semana para poner a punto los lineales de los supermercados. Algunos no llegaron a tiempo y hoy colgaron carteles informando de que estamos trabajando en el cambio de carteles Los nuevos precios ya se aplican correctamente en caja.
- En la mayora de los establecimientos gallegos analizados por La Voz, la rebaja del IVA se hizo efectiva respecto a los precios observados en los das 30 y 31 de diciembre.
- No obstante, su puesta en marcha no estuvo exenta de problemas.
- Al menos una gran cadena de hipermercados —ajena a la Asociacin Espaola de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (Aseda)— todava mantena este lunes en la ciudad herculina los mismos precios que colgaban antes de fin de ao, ignorando la orden del Ejecutivo de repercutir la bajada en el cliente.
En Santiago tan solo cambi algunos. Otra cadena aprovech las ltimas horas del 2022 para subir los precios de algunos productos. Las franquicias en zonas despobladas tambin experimentaron problemas para adaptar sus sistemas informticos, Fuentes del sector explican que las cajas estaban preparadas para aplicar tres tramos de IVA, del 21; 10 y 4 %.
Pero el decreto del Gobierno les ha obligado a incorporar dos tramos ms: el 5 y el 0 %. Ese cambio ha requerido reprogramar los dispositivos contra reloj. Nunca haba habido un cambio de IVA que afectase a tantos productos con tan pocos das Crear una nueva rbrica es un cambio informtico muy importante, explican.
No es para menos. Un supermercado medio ha tenido que reetiquetar entre 700 y 1.200 productos desde el pasado sbado, Han aprovechado algunos supermercados la rebaja fiscal para aumentar sus mrgenes? Desde el sector lo niegan y alegan que las subidas espordicas de algunos productos podran estar relacionadas con las tarifas revisadas al alza de los proveedores y no con incumplimientos. Ahora mismo los distribuidores son los que estn aplicando un menor margen. En el futuro depender de los mrgenes y los costes de todas las cadenas y las tarifas que comuniquen los proveedores en las prximas semanas, explica Ignacio Garca Magarzo, director general de Aseda, organizacin que agrupa a cadenas como Froiz, Gadis, Lidl o Mercadona, entre otras.
- Recuerda que los supermercados tienen libertad para subir o bajar precios, independientemente de lo que pase con los impuestos.
- La distribucin ha hecho un grandsimo esfuerzo para actualizar en cuatro das el IVA para que lo perciban los consumidores.
- Confiamos en que la medida contribuya a bajar el IPC, apunta.
Qu hay de quienes compraron productos con un IVA al 10 o 4 % y ahora lo tienen que bajar? La gran distribucin apenas se ha visto afectada porque apenas almacenan pedidos por ms de un da. Le preocupa mucho ms al pequeo comercio. Puede que a alguien le haya pillado el cambio con un stock grande de un producto en concreto, explican fuentes del sector.
- Ahorro Otra cosa es que la medida se est notando en el bolsillo de los consumidores.
- En funcin del supermercado elegido, el ahorro oscila entre los 48 cntimos y los dos euros en el tique final en caja,
- La rebaja fiscal se prolongar hasta el ltimo da de abril.
- Llegada esa fecha, si la inflacin subyacente -excluye la energa y los productos frescos- sigue creciendo por encima del 5,5 %, se extender hasta el 30 de junio.
Asociaciones de consumidores como Facua se quejan de su corto alcance y de la falta de medios de Competencia para vigilar de forma efectiva a la gran distribucin. Tiene un efecto extraordinariamente bajo, lamenta su portavoz, Rubn Snchez. La organizacin dice tener serias sospechas de que en muchos supermercados no repercutirn la bajada del IVA en los clientes.
Subirn la carne o buscarn frmulas para encarecer los precios, auguran. Por eso recomiendan a los consumidores que tomen pruebas para denunciar ante la CNMC y exigen al Gobierno que intervenga los precios finales. Cmo? Devolvindolos al umbral que tenan hace meses. Una solucin que rechaza parte del Ejecutivo.
Desde la OCU instan al Ejecutivo y a la CNMC a vigilar muy de cerca las maniobras de las cadenas de supermercados, Denuncian que las excusas de algunos distribuidores que compraron productos con un IVA ms elevado no son aceptables porque eso lo podrn reflejar en la liquidacin trimestral del impuesto.
¿Cuánto es el IVA de las carnes?
Alimentos con IVA reducido (10%) – El IVA de la alimentación en España varía entre el tipo reducido (10%) y el superreducido (4%). Se consideran productos de alimentación aquellos que pueden servir como alimento para humanos o animales. El IVA Reducido es el un tipo de IVA en la alimentación que se aplica en aquellos productos catalogados como alimentos necesarios y que se compran y consumen habitualmente: la carne, el pescado, aceites, pasta, yogures, agua embotellada, café o las conservas, entre otros.
¿Cuál es el IVA para el 2023?
Actualizado: 21 diciembre, 2022 (hace 8 meses) La tarifa general de reteiva en el año 2023 podrá ser hasta del 50 % del valor del IVA, de acuerdo con lo establecido por el Gobierno nacional mediante el artículo 437-1 del Estatuto Tributario –ET–, modificado mediante la Ley 2010 de 2019. La Ley 2010 de 2019 modificó el inciso segundo del artículo 437-1 del Estatuto Tributario –ET – en lo correspondiente a la tarifa de retención en la fuente por IVA, que podrá ser hasta del 50 % del valor de dicho impuesto. Vale la pena destacar que si el Gobierno nacional no expone ninguna tarifa, la que deberá ser aplicada será la del 15 %, la cual puede disminuir si el responsable ha obtenido saldos a favor en los últimos seis (6) períodos. En concordancia con lo dispuesto en el artículo 437-1 del ET (norma en la que se estipula que debe practicarse reteiva), el artículo 437-2 del ET señala los agentes de retención por concepto de IVA, y por su parte el articulo 437-3 del ET señala los responsables de la retención en la fuente por concepto de IVA, Ahora bien, en el parágrafo 1 del artículo 437-1 del ET, modificado por el artículo 25 de la Ley 633 de 2000, se lee la siguiente disposición: En el caso de las prestaciones de servicios gravados a que se refieren los numerales 3 y 8 del artículo 437-2 de este estatuto, la retención será equivalente al ciento por ciento (100 %) del valor del impuesto. Esto último quiere decir que quienes actúen como agentes retenedores del IVA de personas o entidades sin residencia o domicilio en Colombia retendrán el 100 % del valor del impuesto. Es importante conocer todos estos cambios para realizar de manera correcta cada una de estas obligaciones. Por otro lado, en el parágrafo 1 del artículo 437-2 del ET, que fue modificado por el artículo 25 de la Ley 633 de 2000, se lee la siguiente disposición: El nuevo texto es el siguiente:> La venta de bienes o prestación de servicios que se realicen entre agentes de retención del impuesto sobre las ventas de que tratan los numerales 1, 2 y 5 de este artículo no se regirá por lo previsto en este artículo.
¿Cuándo pagan la Devolución del IVA en el 2023?
¿En qué fechas entregan la Devolución del IVA? – De acuerdo con la información proporcionada por el Departamento de Prosperidad Social, los desembolsos asociados a la Devolución del IVA comenzaron a mediados de diciembre de 2022. Estos pagos, de 80 mil pesos cada uno, fueron dirigidos a los hogares que formaron parte de los ciclos 11 y 12 del año 2022.
- Además, la entidad ha confirmado que el Gobierno ha realizado una nueva inversión para garantizar la transferencia de fondos a los hogares inscritos.
- Actualmente, no se ha revelado la fecha precisa para el desembolso de la Devolución del IVA correspondiente al año 2023, ya que el primer pago se efectuó el pasado 10 de enero.
Para mantenerse al tanto de las fechas actualizadas de pago de la Devolución del IVA, se sugiere revisar las redes sociales del Departamento de Prosperidad Social (DPS) o comunicarse con la línea de atención nacional al 01-8000-951100.
¿Cuándo son las ofertas en Colombia?
Enero, frebrero, julio y agosto son los meses por excelencia de las promociones y los descuentos en Colombia, especialmente en los centros comerciales y en las marcas de ropa y calzado.
¿Cuántos Black Friday hay en Colombia?
Imagen de archivo. Black Friday Colombia. Foto: EFE En Colombia ha tenido gran acogida el denominado Black Friday o viernes negro, un evento mundial en el que el sector comercial busca atraer más compradores con atractivas ofertas que pueden llegar hasta el 75% de descuentos en numerosos productos y servicios,
Te puede interesar: Otoniel pasará el resto de su vida en una cárcel de Estados Unidos: deberá pagar 45 años de prisión Uno de los sectores que más descuentos hace es el comercio electrónico, razón por la cual este evento ha venido en crecimiento y ha tenido mayor aceptación en el entorno online,
- Debido a esto muchos de los comerciantes hacen sus mejores ofertas en sus plataformas digitales, brindándoles a sus clientes la realización de sus compras desde la comodidad de sus casas, oficinas o desde sus dispositivos móviles.
- Algunos establecimientos tienen dentro de sus ganchos de venta los envíos gratis a cualquier parte del país, esto como parte de las estrategias para atraer mayores compradores.
Te puede interesar: Avianca, Latam y Wingo abrieron temporada de descuentos: estos son los destinos a los que bajaron los tiquetes En nuestro país hay dos fechas para la celebración del Black Friday, una es del 26 al 28 de mayo y la otra es del 24 al 26 de noviembre,
- Estas fechas coinciden con el inicio de dos épocas muy esperadas por los colombianos, la primera es el inicio de las vacaciones de mitad de año y la segunda con la temporada navideña y de fin de año.
- Aunque el evento se empezó a celebrar originalmente en Estados Unidos, país en el que se celebra el último viernes de noviembre, ha tenido gran acogida en diferentes lugares del mundo, donde se han tomado fechas adicionales, como en Colombia,
Te puede interesar: Soat 2023: este es el listado de carros que tienen descuento del 50% Un dato curioso es que el término Black Friday nació en Filadelfia, Estados Unidos, en 1960, luego del caos generado por las personas que salían a comprar de manera desmedida, después del Día de Acción de Gracias,
- Posteriormente, las familias empezaron a esperar esta fecha para comprar su regalos de navidad con grandes descuentos.
- Existen diferentes plataformas en nuestro país que además de los descuentos que dan los fabricantes o proveedores de los productos y servicios, le dan un porcentaje adicional a su oferta.
Otras plataformas permiten rastrear los mejores descuentos en los productos, así como encontrar productos en liquidación o también permiten obtener cupones que permitirán más adelante obtener descuentos en fechas diferentes al Black Friday, Sin embargo, aunque esta fecha tiene como objetivo brindar mejores oportunidades a los compradores, también se deben considerar algunas precauciones, para adquirir productos o servicios a través de las plataformas online, sobretodo en aquellas que pueden ser engañosas o que vienen inmersas en correos electrónicos, mensajes de texto o enlaces desconocidos.
En esta oportunidad según la Cámara de Comercio Electrónico, se sumaron más marcas a esta iniciativa, en las que los descuentos podrían llegar hasta el 75%. Para que no le metan gato por liebre y el Black Friday le salga caro, le damos algunos tips para tener en cuenta a la hora de comprar por alguna plataforma digital.
Use alguna red wi-fi o conexión a internet segura, Tenga en cuenta que no debe conectarse a redes públicas de wi-fi, ya que esto podría ocasionarle dolores de cabeza por el robo de su información personal o financiera, por parte de personas inescrupulosas.
Mantenga su equipo protegido y actualizado. Esto es porque los procesos de compras online es en los que más información sensible transferimos. Por eso es necesario actualizar los equipos y tener un buen antivirus, Como ya se mencionó anteriormente compre en sitios web reconocidos ya que al buscar las mejores ofertas se puede dar con sitios en los que anuncian los productos casi regalados pero que no generan confianza por parte de los usuarios.
Que lo barato no le salga caro. Este punto es uno a los que menos se pone atención y es el que tiene que ver con la política de privacidad de datos y de devoluciones o garantías de los productos, Quizá por lo extenso de este apartado, muchos usuarios optan por aceptar las condiciones sin siquiera leer lo que en estos se dice.
- Cuando le pidan datos para comprar productos o servicios asegúrese de dar solamente los necesarios.
- Antes de hacerlo verifique que se encuentre en el sitio correcto.
- Revise frecuentemente los movimientos de sus tarjetas y cuentas con el fin de encontrar algo sospechoso que pueda ser objeto de investigación.
Por último, aprenda a reconocer correos maliciosos ya que el abrir uno de estos, podría desencadenar en la pérdida de su dinero en unos segundos.
¿Cuánto descuento hay en el Black Friday Colombia?
Amazon – El gigante del e-commerce, Amazon, aprovechará toda la semana para ofrecer sus descuentos. Categorías como tecnología, moda, deporte, hogar, belleza, productos de supermercado, entre otras, tendrán descuentos de hasta el 70%. En el caso de tiendas de electrónica como Media Markt o Fnac, los descuentos estarán disponibles todo el mes de noviembre, siendo el 25 de noviembre el día más destacable para los descuentos.
¿Cómo queda el IVA para el 2023?
El IVA en España en 2023 es del 21%.
¿Qué tarifas de IVA existen en Colombia 2023?
Normas de la reforma tributaria que impactarán el comercio exterior en Colombia El pasado 15 de noviembre fue aprobado por Senado y Cámara de Representantes el texto conciliado de lo que será la próxima reforma tributaria. En esta oportunidad quiero reseñar algunas normas que tendrán un impacto importante en el ejercicio del comercio exterior en nuestro país.
En efecto, temas como la tarifa de impuesto sobre la renta para usuarios de zonas francas, los nuevos impuestos saludables, el IVA a los animales de compañía y las facultades extraordinarias otorgadas al ejecutivo para expedir un régimen sancionatorio aduanero y de decomiso, darán qué hablar a los usuarios del comercio exterior.
Veamos:
Zonas francas.
Impuesto sobre la renta para usuarios industriales de zonas francas Los usuarios industriales de zonas francas tendrán un sistema de tributación mixto donde a la renta líquida gravable multiplicada por el resultado de dividir los ingresos provenientes de la exportación de bienes y servicios por la totalidad de los ingresos fiscales, excluyendo las ganancias ocasionales, le será aplicable una tarifa del 20% del impuesto sobre la renta y a la renta líquida gravable multiplicada por el resultado de dividir los ingresos diferentes de aquellos provenientes de exportación de bienes y servicios por la totalidad de los ingresos fiscales, excluyendo las ganancias ocasionales, le será aplicable la tarifa general del artículo 240 del Estatuto Tributario.
La suma del resultado de aplicar la tarifa del 20% más el resultado de aplicar la tarifa general del 35%, corresponderá al impuesto sobre la renta que deberán pagar. Plan de internacionalización y anual de ventas Es importante aclarar que el sistema de tributación mixta únicamente aplica para los usuarios industriales que en el 2023 o 2024, acuerden con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo su plan de internacionalización y anual de ventas, en el cual se establezcan objetivos máximos de ingresos netos por operaciones de cualquier naturaleza en el territorio aduanero nacional y los demás ingresos que obtenga el usuario industrial diferentes al desarrollo de su actividad para la cual fue autorizado, reconocido o calificado, durante el año gravable correspondiente.
Si no suscriben el acuerdo o lo incumplen, la tarifa será la tarifa general del inciso 1 del artículo 240 del Estatuto Tributario que está en 35%. No obstante, la forma como se celebren los acuerdos quedó sujeta a reglamentación. A partir del año 2025 los usuarios industriales que se califiquen, autoricen o aprueben deberán suscribir su plan de internacionalización y anual de ventas, para cada uno de los años gravables, si quieren acogerse al régimen mixto.
- El régimen mixto aplicará a partir del 1 de enero de 2024.
- Para el año gravable 2023, la tarifa de los usuarios industriales será del 20% pero si tuvieron un crecimiento de sus ingresos brutos del 60% en 2022 en relación con 2019 aplicarán la tarifa 20% hasta el año gravable 2025.
- Impuesto sobre la renta para usuarios comerciales de zonas francas Los usuarios comerciales tributarán a la tarifa general del 35%.
Usuarios de zona franca que tienen suscrito contrato de estabilidad jurídica Pagarán l a tarifa establecida en el correspondiente contrato y no podrán aplicar concurrentemente la deducción por inversión en activos fijos del artículo 158-3 del Estatuto Tributario ni tendrán derecho a la exoneración de aportes del artículo 114-1 ibídem.
Ingresos provenientes de la prestación de servicios de salud y dedicadas a desarrollar infraestructuras de aeropuertos Los ingresos provenientes de la prestación de servicios de salud a pacientes sin residencia en Colombia por parte de las zonas francas permanentes especiales de servicios de salud o usuarios industriales de servicios de salud de una zona franca permanente, zonas francas dedicadas al desarrollo de infraestructuras relacionadas con aeropuertos, sumarán como ingresos por exportación de bienes y servicios.
Usuarios operadores, zonas francas costa afuera, de servicios portuarios y logísticos y para refinación de combustibles derivados del petróleo o biocombustibles industriales La tarifa aplicable a zonas francas costa afuera; usuarios industriales de zonas francas permanentes especiales de servicios portuarios, usuarios industriales de servicios portuarios de una zona franca, usuarios industriales de zona franca permanente especial, cuyo objeto social principal sea la refinación de combustibles derivados del petróleo o refinación de biocombustibles industriales; usuarios industriales de servicios que presten los servicios de logística y a usuarios operadores, será del 20%.
Impuestos saludables
impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas
- Este nuevo impuesto se genera en la importación de las bebidas ultraprocesadas azucaradas, así como los concentrados, polvos y jarabes que, después de su mezcla o dilución permiten la obtención de bebidas azucaradas. Se incluyen bebidas gaseosas o carbonatadas, bebidas a base de malta, bebidas tipo té o café, bebidas a base de fruta en cualquier concentración, refrescos, zumos y néctares de fruta, bebidas energizantes, bebidas deportivas, refrescos, aguas saborizadas y mezclas en polvo.
- Las partidas y subpartidas gravadas estarán sujetas al impuesto en la medida en que contengan azúcares añadidos y se cumpla con lo previsto en la norma.
- Sin embargo, resulta curioso que no constituye hecho generador del impuesto la donación por parte del productor o importador a los bancos de alimentos constituidos como entidades sin ánimo de lucro, o los bancos de alimentos que posea la iglesia o confesión religiosa reconocida por el Ministerio del Interior o por la ley.
- La base gravable es el contenido en gramos de azúcar por cada 100 mililitros de bebida, o su equivalente.
- En el caso de las bebidas importadas, en la declaración de importación deberá informarse el contenido en gramos de azúcar por cada 100 mililitros de bebida, o su equivalente.
- La tarifa, se expresa en pesos por 100 mililitros de bebida, y el valor unitario está en función del contenido de azúcar en gramos por cada 100 mililitros, por ejemplo, para el 2023, si cada 100 mililitros contienen menos de 6 gramos de azúcar, la tarifa es $0, pero si tiene más de 6 gramos la tarifa es $ 18. A medida que aumentan los gramos de azúcar por 100 mililitros, aumenta el impuesto.
- Este impuesto se causará en las importaciones, al momento de la nacionalización, y se liquidará y pagará con los tributos aduaneros.
Impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas
- Los productos ultraprocesados son formulaciones industriales principalmente a base de sustancias extraídas o derivadas de alimentos, además de aditivos y cosméticos que dan color, sabor o textura para intentar imitar a los alimentos. Tienen un elevado contenido en azúcares añadidos, grasa total, grasas saturadas y sodio, y un bajo contenido en proteína, fibra alimentaria, minerales y vitaminas, en comparación con los productos, platos y comidas sin procesar o mínimamente procesados.
- El responsable del impuesto será el productor y/o el importador y la base gravable será la misma que se tiene en cuenta para liquidar los tributos aduaneros, adicionados con el valor de este gravamen.
- Tratándose de productos terminados producidos en zona franca, la base gravable será el valor de todos los costos y gastos de producción de conformidad con el certificado de integración, más el valor de los tributos aduaneros. Cuando el importador sea el comprador o cliente en territorio aduanero nacional, la base gravable será el valor de la factura más los tributos aduaneros.
- La tarifa del impuesto será del 10% en el año 2023, del 15% en el año 2024 y del 20% a partir del año 2025.
- En las importaciones, igual que en el caso de las bebidas, el impuesto se causa al tiempo de la nacionalización del bien y se liquidará y pagará al momento de la liquidación y pago de los tributos aduaneros.
Bienes que no causan el impuesto al valor agregado
Quedan excluidos del IVA los demás animales vivos de la partida arancelaria 01.06 excepto los animales domésticos de compañía que quedan gravados a la tarifa general del impuesto. La norma señala como animales domésticos de compañía los gatos, perros, hurones, conejos, chinchillas, hámster, cobayos, jerbos y Mini-Pigs.
Tráfico postal y envíos urgentes
La importación de bienes objeto de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida estará excluida de IVA siempre y cuando su valor no exceda los doscientos dólares USD200, de acuerdo con lo establecido en cada acuerdo o tratado de libre comercio.
Facultades extraordinarias para expedir un nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías
Se le otorgaron al Presidente de la República facultades extraordinarias por el término de seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley, para expedir un nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el procedimiento aplicable a seguir por la DIAN, para el efecto se conformará una Subcomisión integrada por tres (3) representantes de la Cámara de Representantes y tres (3) senadores, de las Comisiones Terceras, que serán designados por los presidentes de las respectivas corporaciones para acompañar el proceso.
Plásticos de un solo uso
- Se crea el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
- El hecho generador del impuesto es la venta, el retiro para consumo propio o la importación para consumo propio.
- El impuesto se causará en las importaciones, en la fecha en que se nacionalice el bien.
- El sujeto pasivo y responsable del impuesto es el productor o importador.
- La base gravable del impuesto es el peso en gramos del envase, embalaje o empaque de plástico de un solo uso.
- La tarifa del impuesto es de 0,00005 UVT por cada (1) gramo del envase, embalaje o empaque.
Impuesto al carbono
- Es un gravamen que recae sobre el contenido de carbono equivalente (CO2eq) de todos los combustibles fósiles, incluyendo todos los derivados del petróleo, gas fósil y sólidos que sean usados para combustión.
- El hecho generador es la venta dentro del territorio nacional, el retiro para el consumo propio, la importación para el consumo propio o la importación para la venta de combustibles fósiles.
- Se causa en una sola etapa respecto del hecho generador que ocurra primero. Tratándose las importaciones de gas y derivados de petróleo, en la fecha en que se nacionalice el gas o el derivado de petróleo. En el caso del carbón, al momento de la venta al consumidor final, o al momento de la importación para uso propio, en la fecha de nacionalización.
- Tratándose de gas y derivados del petróleo, el sujeto pasivo del impuesto será quien adquiera los combustibles fósiles del productor o el importador cuando realice retiros para consumo propio.
- Son responsables del impuesto, tratándose de gas y derivados de petróleo, los productores y los importadores; en el caso del carbón, los sujetos pasivos y responsables son quienes lo adquieran o utilicen para consumo propio.
- El impuesto nacional al carbono no se causa para los sujetos pasivos que certifiquen ser carbono neutro
- En el caso del carbón, el impuesto no se causa para el carbón de coquerías.
- El impuesto nacional al carbono tendrá una tarifa específica considerando el factor de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) para cada combustible determinado, expresado en unidad de peso (kilogramo de CO2eq) por unidad energética (terajulios), de acuerdo con el volumen o peso del combustible.
- La tarifa corresponderá a veinte mil quinientos pesos ($20.500) por tonelada de carbono equivalente (CO2eq). Los valores de la tarifa por unidad de combustible son los indicados en la tabla incluida en el artículo 48 del texto conciliado.
- El impuesto se declarará y pagará bimestralmente, en la forma y plazos que establezca el Gobierno nacional.
- La tarifa por tonelada de carbono equivalente (CO2eq) se ajustará cada primero de febrero con la variación en el Índice de Precios al Consumidor calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE del año anterior más un punto.
- En el caso de los combustibles fósiles correspondientes a gas natural, gasolina y ACPM la tarifa se ajustará a partir del año 2024.
- El alcohol carburante con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores y el biocombustible de origen vegetal, animal o producido a partir de residuos sólidos urbanos de producción nacional con destino a la mezcla con ACPM para uso en motores diésel, no están sujetos al impuesto nacional al carbono.
- En el caso del carbón, la tarifa del impuesto se aplicará gradualmente, comenzando con 0% para 2023 y 2024 hasta llegar a la tarifa plena a partir de 2028.
Topics: reforma tributaria Colombia
¿Cuál es el IVA para el 2023?
Actualizado: 21 diciembre, 2022 (hace 8 meses) La tarifa general de reteiva en el año 2023 podrá ser hasta del 50 % del valor del IVA, de acuerdo con lo establecido por el Gobierno nacional mediante el artículo 437-1 del Estatuto Tributario –ET–, modificado mediante la Ley 2010 de 2019. La Ley 2010 de 2019 modificó el inciso segundo del artículo 437-1 del Estatuto Tributario –ET – en lo correspondiente a la tarifa de retención en la fuente por IVA, que podrá ser hasta del 50 % del valor de dicho impuesto. Vale la pena destacar que si el Gobierno nacional no expone ninguna tarifa, la que deberá ser aplicada será la del 15 %, la cual puede disminuir si el responsable ha obtenido saldos a favor en los últimos seis (6) períodos. En concordancia con lo dispuesto en el artículo 437-1 del ET (norma en la que se estipula que debe practicarse reteiva), el artículo 437-2 del ET señala los agentes de retención por concepto de IVA, y por su parte el articulo 437-3 del ET señala los responsables de la retención en la fuente por concepto de IVA, Ahora bien, en el parágrafo 1 del artículo 437-1 del ET, modificado por el artículo 25 de la Ley 633 de 2000, se lee la siguiente disposición: En el caso de las prestaciones de servicios gravados a que se refieren los numerales 3 y 8 del artículo 437-2 de este estatuto, la retención será equivalente al ciento por ciento (100 %) del valor del impuesto. Esto último quiere decir que quienes actúen como agentes retenedores del IVA de personas o entidades sin residencia o domicilio en Colombia retendrán el 100 % del valor del impuesto. Es importante conocer todos estos cambios para realizar de manera correcta cada una de estas obligaciones. Por otro lado, en el parágrafo 1 del artículo 437-2 del ET, que fue modificado por el artículo 25 de la Ley 633 de 2000, se lee la siguiente disposición: El nuevo texto es el siguiente:> La venta de bienes o prestación de servicios que se realicen entre agentes de retención del impuesto sobre las ventas de que tratan los numerales 1, 2 y 5 de este artículo no se regirá por lo previsto en este artículo.
¿Cuándo comienzan a pagar el IVA en el 2023?
¿Cuáles son las fechas de pago para la Devolución del IVA 2023? – De acuerdo a lo informado por Prosperidad Social, el desembolso del ciclo 12 de la Devolución del IVA inició el 21 de diciembre de 2022. Los hogares beneficiarios recibieron una transferencia de $80.000 que corresponde a los ciclos 10, 11 y 12 de 2022.
- El plazo establecido para el desembolso finaliza el 10 de enero de 2023.
- El Gobierno Nacional destinó más de 187.000 millones de pesos para garantizar el pago de este ciclo a todos los beneficiarios.
- Según las instrucciones del Gobierno, los hogares beneficiarios serán notificados por mensaje de texto sobre la disponibilidad del pago en los puntos de pago de SuperGiros y su red de aliados.
María Fernanda Penilla Quintero, responsable del área de Bienestar Social, manifestó que los beneficiarios pendientes de pago deben estar alertas ya que Prosperidad Social efectuará el pago correspondiente al ciclo actual, además de los pagos acumulados de los ciclos 10 y 11 de 2022, en caso de que corresponda para sus hogares.