Cuando Se Firmó El Acuerdo De Paz En Colombia

Este jueves 24 de noviembre, se conmemora la firma del Acuerdo Final de Paz suscrito en 2016 con la extinta guerrilla de las Farc-EP.

¿Dónde se firmó el acuerdo final de paz en Colombia?

3. Fin del Conflicto – Ceremonia de firma del cese al fuego durante los diálogos de paz en La Habana el 23 de junio de 2016. La dejación de las armas por parte de las FARC-EP (hecho que, aseguran, debiera estar acompañado de una reestructuración de las fuerzas militares ) ​ para su reintegro o ingreso a la vida civil por efectos del marco legal para la paz, proyecto que define la suspensión de proceso judiciales a subversivos.

No obstante, la discusión de este punto podría verse dificultada por causa del Estatuto de Roma (suscrito por Colombia) que prohíbe que condenados por delitos de lesa humanidad tengan vida jurídica. ​ ​ ​ ​ El gobierno y las FARC-EP acordaron este punto el 23 de junio de 2016, donde se proclama el cese bilateral de las hostilidades en ambos bandos, además del desarme total de la organización subversiva en zonas especiales donde se concentran los guerrilleros sin presencia de la Fuerza Pública (23 veredas del país que serán llamadas ” Zonas Veredales Transitorias de Normalización ” (ZVTN) y 8 campamentos, donde realizará la entrega del armamento), cuya verificación estará a cargo de la ONU, organismo al cual las FARC-EP entregarán sus armas para que dispongan de ellas a su conveniencia.

El desarme se debía llevar a cabo en un plazo máximo de 180 días a partir de la firma del acuerdo final que se realizó en Colombia el 26 de septiembre del mismo año 2016. ​ Sin embargo, solo pudo declararse como finalizado el día 27 de junio de 2017, fecha en la cual las FARC-EP entregaron el último porcentaje de un total de 7.132 armas. Completo

¿Cuándo se firmaron los Acuerdos de Paz?

Conmemoran 31 años de los Acuerdos de Paz en El Salvador Organizaciones sociales y partidos políticos salvadoreños conmemoraron este lunes el trigésimo primer aniversario de los Acuerdos de Paz que pusieron fin a 12 años de guerra civil en la nación centroamericana.

  • LEA TAMBIÉN: El Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), protagonista de dichos acuerdos, convocó a una concentración en el llamado Cristo de la Paz para conmemorar la fecha.
  • Entre tanto, el secretario general del FMLN, Óscar Ortiz, expresó la necesidad de rescatar la memoria histórica para que las nuevas generaciones la aprecien porque de lo que se trata es de la cultura democrática, del respeto de la diversidad”.

“El FMLN es el principal protagonista de este acuerdo y como principal protagonista no podemos dejar que esta memoria quede olvidada. El que no registra su historia está condenado a volverse a equivocar y hoy vemos señales peligrosas en el país”, puntualizó.

  1. Asimismo, el secretario de la juventud del FMLN, Jasael Torres, hizo un llamado a tener conciencia del significado de la profundidad democrática que sostuvo el acuerdo más importante en las últimas décadas en el país.
  2. Los acuerdos pusieron fin a un conflicto armado que le dejó una factura de dolor de sufrimiento, de desesperanza a este pueblo”, manifestó Torres sobre el fin de la guerra civil de 12 años la cual dejó alrededor de 75.000 muertos.

El 16 de enero de 1992 en Chapultepec, México se firmaron los Acuerdos de Paz, los cuales dieron paso al fin del conflicto armado, provocado por la dictadura cívico-militar salvadoreña. : Conmemoran 31 años de los Acuerdos de Paz en El Salvador

¿Qué es el acuerdo final de paz en Colombia?

Por la vía del Acuerdo de Paz, las FARC se comprometieron a entregar todas sus ar – mas a las Naciones Unidas, a no incurrir en delitos como el secuestro, la extorsión o el reclutamiento de menores, a romper sus vínculos con el narcotráfico y a cesar los ataques a la Fuerza Pública y a la población civil.

¿Cuántos acuerdos de paz se han hecho en Colombia?

La firma de un acuerdo de paz entre el gobierno de Colombia y las Farc ha recibido una gran atención por parte de la comunidad internacional, ya que esta pondría fin a uno de los conflictos armados más largos del mundo. Sin embargo, en este momento hay más de 20 procesos de paz en todo el mundo.

  1. Cada una de esas experiencias puede significar un aprendizaje para Colombia.
  2. Varios de ellos han surgido como resultado de fracasos en procesos anteriores, o han sido suspendidos en diferentes oportunidades.
  3. Además, algunos nuevos grupos armados, o países con intereses sobre los territorios han entorpecido el curso de las negociaciones.

Por otro lado, varios países han firmado acuerdos de paz en los últimos años, y ya han estado implementando lo que acordaron en sus respectivas negociaciones. Esto también puede dar luces sobre lo que viene para Colombia en los próximos años. Por ello, el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) registró la experiencia de 10 procesos de paz que se llevan a cabo actualmente en el mundo (los azules en el mapa), y de 10 procesos de paz firmados en los últimos 20 años (los rojos en el mapa).

¿Quién fue el que firmó los acuerdos de paz?

Para recordar el vigésimo sexto aniversario de ese hecho histórico compartimos parte de la crónica publicada por Prensa Libre el día 30 de diciembre de 1996. Con la presencia de diez jefes de Estado y Gobierno como testigos de honor se realizó la ceremonia efectuada en el Palacio Nacional, además la presencia de otros dos mil invitados y delegados de diversos sectores del país ubicados en el ala poniente del Palacio.

El presidente de la gubernamental Comisioón de la Paz, COPAZ, Gustavo Porras, inició los discursos al recordar los pasos que se dieron para llegar al convenio, y resaltó que se ha generado un compromiso para que la guerra fratricida no se repita jamás, pues la evolución democrática en el país ha permitido el logro de la paz, y reafirmado el compromiso de respeto de los Derechos Humanos.

El Acuerdo de paz firme y duradera, que consta de siete páginas, fue suscrito por los cuatro comandantes de la URNG: Rolando Morán, Pablo Monsanto, Carlos González y Jorge Rosal; así como por la COPAZ: Gustavo Porras, Raquel Zelaya, Richard Aitkenhead Castillo y el general Otto Pérez Molina.

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Por su parte, el presidente Arzú estampó su firma como testigo de honor, lo cual fue ovacionado por los asistentes a la ceremonia que se desarrolló con lentitud por algunos atrasos en el programa, y la incomodidad para los medios de comunicación que cubrían el histórico evento.

Además, firmaron el documento los presidentes de Centroamérica, Venezuela, Colombia y el jefe del Gobierno español, José María Aznar. La ceremonia, que fue trasmitida a través de la cadena nacional de radio y televisión fue seguida de cerca por miles de guatemaltecos que abarrotaron la Plaza de la Constitución donde, a través de pantallas gigantes se pudo seguir minuto a minuto la ceremonia que se desarrollaba en el interior del Palacio.

La lectura del Acuerdo final de paz firme y duradera fue hecha por el Canciller, Eduardo Stein, quien indico? que en horas del mediodía los comandantes guerrilleros y los integrantes de la COPAZ habían firmado el cronograma del cumplimiento de todos los acuerdos de paz, que incluyen la desmovilización de los insurgentes.

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¿Cuándo fue firmado el tratado de paz y quiénes lo firmaron?

La Guerra de los Mil Das 17 de octubre de 1899 –21 de noviembre de 1902 “La Guerra de los Mil Das se precipit por causa de los conflictos no resueltos en la naciente democracia colombiana y que venan acumulndose desde el propio momento de la Independencia.

Las difciles relaciones entre los partidos, los desbalances en la representacin poltica y los problemas electorales, las relaciones entre la Iglesia y el Estado, las dificultades fiscales, las relaciones entre las regiones y particularmente la colisin de intereses entre el centro y las provincias, cuentan entre los factores que jugaron papel crucial en sta y en todas las dems guerras del siglo XIX”.

“La guerra de los Mil Das, aparte de su deprimente balance en trminos de vctimas y prdidas materiales, precipit la prdida de Panam, que se independiz el 3 de noviembre de 1903, casi un ao despus de la firma del tratado de Wisconsin”. Tiempos de paz. Acuerdos en Colombia, 1902- 1994.

  • Edicin de Medfilo Medina y Efran Snchez.
  • Los tratados Despus de tres aos de conflicto e innumerables prdidas materiales y humanas para el pas, los liberales decidieron que el camino ms certero era el de la paz; si bien parte de la decisin corresponda al desgaste de las tropas de este bando, an el territorio de Panam, donde Benjamn Herrera haba vencido a los conservadores, les deparaba alguna esperanza de triunfo.

Neerlandia El tratado de paz se firm el 24 de octubre de 1902 en la finca bananera Neerlandia, situada entre Cinaga y Aracataca. Los firmantes fueron Urbano Castellanos y Carlos Adolfo Urueta. Fue aprobado en los das siguientes por Florentino Manjarrs, comandante general y jefe de operaciones del gobierno del Magdalena, y por Rafael Uribe Uribe.

  • Wisconsin El 21 de noviembre de 1902, representantes del gobierno y de la revolucin liberal, a bordo del acorazado Wisconsin, buque insignia de la flota que Estados Unidos tena fondeada en Panam, firmaron el tratado con que oficialmente se dio fin al conflicto.
  • Chincota El mismo da de la firma del Tratado de Wisconsin, en Chincota, Norte de Santander, tuvo lugar una reunin con el gobernador Ramn Gonzlez Valencia, jefe civil y militar del ejrcito de Santander, y los representantes del ejrcito revolucionario liberal, Ricardo Jaramillo y Ricardo Tirado Meja, para firmar un pacto de fin de hostilidades entre los dos bandos.

Santander fue el escenario donde se inici la guerra en octubre de 1899; all tuvieron lugar los famosos combates de Peralonso y Palonegro y el sitio de Ccuta. Por esta razn era necesario que en esa regin las tropas revolucionarias y el gobierno se pusieran de acuerdo sobre puntos tales como la entrega de armas, la vigencia de la Constitucin Poltica de Colombia, las elecciones, los desterrados y los prisioneros, con el fin de contribuir al restablecimiento y a la consolidacin definitiva de la paz pblica, con el patritico intento de abrir camino a la concordia nacional.

¿Que se logro con los Acuerdos de Paz?

Logros y objetivos –

Puso fin al Conflicto Armado Interno que duró 36 años. Se reformó la Constitución para organizar las funciones del ejército. Surgió la meta de adherirse a principios para garantizar y proteger la plena observancia y respeto a los derechos humanos, Así como también se propuso el compromiso de investigar las violaciones de los derechos humanos ocurridos en el marco del enfrentamiento interno. Reconocimiento a la identidad y derechos de los pueblos indígenas para construir una nación multiétnica, pluricultural y multilingüe.

¿Cómo se le llama a los 12 Acuerdos que se firmaron y negociaron entre el gobierno guatemalteco y los dirigentes de los grupos guerrilleros?

¿QUÉ SON LOS ACUERDOS DE PAZ? Son cada uno de los temas en los que el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG), negociaron para alcanzar soluciones pacíficas a los principales problemas que generaron el enfrentamiento armado de más de 36 años.

¿Como los acuerdos de paz han beneficiado a Colombia?

Abstract – En este trabajo se evalúan dos fuentes del impacto del Acuerdo de Paz con las FARC en el crecimiento económico: la reducción permanente en la intensidad del conflicto armado y la realización de Inversiones para la Paz con recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN).

Los resultados sugieren que el Acuerdo de Paz aportaría en promedio 0,17pp-0,28pp al crecimiento económico entre 2017 y 2031. Dentro de este efecto, la desmovilización de las FARC aportaría 0,05pp-0,16pp por año al crecimiento del PIB durante 10 años, mientras que las Inversiones para la Paz impulsarían el crecimiento en promedio en 0,12pp por año, en respuesta a la destinación de mayores recursos a sectores relativamente más productivos.

Además, los resultados muestran que el Acuerdo de Paz contribuirá al proceso de convergencia regional, y que las actividades económicas que más se beneficiarían con su implementación son agricultura, construcción y comercio. Por último, se estima que el crecimiento del PIB potencial aumentaría entre 0,07pp y 0,19pp.

¿Cuándo y por qué inicio la violencia en Colombia?

Antecedentes y causas – Los antecedentes históricos de la Violencia fueron:

  • Las Guerras civiles del siglo XIX, (se registraron siete grandes guerras a nivel nacional) y algunos conflictos con Ecuador,
  • La Guerra de los Mil Días entre 1899 y 1902.
  • La separación de Panamá.

Se consideran como causas políticas económicas y sociales de la violencia bipartidista en Colombia:

  • El problema histórico de las tierras: despojo y concentración en pocas manos, sumada a la falta de una reforma agraria efectiva. ​
  • La intolerancia política sectarista entre liberales y conservadores. ​
  • La pérdida de legitimidad del Estado entre la población y la utilización de altos grados de represión. ​
  • La persecución religiosa en Colombia. ​

¿Cuál fue el origen de la guerrilla en Colombia?

Las guerrillas colombianas nacieron en los años 60 como respuesta a los problemas agrarios no resueltos, producto de una larga tradición que ya tenía el país de afrontar con violencia los conflictos sociales y políticos, pero también como parte de los cabos sueltos que dejó el Frente Nacional en su intento por frenar

¿Qué son los 12 acuerdos de paz?

Los Acuerdos de Paz son una docena de acuerdos que fueron suscritos por el Gobierno de la República de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca -URNG-, entre 1991 y 1996, para alcanzar soluciones pacíficas a los principales problemas que generó el Conflicto Armado Interno (García, s., p.1).

¿Cuáles son las disidencias de las Farc?

Los grupos disidentes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia ( FARC ), conocidos como las ex- FARC mafia, son una serie de estructuras armadas que surgieron durante y después de las negociaciones de paz entre el gobierno de Colombia y la guerrilla en 2016, las cuales se han establecido como importantes piezas

¿Qué oportunidad tienen los colombianos con el acuerdo de paz?

El acuerdo de paz es una oportunidad que tenemos los colombianos para construir una sociedad más justa, equitativa, participativa e incluyente. Estos son algunos de los beneficios que trae la paz, en especial para las víctimas. –

Verdad Justicia Equidad Oportunidades

La verdad es la primera forma de reparación que esperan las víctimas. Por eso, el Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación, creado por el Acuerdo Final de Paz, contiene diferentes mecanismos que se complementan para aclarar lo ocurrido en el conflicto.

La Comisión de la Verdad es el organismo que se va a encargar de reconstruir la verdad histórica. Es un mecanismo imparcial, extrajudicial y transitorio, que escuchará todas las versiones posibles, tanto de las víctimas como de los involucrados en el conflicto, con el principal propósito de comprender las causas y circunstancias de la confrontación y establecer responsabilidades, para que lo que pasó, nunca más se repita.

Ante esta Comisión, podrán presentarse los responsables de crímenes de lesa humanidad, sin que su declaración tenga efectos judiciales contra ellos ni contra terceros. También podrán acudir ante ella, las víctimas, para presentar los resultados de sus propias investigaciones y contribuir a construir esa verdad histórica.

  • Encontrar a los desaparecidos, parte esencial de la búsqueda de la verdad, también es una de las prioridades del Acuerdo Final de Paz, en su punto sobre Víctimas.
  • La Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas coordinará las acciones del Estado en este campo e integrará la información que hoy en día existe en diferentes bases de datos, con el propósito de intensificar el esfuerzo que ya se viene haciendo por encontrar los más de 60 mil desaparecidos por el conflicto, que, según el Centro Nacional de Memoria Histórica, existen en el país.

Ante esta Unidad también podrán presentarse los responsables de desapariciones, para que revelen el paradero de sus víctimas, con un propósito humanitario y no judicial. Las víctimas también podrán suministrar la información que tengan y tendrán derecho a que se les entregue un reporte detallado, una vez se reúna toda la información disponible.

  1. El Acuerdo Final de Paz busca que los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco del conflicto (como atentados terroristas, secuestros, homicidios, abuso sexual, reclutamiento de menores, entre otros), sean investigados y sancionados.
  2. Las sanciones que se les apliquen a los responsables tendrán un carácter reparador tanto para las víctimas como para el país en términos de desarrollo.

Es decir, quienes sean hallados culpables, siempre y cuando hayan reconocido previamente su responsabilidad y aportado la verdad, contarán con restricciones efectivas de su libertad, aunque cumplirán su pena con acciones que contribuyan a la reparación de las víctimas, como participar en el desminado humanitario, la construcción de vías o la limpieza de las riberas de los ríos, entre otros.

  1. La Jurisdicción Especial para la Paz, creada por el Acuerdo Final de Paz, contará con varias salas y tribunales que se encargarán de estudiar en qué casos se podrán aplicar sanciones alternas a ex combatientes que no hayan cometido delitos de lesa humanidad.
  2. La primera condición que debe cumplir quien quiera someterse a esta jurisdicción es que debe aportar verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición.

Para que nadie evada su responsabilidad, la Fiscalía y las organizaciones defensoras de derechos humanos y de víctimas podrán presentar la información que tengan para contrastar las declaraciones que hayan dado los responsables. Las víctimas, además, podrán sugerir las acciones reparadoras que se impondrán como pena a los responsables, y hacer seguimiento para que se cumplan.

  • Una paz real, estable y duradera requiere de acciones orientadas a superar inequidades sociales, formas de discriminación y carencia de oportunidades que han estado presentes en nuestro país, a lo largo de su historia.
  • Para que lo ocurrido en el conflicto no se repita, el Acuerdo Final de Paz contiene herramientas para construir una sociedad más equitativa y con mayores oportunidades para todos.

Por ejemplo, las medidas incluidas en el punto uno, de tierras, buscan superar la brecha de desigualdad que hoy existe entre el campo y la ciudad y promover un desarrollo rural integral; el punto dos, de participación política, busca construir una sociedad más democrática y participativa, y el punto cuatro, relacionado con las drogas ilícitas, abre alternativas para que las comunidades, y en especial las personas en condiciones de vulnerabilidad, puedan mejorar sus condiciones de vida y contar con una actividad productividad que les dé ingresos suficientes dentro de la legalidad.

Todas ellas son disposiciones que conducen a una sociedad más equitativa. El acuerdo reconoce, así mismo, que hay sectores de la población que han sufrido con mayor rigor los efectos del conflicto armado, y por ello tiene en cuenta un enfoque diferencial, que busca brindarles una atención especial, que contribuya a superar la discriminación de la que han sido víctimas.

En el caso de las mujeres, el enfoque diferencial de género se orienta a que sean investigados y sancionados los casos de abuso, violencia y explotación sexual cometidos por combatientes de uno y otro bando, y que se superen las condiciones de discriminación, opresión y violencia a la que se enfrentan las mujeres, en su vida cotidiana.

  1. También busca empoderarlas, darles más espacios de participación y fortalecer las organizaciones que han creado para defender sus derechos.
  2. En el caso de los grupos étnicos, tanto la Ley de Víctimas como el acuerdo de paz reconocen que su reparación debe tener en cuenta las circunstancias particulares de estas comunidades y orientarse a rescatar sus costumbres, cultura y autoridades.

Teniendo en cuenta que estos pueblos han sufrido históricamente situaciones de injusticia y exclusión y han sido desposeídos de sus tierras, uno de los retos del posconflicto consiste en recuperar su autonomía y garantizar que puedan ejercer sus derechos.

  1. Uno de los objetivos más importantes del acuerdo de paz es la transformación del campo, para que quienes viven en él tengan mejores condiciones de vida y puedan relacionarse de una manera más equitativa con los sectores urbanos del país.
  2. Para ese fin, el acuerdo prevé la creación de una serie de planes y programas, que funcionarán en las zonas más afectadas por el conflicto y que buscarán promover su desarrollo y generar oportunidades para quienes viven en ellas, incluidas las víctimas.

Entre ellos están los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), con los cuales las comunidades van a poder participar en la toma de decisiones, y definir, de manera conjunta con las autoridades definan las prioridades de inversión y contribuyan en el seguimiento y la veeduría de los proyectos.

A través de los PDET se van a poner en marcha alternativas productivas para fortalecer la economía campesina y se van a coordinar los planes para mejorar la infraestructura de las comunidades, incluidas la construcción de vías, la ampliación de la infraestructura para la prestación de servicios públicos, mejor atención en salud y mayores oportunidades de educación, entre otros.

Todo esto va a beneficiar a las víctimas, como parte esencial de estas comunidades, pero, en especial, va a ser fundamental para la ejecución de los planes de reparación colectiva, que, tal como lo dice el acuerdo, deberán ser incorporados dentro de los PDET.

Convivencia Participación Tranquilidad Un futuro mejor

La implementación del Acuerdo Final de Paz traerá consigo la construcción de confianza, tolerancia, respeto y convivencia. Es importante reconocernos como seres humanos que tenemos derecho a ser perdonados y a tener oportunidad de mejorar, crecer y aportar a la paz, independientemente de nuestro origen, actividad y condición.

  1. Para lograrlo, el Acuerdo propone espacios de participación ciudadana, convivencia y reconciliación en el territorio, que además activen la democracia y las capacidades de liderazgo y participación en las comunidades.
  2. Uno de esos espacios es la Comisión de la Verdad, que, según el Acuerdo Final de Paz, deberá promover “la convivencia en los territorios, en el entendido de que la convivencia no consiste en el simple compartir de un mismo espacio social y político, sino en la creación de un ambiente transformador que permita la resolución pacífica de los conflictos y la construcción de la más amplia cultura de respeto y tolerancia en democracia”.

Además del esclarecimiento de la verdad, la Comisión tendrá dentro de sus funciones la de crear espacios en los que las víctimas se vean dignificadas, se hagan reconocimientos individuales y colectivos de responsabilidad por parte de los actores del conflicto y se promueva el respeto y la confianza ciudadana.

El Acuerdo Final de Paz también prevé la realización de actos tempranos de reconocimiento de responsabilidad, que son actos formales, públicos y solemnes, en los que los actores responsables de violaciones a los Derechos Humanos en el marco del conflicto, reconocen su responsabilidad, piden perdón y se comprometen con acciones de reparación en favor de las víctimas.

Cualquier acto de este tipo debe contribuir siempre a la dignificación de las víctimas. El Acuerdo Final de Paz trae nuevas oportunidades de participación para las víctimas. Además de las Mesas de Participación, a nivel nacional, departamental y municipal, que vienen operando desde la expedición de la Ley de Víctimas, las víctimas van a tener ahora más oportunidades de incidir en la política de atención y reparación.

En general, todos los espacios de participación se fortalecerán para promover la incidencia, la democracia, la convivencia y la reconciliación en las comunidades. Uno de estos nuevos mecanismos es la creación de 16 circunscripciones transitorias especiales, en territorios que en el pasado fueron afectados por el conflicto, por la escasa participación política o el abandono estatal.

En ellos serán elegidos un número igual de representantes a la Cámara, de manera temporal, por dos periodos electorales, que representarán políticamente a estas poblaciones y promoverán sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales.

  • Estas circunscripciones no son para las FARC ni para los partidos políticos tradicionales, sino que están destinadas a grupos significativos de ciudadanos y ciudadanas u organizaciones sociales, entre las cuales están las organizaciones de víctimas.
  • En general, el Acuerdo Final de Paz, prevé mayores garantías para el ejercicio de la oposición, para la conformación y el funcionamiento de movimientos y organizaciones sociales y la movilización y la protesta pacífica.
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El gran principio que rige este punto es que nunca más los colombianos volveremos a combinar el ejercicio de la actividad política con las armas. El primer efecto que ha traído el Acuerdo Final de Paz es la disminución efectiva de las acciones violentas en el país.

El Centro de Recursos para el Análisis del Conflicto (CERAC), que es una organización independiente, reportó que en los primeros ocho meses de cese al fuego bilateral, acordado por el Gobierno y las FARC no se presentaron víctimas mortales o heridos de la población civil o la fuerza pública en acciones de las FARC.

Gracias a esta desactivación del conflicto, el número de homicidios en el país se ha reducido a cifras que no se registraban en el país desde los años cuarenta. El cálculo que hace el CERAC es que se han dejado de perder por lo menos 2.670 vidas en acciones relacionadas con el conflicto durante el proceso de paz.

El fin del conflicto armado también ha permitido avanzar en el desminado humanitario de los campos colombianos, con el propósito, definido por el Gobierno, de que en el año 2020 se hayan iniciado operaciones en todos los municipios que están clasificados como de afectación alta por presencia de minas antipersonal.

La disminución de los hechos violentos no significa que el Gobierno baje la guardia frente a la presencia de grupos armados ilegales en diferentes lugares del país, por lo cual la Unidad para las Víctimas continúa realizando acciones humanitarias y de prevención en todas las regiones.

  1. El propósito de la negociación de paz no era solamente poner fin a la confrontación armada entre el Gobierno y un grupo armado ilegal, sino sentar las bases para que lo ocurrido en el conflicto no se vuelva a repetir.
  2. Por eso, el Acuerdo Final de Paz contiene disposiciones que buscan superar las condiciones de desigualdad que existen en el país, promover una sociedad más incluyente y crear espacios que promuevan la tolerancia, el respeto por la diferencia y la convivencia.

En este contexto, las víctimas son fundamentales y por eso se dice que estuvieron en el centro del acuerdo y en el centro de su implementación. Alcanzar su reparación integral, dignificarlas y recuperar la memoria de quienes perdieron la vida a causa del conflicto es fundamental para que los acuerdos sean sostenibles.

Por ese motivo, el acuerdo respalda los esfuerzos de atención y reparación integral que ya se vienen haciendo desde la expedición de la Ley de Víctimas y establece medidas adicionales para fortalecer, entre otros, la reparación colectiva, el retorno y reubicación de personas desplazadas y la reparación de víctimas en el exterior.

Todas las víctimas, y en general todos los colombianos, debemos tener claro que la paz no se alcanza solamente con la firma de un acuerdo, sino que la construimos entre todos en todos los territorios de Colombia.

¿Qué dice el primer punto del acuerdo de paz?

Mosquera, Cundinamarca, 21 de febrero de 2023. ‘El primer punto del Acuerdo de Paz con las Farc dice que se entregarán 3 millones de hectáreas de tierras a campesinas y campesinos, y que se titularán 7 millones de hectáreas allí, donde están las campesinas y los campesinos.

¿Cuál es el fin del conflicto?

​Acuerdo so​bre el fin del conflicto​ Se trata de un punto que se divide en diferentes partes. La primera es Cese al fuego y de hostilidades bilateral y Definitivo y Dejación de Armas.

¿Qué pasó el 29 de diciembre de 1996?

GUATEMALA 1. El 29 de diciembre de 1996, el pueblo de la Repblica de Guatemala (en adelante el Estado o Guatemala) celebr la firma del Acuerdo Final de Paz entre el Gobierno y la Unidad Revolucionaria Nacional de Guatemala (URNG), que puso fin a 36 aos de conflicto armado.

El costo del conflicto, desde el punto de vista del sufrimiento humano, es difcil de describir o cuantificar. Aproximadamente 150.000 personas perdieron la vida, muchas fueron heridas o quedaron incapacitadas, y miles fueron desplazadas o buscaron refugio en el extranjero. La firma del acuerdo definitivo fue un momento histrico para Guatemala y la regin.2.

La CIDH ha seguido detenidamente los desarrollos en Guatemala por muchos aos y ha informado regularmente sobre violaciones masivas y sistemticas de los derechos humanos durante el perodo del conflicto armado. Reconociendo que la firma de los acuerdos de paz presenta nuevas oportunidades para Guatemala, lo que ha iniciado un proceso de transformacin, la Comisin presenta este informe bajo su criterio de informar sobre pases que se encuentran en una situacin de transicin.I.

  1. EL CONTEXTO POLTICO Y LOS ACONTECIMIENTOS DE 1996 3.
  2. El Presidente Alvaro Arz (Partido de Avance Nacional, PAN) tom posesin de su cargo el 14 de enero de 1996, habiendo ganado una eleccin que los observadores, entre ellos la Misin de Observadores de la OEA, consideraron libre y justa en general.
  3. En la campaa electoral participaron 24 partidos.

Una coalicin de organizaciones locales y organizaciones del sector civil, el Frente Democrtico para una Nueva Guatemala (FDNG), algunos de cuyos miembros haban previamente promovido la abstencin en el proceso poltico, participaron activamente en la campaa electoral de 1996, y seis de sus candidatos fueron elegidos diputados.4.

  1. Las elecciones se desarrollaron en gran parte de acuerdo con las normas aplicables; sin embargo, hubo incidentes aislados de violencia que pueden haber estado relacionados con el proceso electoral o motivadas por ste.
  2. A finales de 1995, varios candidatos a cargos oficiales fueron asesinados, entre ellos un candidato al Congreso en Moyuta, Jutiapa, un candidato a la alcalda en La Democracia, Huehuetenango, y un candidato a la alcalda en San Lucas Tolimn, Solol, as como dos activistas que hacan campaa en San Jernimo, Baja Verapaz, y el lder principal de un partido poltico en El Petn.

Otros incidentes sobre los que se tiene informacin incluyen el intento de secuestro de un candidato a la alcalda en Momostenango, Totonicapn, y un asalto al hogar del alcalde de Chiquimula.5. Aproximadamente el 47% de los votantes registrados participaron en la primera ronda de las elecciones y el 37% en la segunda.

El registro de votantes fue bajo, as como la participacin de aquellos votantes que se registraron. Algunos votantes que vivan en reas remotas no tuvieron acceso a las mesas electorales, ya que no tenan forma de viajar a stas. Estos votantes tambin tuvieron dificultades para registrarse, porque la ley guatemalteca limita la ubicacin de las oficinas de registro de votantes a las capitales municipales.

Adems, el proceso de registro es innecesariamente complicado.6. Pocas semanas despus de su toma de posesin, el Presidente Arz decidi suspender todas las acciones contra los insurgentes y la URNG indic que dejara de atacar objetivos gubernamentales. El 6 de mayo de 1996, el Gobierno y la URNG firmaron un acuerdo sobre la situacin socioeconmica y agraria, en el que el Gobierno se compromete a adoptar medidas para mejorar la situacin de los sectores ms pobres y marginados de la sociedad nacional.

El acuerdo incluye disposiciones concernientes al desarrollo social, la educacin, la salud, la vivienda, los derechos de los trabajadores, los derechos de la mujer, la propiedad y distribucin de tierras, las polticas fiscales y el desarrollo rural.7. Antes de la firma del acuerdo final, el Gobierno y la URNG firmaron acuerdos sobre el papel del Ejrcito, el cese del fuego definitivo, las reformas constitucionales y el sistema electoral, la reincorporacin de la URNG, y sobre la implementacin y verificacin de los acuerdos de paz.

De conformidad con la resolucin del 20 de enero de 1997 del Consejo de Seguridad, observadores militares internacionales asistirn a Guatemala bajo los auspicios de las Naciones Unidas con respecto al cumplimiento de ciertos acuerdos. Se han enviado 155 observadores militares a varios lugares de Guatemala durante tres meses para la verificacin del acuerdo de cese definitivo del fuego, la separacin de las fuerzas y el desarme y desmovilizacin de los combatientes de la URNG.8.

Conforme a su continuo papel de vigilar el cumplimiento de ciertos acuerdos, en 1996, MINUGUA continu verificando la situacin de los derechos humanos en Guatemala e informando sobre sta. MINUGUA ha desempeado un papel de gran importancia desde su establecimiento en noviembre de 1994, conforme a la firma del acuerdo global sobre derechos humanos entre el Gobierno y la URNG.

Se atribuye en parte a su labor de verificacin del cumplimiento con ese acuerdo y de las disposiciones pertinentes del acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indgenas, el hecho de la apertura de un nuevo espacio poltico en Guatemala y su presencia a lo largo del pas; las investigaciones que realiza y la informacin que proporciona sobre las violaciones de los derechos humanos han alentado y apoyado los avances que se han logrado en materia de derechos humanos en Guatemala.

  1. La disolucin de las PAC y reformas en las fuerzas de seguridad 9.
  2. Siguiendo la iniciativa del entonces Presidente Ramiro de Len de Carpio de separar del servicio aproximadamente a 25.000 Comisionados militares en septiembre de 1995, justo un ao despus, en septiembre de 1996, el Presidente Arz tom una decisin de fundamental importancia: disolver las Patrullas de Auto defensa Civil, llamados ms tarde Comits Voluntarios de Defensa Civil (PAC o CVDC), que se estima alcanzaban ms de 500.000 en el punto lgido de sus actividades.10.

Tal y como la Comisin y una gama de organizaciones nacionales e internacionales han informado, los comisionados militares y las PAC, organizados y dirigidos por las fuerzas armadas, cometieron varias violaciones graves de los derechos humanos. El Ombudsman de Derechos Humanos ha investigado e informado constantemente sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas por las PAC y, en dos ocasiones, emiti resoluciones que solicitaban que el Congreso Nacional las disolviera.11.

  • A pesar de que, supuestamente, se requera que estas unidades consistieran de voluntarios, en realidad, muchos miembros fueron forzados a participar en las patrullas.
  • Aquellos que rehusaban, y aquellos miembros de la comunidad que se oponan a dichas patrullas, corran el peligro ser amenazados, asaltados y, en varios casos, asesinados.

Aunque se saba que ciertos miembros de las PAC y comisionados militares cometan serias violaciones, stos siempre actuaron con impunidad. Durante 1996, la Comisin abri el caso 11.667, en el que se acusa a antiguos miembros de las PAC de haber perseguido a Diego Velsquez Soc y a Matas Velsquez, y de haberles asesinado el 24 de mayo de 1996.

La CIDH contina tramitando un nmero substancial de casos relacionados con supuestas violaciones de los derechos humanos cometidas por los miembros de las PAC.12. Las medidas adoptadas por el Ejecutivo para disolver y desarmar a las PAC tienen gran significado y la Comisin aprecia su valor, habida cuenta de sus recomendaciones constantes en ese sentido.

MINUGUA seal a este respecto que el nmero de denuncias de violaciones atribuidas a los integrantes de los PAC ha “descendido de forma muy importante”. No obstante, como el Procurador de los Derechos Humanos ha advertido en repetidas ocasiones, es fundamental verificar su disolucin y desarme.

  • Informes tempranos indican que algunas de las PAC que ya se han disuelto todava no han iniciado el proceso de desarme y que, en algunas comunidades, se estn formando grupos sucesores similares.
  • Durante el primer semestre de 1996 MINUGUA inform que: Se ha constatado tambin el surgimiento de distintas organizaciones civiles que efectan rondas de vigilancia, establecen toques de queda y detienen personas, las que estn presentes, por ejemplo, en Comitancillo, San Marcos; en aldeas de Alta Verapaz; en Samayac y San Lorenzo, Suchitepquez y en Santiago Atitln y San Lucas Tolimn, Solol.

La verificacin realizada evidencia la poca importancia de su denominacin y objetivos formales, por cuanto ha comprobado que se trata de grupos armados que se atribuyen cometidos propios de la institucin policial y cuyas actividades, con la tolerancia, influencia o control de agentes del Estado, vulneran los derechos de las personas.

La Comisin tambin est preocupada por el nmero de armas de fuego en circulacin, la permanencia de guardias o grupos particulares de seguridad armados y la falta de mecanismos para vigilarlos o controlarlos.13. Durante 1996, la Administracin Arz adopt medidas importantes y prometedoras para empezar a depurar las fuerzas armadas y la polica de miembros corrompidos.

Varios generales y coroneles del Ejrcito fueron separados del servicio activo. Similarmente, un nmero importante de policas fueron despedidos en conexin con presuntas actividades de corrupcin y violaciones de los derechos humanos. Durante la primera mitad de 1996, MINUGUA inform que 113 miembros de la Polica Nacional y 25 Guardias de Hacienda haban sido separados del servicio y que ms de 100 policas involucrados en diversos delitos y faltas haban sido consignados a los tribunales.14.

Por su parte, el Congreso de Guatemala procedi a reformar el Cdigo Militar, hacindolo inaplicable a los miembros de las fuerzas armadas implicados en delitos comunes. La Comisin valora esta importante medida encaminada a reducir el poder de los tribunales militares y asegurar que los delitos perpetrados por el personal militar que corresponden al Cdigo Penal estarn sujetos a la jurisdiccin de los tribunales ordinarios, lo que es consecuente con sus recomendaciones al respecto.

La jurisprudencia de la CIDH confirma que las violaciones de los derechos humanos, en particular, corresponden debidamente al Cdigo Penal y estn sujetos a la jurisdiccin de los tribunales ordinarios. Esta reforma representa, por lo tanto, un avance necesario e importante.

Se inform que en 1996 varios casos en los que estaban involucrados oficiales militares fueron transferidos a los tribunales civiles.15. Sin embargo, los informes indican que las fuerzas armadas continan desempeando un papel importante en las actividades contra el delito que corresponden debidamente a la polica.

La Comisin ha expresado constantemente su preocupacin por el uso de los miembros de las fuerzas militares para combatir el delito, lo que significa el despliegue de tropas que han sido capacitadas para el combate en situaciones que bsicamente requieren personal capacitado para hacer cumplir la ley.

  • Adems, la polica es capacitada para actuar recprocamente con los civiles y asistirles en la medida de lo posible, mientras que las fuerzas armadas son capacitadas para luchar contra un enemigo designado.
  • Adems, el uso de personal militar, que sirve bajo la autoridad del Ejecutivo, para llevar a cabo actividades relacionadas con la investigacin de delitos, suscita preocupacin con respecto a la necesidad vital de la independencia en materia de investigaciones judiciales.

En su sexto informe MINUGUA seal que, en algunos casos, la participacin del personal militar en la investigacin de casos penales relacionados con sus compaeros tenan el efecto de obstaculizar el proceso.16. El acuerdo del Gobierno 90-96 del 7 de marzo de 1996, estableca cierto nivel de separacin en el desarrollo de planes de seguridad pblica, pero contina la duplicacin de las funciones civiles y militares.

  1. Como MINUGUA ha manifestado, “para una lucha eficaz contra la impunidad, es fundamental la profesionalizacin de la Polica Nacional y,
  2. Que supone la separacin de las funciones policial y militar”.
  3. Dado el clima de inseguridad personal y la falta de confianza en la polica por parte del pblico, debe darse prioridad a la profesionalizacin y fortalecimiento de la capacidad de las fuerzas de seguridad civiles para hacer cumplir la ley.

Los informes destacan la falta de disciplina dentro de esas fuerzas y la necesidad de desarrollar sistemas de capacitacin y vigilancia ms slidos. La CIDH hace hincapi en la importancia de desarrollar las estructuras institucionales, los modelos para la capacitacin, los recursos y la supervisin necesarios, para lograr que la fuerza de polica pueda desempear sus funciones independientemente de los militares.

  • II. EL CONTEXTO SOCIOECONMICO 17.
  • La Comisin observa que se ha avanzado un poco respecto a la situacin socioeconmica desde su informe de 1993, Cuarto Informe sobre la Situacin de los Derechos Humanos en Guatemala,
  • Segn estadsticas del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el ndice de desarrollo humano en Guatemala ha aumentado y actualmente forma parte de la lista de pases con un desarrollo humano medio.

Sin embargo, estas mismas estadsticas indican que muchos guatemaltecos continan careciendo incluso de las necesidades ms bsicas para vivir.18. Se estima que aproximadamente el 80% de la poblacin vive en la pobreza, y un 59% en condiciones de extrema pobreza.

  1. Los datos recopilados por el PNUD de 1985 a 1995 indican que slo el 34% de la poblacin tena acceso a servicios de salud, el 62% tena acceso a agua potable y el 60% a servicios sanitarios.
  2. Las estadsticas ms recientes indican que el 54.6% de los guatemaltecos adultos son alfabetizados.
  3. Cuando se comparan las poblaciones urbanas y rurales, se observa que las poblaciones rurales estn en una situacin de gran desventaja en cuanto al acceso a los servicios mencionados.19.

En su informe de 1996, el Ombudsman de Derechos Humanos inform sobre un aumento en el nmero de denuncias recibidas concernientes a violaciones de derechos econmicos, sociales y culturales. El Gobierno de Guatemala ha reconocido la necesidad de llevar a cabo una reforma y tomar medidas urgentes en lo que respecta a la vida social, econmica y cultural del pas.

  1. El acuerdo sobre aspectos socioeconmicos y la situacin agraria establece ciertos objetivos que se pretenden lograr en este sentido y el Gobierno ha indicado que las reformas del sistema fiscal sern un aspecto importante del cambio. III.
  2. EL DERECHO A PROTECCIN JUDICIAL Y DEBIDO PROCESO 20.
  3. El sistema judicial de Guatemala contina siendo, en gran parte, incapaz de administrar justicia en forma oportuna y eficaz.

El problema afecta a todas las esferas del sistema judicial, pero es particularmente grave en el contexto de la justicia penal, donde el retraso sin justificacin de las investigaciones o diligencias esenciales que deben ordenar los jueces y de los procesos judiciales perjudican los derechos de la vctima y del acusado.

  1. Esto es verdad en cuanto a casos relacionados con violaciones de los derechos humanos, as como aquellos casos concernientes a delitos comunes.21.
  2. La comunidad internacional ha sido informada en numerosas oportunidades en el pasado de los problemas relacionados con la administracin de justicia y el impacto negativo y de gran alcance sobre la situacin de los derechos humanos en Guatemala.

As, MINUGUA inform durante el primer semestre de 1996 que: En la situacin de impunidad que vive el pas, la mayora de los delitos graves y violaciones de los derechos humanos quedan sin sancin, no por ser imposible esclarecer los hechos e identificar a los autores,

sino debido a la ineficacia de los organismos nacionales competentes para investigar, juzgar y sancionar, as como por la influencia que ejercen sobre ellos determinados grupos, principalmente los vinculados al Estado. La Administracin Arz ha emprendido algunas iniciativas importantes para hacer frente a la impunidad, entre ellas la separacin del servicio de miembros corruptos de las fuerzas armadas y la polica.

Adems de estas valiosas iniciativas, se precisa de una mayor coordinacin y cohesin, las cuales son necesarias para luchar con eficacia contra la impunidad.22. Las deficiencias del sistema de justicia penal se atribuyen a una serie de causas, entre ellas, la falta de coordinacin entre las instituciones competentes, insuficientes recursos humanos y materiales, actos de amenaza e intimidacin contra los jueces y fiscales, y la corrupcin dentro del sistema.

  • A pesar de que el actual Cdigo Procesal Penal, vigente desde mediados de 1994, prev una serie de avances notables en los procesos de justicia penal, los problemas relacionados con su implementacin continan impidiendo su debida aplicacin.
  • Puesto que la independencia y la imparcialidad son requisitos fundamentales para el ejercicio del poder judicial, la CIDH est particularmente preocupada por los informes que ha recibido sobre el uso de amenazas y persecucin contra jueces y fiscales.

MINUGUA inform que dos investigadores de la Oficina del Fiscal General fueron asesinados en mayo de 1996 mientras trabajaban en un caso, y que el Fiscal haba recibido amenazas de muerte. La Comisin considera que la aprobacin por el Congreso, a mediados de 1996, de la ley que protege las personas conectadas con la administracin de justicia, es un paso importante hacia lo que debe ser un esfuerzo de gran amplitud para encontrarle solucin a esta situacin.23.

La falta de confianza popular en la capacidad del sistema judicial de cumplir con su mandato se manifiesta en actividades ilcitas de diversa ndole, entre ellas, linchamientos, actos de “limpieza social” y el uso de la fuerza y la violencia por parte de los guardias de seguridad privados o grupos de defensa.

No se dispone de estadsticas exactas respecto a los linchamientos. El Grupo de Apoyo Mutuo dio cuenta de 71 linchamientos en 1996. En varios casos, como el asesinato del artista Oziel Caldern y otros, las informaciones aparecidas en la prensa aclaran que las vctimas fueron linchadas debido a un error de identidad.

  1. En cualquier caso, estos actos de vigilancia representan un rechazo flagrante de los principios ms bsicos del debido proceso.
  2. Estos tipos de actividades ilcitas constituyen una grave amenaza para el orden democrtico del Estado, ya que socavan el imperio de la ley.
  3. La Comisin est especialmente preocupada por el hecho de que muchos de estos actos se han llevado a cabo sin respuesta, o con muy poca respuesta, por parte del Estado.

La Comisin subraya que tales actividades extralegales no pueden ser toleradas y que la solucin apropiada, dentro del actual proceso de transicin, es fortalecer la capacidad de la polica para luchar contra el delito.24. Con respecto a la administracin de justicia y al derecho a la libertad, la CIDH recibi varias informaciones coincidentes en el sentido de que la detencin preventiva y las medidas sustitutivas se aplican en forma arbitraria.

Segn la Oficina del Arzobispado para los Derechos Humanos y MINUGUA, los acusados con pocos recursos son sometidos regularmente a detencin preventiva, sin mayor consideracin de la gravedad del delito aducido, la posibilidad de no comparecencia, ni la necesidad de proteger de interferencias la investigacin; en tanto que a otros acusados de delitos como homicidio y secuestro se les conceden medidas sustitutivas.

Entre los ejemplos notorios de casos en que se otorgaron estas medidas y los acusados no comparecieron estn los del ex comisionado militar Ral Martnez, quien se cree secuestr al equipo de una misin de la ONU, entre otros delitos, y el de Vctor Romn Cutzal, implicado en los asesinatos de los sacerdotes presbiterianos Serech y Saquic.

  • Las rdenes de arresto emitidas subsecuentemente en estos casos no se han cumplido todava.25.
  • La Comisin ve con gran preocupacin que, segn informaciones recibidas, en los centros de detencin generalmente no se separa a los menores de los adultos como lo requiere el artculo 7 de la Convencin Americana.

A menudo no existen instalaciones para menores en zonas remotas y por consiguiente a stos se les recluye con adultos en instalaciones inapropiadas. Previas violaciones de los derechos humanos y la necesidad de mecanismos para combatir la impunidad 26.

En febrero de 1997, la Comisin para el Esclarecimiento Histrico de la Verdad fue establecida con el nombramiento del profesor alemn y ex-Experto Especial de las Naciones Unidas en Derechos Humanos Christian Tomuschat para dirigir la Comisin, cuyos miembros son la educadora Otilia Ins Lux Garca de Cot y el jurista Alfredo Balsells.

La Comisin dispone, en principio, de seis meses para llevar a cabo su investigacin, aunque este perodo puede extenderse en caso de ser necesario. Su mandato es Aesclarecer con toda objetividad, equidad e imparcialidad@ las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia que ha sufrido el pueblo guatemalteco, “vinculados con el enfrentamiento armado” y “aclarar plenamente y en detalle@ las violaciones en cuestin, pero sin individualizar la responsabilidad y sin ningn propsito o efecto judicial.

  • La CIDH le desea xito a la Comisin de la Verdad en el cumplimiento de tan importante mandato, como es el de investigar y aclarar las violaciones pasadas.
  • La provisin de recursos humanos y materiales apropiados ser un factor importante en cuanto a la habilidad de dicha Comisin para cumplir con su labor.27.

El alcance total de las violaciones a estudiar no est claro, pero se ha dado amplia cuenta de que el conflicto caus la muerte de ms de 150.000 personas, el arrasamiento de 440 aldeas, el desplazamiento interno de 1.000.000 de personas y 45.000 refugiados.

Durante 1996, se llevaron a cabo varias exhumaciones para obtener pruebas fsicas de los delitos, los cuales todava no han sido oficialmente explicados, investigados, procesados o sancionados. El Equipo de Antropologa Forense de Guatemala realiz exhumaciones en Agua Fra, Chicaman, Quich; Josefinas, La Libertad, Petn; Pinares, Cahabon, Alta Verapaz; Pan de Snchez, Rabinal, Baja Verapaz; Saguachil, Chisec, Alta Verapaz; El Chal, Dolores, Petn; San Diego, La Libertad, Petn; Chorraxaj, Joyabaj, Quich; Las Flores, Dolores, Petn; y La Amistad, Dolores, Petn.28.

La divulgacin oficial de la verdad sobre las violaciones pasadas de derechos humanos puede desempear un papel fundamental en el proceso de recuperacin y reconciliacin y en sentar las bases para el debido procesamiento y castigo dentro del sistema judicial.

El informe de la Comisin de la Verdad en Guatemala ayudar a consolidar el proceso de reconciliacin que se inici a finales del ao de 1996. La revelacin de tales atrocidades perpetradas durante el conflicto armado, dentro de un informe oficialmente aprobado, dar al pueblo de Guatemala la posibilidad de reflexionar sobre las mismas, preparar respuestas coherentes y adoptar medidas para garantizar la paz en el futuro.29.

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En este sentido debe mencionarse la “Ley de Reconciliacin Nacional”, aprobada por el Congreso el 18 de diciembre de 1996, despus de la firma del acuerdo de amnista entre el Gobierno y la URNG el 12 de diciembre de 1996. La ley fue aprobada tras un intenso debate en el seno de la sociedad guatemalteca.

Se cre una coalicin que comprenda los sectores sociales y las organizaciones no gubernamentales bajo el lema la “Alianza contra la impunidad”, para oponerse al acuerdo y a la adopcin de dicha ley.30. De acuerdo con la ley, la extincin de responsabilidad penal puede aplicarse a: delitos polticos contra la seguridad del Estado, el orden institucional y la administracin pblica (artculo 2); delitos comunes “directa, objetiva, intencional y casualmente” vinculados con delitos polticos (artculo 3); y delitos comunes perpetrados con el objetivo de prevenir, impedir, perseguir o reprimir delitos polticos y delitos comunes afines (artculo 5).

Sin embargo, el artculo 8 estipula que la amnista no deber aplicarse a los siguientes delitos: genocidio, tortura, desaparicin forzada y aquellos delitos que sean imprescriptibles o que no admitan la extincin de la responsabilidad penal, de conformidad con la legislacin interna o los tratados internacionales ratificados por Guatemala.31.

Se inform a la CIDH que la Comisin Presidencial Coordinadora de la Poltica del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos (COPREDEH) y MINUGUA han tomado algunas medidas para informar a los jueces sobre la relacin entre las disposiciones de esta ley y las obligaciones de Guatemala en los tratados internacionales.

Los miembros de la Alianza contra la Impunidad presentaron un recurso de inconstitucionalidad para impugnar dicha ley, el cual continuaba pendiente sin decidirse para finales de febrero de 1997. Se ha informado a la CIDH que a partir de finales de febrero de 1997 las solicitudes de amnista presentadas en conformidad con la ley han sido denegadas en los casos que se han iniciado en relacin con los asesinatos de Myrna Mack y Jorge Carpio Nicolle.

En este aspecto, la Comisin ha articulado, en varios casos especficos, los criterios relacionados a la interrelacin respeto la impunidad y las leyes disponiendo amnista y medidas comparables. IV. EL DERECHO A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD FSICA 32. El tipo de violaciones de los derechos humanos en Guatemala ha cambiado favorablemente desde que el conflicto armado concluy.

Tal como MINUGUA seala en su Sexto Informe: “Es alentador que en el perodo no se haya comprobado ninguna desaparicin forzada de personas y la notable disminucin de las denuncias admitidas por esta grave violacin de derechos humanos. Ello consolida la percepcin de que esta condenable prctica criminal no se realiza hoy en Guatemala”.

  • Asimismo, la Comisin ha notado una disminucin en el nmero de las peticiones recibidas con respeto al derecho a la vida e integridad fsica.
  • Sin perjuicio de estas manifestaciones positivas relativas al derecho a la vida, la Comisin debe sealar que continan existiendo denuncias en este materia.
  • As por ejemplo, la Oficina del Procurador de Derechos Humanos inform que durante 1996 tramit 173 casos relacionados con ejecuciones extrajudiciales, 47 casos concernientes a desapariciones forzadas, 15 casos asociados con violaciones a la integridad personal y 12 casos de tortura.

Durante los primeros diez meses del ao, la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala inform que haba tramitado 112 casos de ejecuciones extrajudiciales y seis casos de tortura.33. Respecto al derecho a la vida, durante la primera mitad de 1996 MINUGUA verific 13 de los 69 casos de ejecuciones extrajudiciales denunciados; 42 de los 54 intentos de ejecucin extrajudicial; y 91 de las 267 denuncias de amenazas de muerte que se presentaron ante sta.

Estas denuncias cubren tambin situaciones anteriores a 1996. En cuanto al respeto a la integridad fsica de la persona durante este mismo perodo, se verificaron 2 de los 8 casos de tortura; 9 de las 10 denuncias de trato cruel, inhumano o degradante; 27 de las 73 denuncias de malos tratos; 103 de los 116 casos de uso excesivo de la fuerza; y 1.010 de las 1.060 amenazas de otra ndole contra las personas.

Muchas de estas denuncias, que se refieren en buena parte a situaciones anteriores al gobierno actual, todava estn siendo verificadas. La Misin de las Naciones Unidas observ que la ausencia de una investigacin adecuada en aquellos casos relacionados con violaciones cometidas por agentes del Estado o por grupos o individuos relacionados con stos, hace que la verificacin sea difcil.

  • Durante el ltimo semestre de 1996, MINUGUA verific 76 casos de ejecuciones extrajudiciales; 214 de amenazas de muerte; 13 violaciones del derecho a no ser sometido a tortura; 23 casos de empleo excesivo de fuerza y 206 casos de otros tipos de amenazas contra las personas.34.
  • MINUGUA inform que el uso inadecuado de armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas de seguridad haba provocado muertes y reflejaba la evidente falta de respeto al derecho a la vida, y la inadecuada preparacin y capacitacin de los agentes.35.

La Comisin est especialmente preocupada por la incidencia continuada de amenazas y actos de violencia contra individuos que trabajan en la promocin de los derechos humanos, lderes sindicales y comunitarios, miembros de los crculos universitarios y testigos oculares de casos relacionados con la violacin de los derechos humanos, as como la falta persistente de suficientes investigaciones, medidas de proteccin y procesamientos de aquellos responsables.36.

En marzo de 1996, de conformidad con el artculo 63.2 de la Convencin Americana, la Comisin solicit que la Corte Interamericana de Derechos Humanos adoptara medidas provisionales para proteger la vida e integridad fsica del Padre Daniel Vogt (caso 11.497), el cual haba recibido varias amenazas en conexin con su trabajo comunitario en El Estor.

Al mes siguiente, la CIDH solicit medidas provisionales para proteger a los testigos en el caso del asesinato de los sacerdotes presbiterianos Pascual Serech y Manuel Saquic en 1994 y 1995 (caso 11.570), los cuales haban recibido amenazas en conexin con el procesamiento de ese caso.

  1. La Comisin solicit que se reanudaran las medidas provisionales que se adoptaron inicialmente en 1994 y 1995 en los casos de Juan Chanay Pablo (“Colotenango”, caso 11.212) y Jorge Carpio Nicolle (caso 11.333).
  2. La Corte autoriz dichas solicitudes por medio de resoluciones del 10 septiembre de 1996, y orden al Gobierno y a la CIDH que informaran peridicamente sobre la situacin de cada caso.37.

La Comisin, de conformidad con el artculo 29 de su Reglamento, se dirigi al Gobierno en varias oportunidades para solicitar la adopcin de medidas cautelares en favor de 28 individuos especficamente identificados (cuya lista se encuentra en el Informe Anual en la seccin sobre las actividades de la Comisin), entre ellas algunas a favor de varios sindicalistas que presuntamente haban recibido amenazas y haban sido objeto de actos de violencia en conexin con sus actividades; Rosalina Tuyuc, Nineth Montenegro, Amlcar Mndez y Manuela Alvarado, miembros del Frente Democrtico Nueva Guatemala que haban recibido amenazas de muerte; trabajadores de la oficina jurdica de IXCHEL, que defiende los derechos humanos en el Petn; los testigos en el caso del asesinato de Martn Pelic Coxic y otras seis personas (caso 11.658) en San Pedro Jocopilas, los cuales haban sido objeto de amenazas y asaltos relacionados con el procesamiento de ese caso.

La pena de muerte y el artculo 4 de la Convencin Americana 38. Antes de entrar en vigor la Convencin Americana con respecto a Guatemala, el artculo 201 de su Cdigo Penal haba establecido la pena de muerte para los culpables de secuestros que tuvieran como resultado la muerte de la vctima. Mediante los decretos legislativos 38-94, 14-95 y 81-96, el Congreso enmend el artculo 201 para imponer la pena de muerte a los secuestradores aunque no est seguido de la muerte de la vctima.

MINUGUA, el Procurador de Derechos Humanos y la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, se unieron a otros grupos para advertir que esta reforma contradeca la Constitucin y la Convencin Americana sobre Derechos Humanos. Un abogado de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala present un recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 14-95.

En su sentencia del 26 de marzo de 1996, en la que rechazaba ese recurso, la Corte Constitucional decidi que la Constitucin no prohiba expresamente la extensin de la pena de muerte en la forma establecida y que, aunque la Constitucin de Guatemala dispone que los tratados internacionales de derechos humanos prevalecen sobre la legislacin interna, la Convencin Americana no constitua un parmetro de anlisis constitucional.39.

El 30 de enero de 1997, la Novena Sala del Tribunal de Apelaciones conmut tres sentencias de muerte, en un caso determinado, por sentencias no conmutables de 50 aos, tomando como fundamento que Guatemala es parte en la Convencin Americana; que de acuerdo con la Constitucin, los tratados internacionales tienen precedencia sobre la ley interna, y que el artculo 4 de la Convencin Americana establece que la pena de muerte no puede cubrir delitos para los cuales no era aplicable en el momento de la ratificacin.

La Sala Novena fall que el tribunal de primera instancia haba interpretado y aplicado errneamente el artculo 201 del Cdigo Penal, tal como fuera enmendado por el decreto 14-95, y por tanto se viol el artculo 4.2 de la Convencin Americana. La Comisin encuentra valioso este ltimo fallo, puesto que otorga la debida consideracin a las obligaciones internacionales que debe tener en cuenta el Estado, como parte en la Convencin Americana, al interpretar y aplicar su legislacin interna.40.

Sin entrar en los detalles de la reforma en cuestin, la CIDH recuerda que el texto del artculo 4, seccin 1, de la Convencin Americana dispone que el derecho a la vida ser respetado. La seccin 2 estipula que: En los pases que no han abolido la pena de muerte, sta slo podr imponerse por los delitos ms graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisin del delito.

  • Tampoco se extender su aplicacin a delitos a los cuales no se la aplique actualmente.
  • El artculo 4, seccin 3 estipula que, “o se restablecer la pena de muerte en los Estados que la han abolido”.
  • Cada Estado parte en la Convencin Americana ha emprendido, conforme al artculo 2, medidas para asegurar que todos los derechos y libertades reconocidos en la Convencin estn protegidos por las disposiciones legislativas internas o de otro carcter.

Por consiguiente, en el momento de la ratificacin, cada Estado parte se compromete a mantener su legislacin interna en conformidad con sus obligaciones establecidas en la Convencin.41. La Comisin enfatiza en este sentido la clara interpretacin del artculo 4 articulada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinin Consultiva OC-3/83 concerniente a las ARestricciones a la Pena de Muerte@.

  • De conformidad con el principio de irreversibilidad de los derechos, en cuanto al artculo 4.2, la Corte determin que no poda haber ninguna duda de que esta disposicin prohbe la extensin de la pena de muerte a Adelitos para los cuales no estaba prevista anteriormente”.
  • Se impide as cualquier expansin en la lista de crmenes castigados con esa pena”.

(Se agreg el nfasis). El artculo 4.2 constituye, en las palabras de la Corte una “prohibicin absoluta” de dicha extensin. Tambin se hace referencia a la Opinin Consultiva OC-14/94, que trata sobre cuestiones relacionadas con la responsabilidad del Estado y reafirma la mencionada interpretacin del artculo 4.2.42.

Independientemente de las cuestiones relacionadas con la ampliacin de la pena capital en virtud del artculo 4, la Comisin observa que el 10 de septiembre de 1996 se dirigi al Estado de Guatemala para solicitarle que tomara las medidas necesarias para suspender la ejecucin, cuya fecha ya se haba fijado, de Roberto Girn y Pedro Castillo Mendoza, sentenciados a muerte por la violacin y asesinato de una nia.

Se hizo esta solicitud con el objeto de permitir que la Comisin analizara una peticin del 14 de agosto de 1996, segn la cual el juicio de estas dos personas no haba respetado determinados requisitos del debido proceso. Especficamente, los peticionarios alegaron que los acusados no contaron con defensa jurdica efectuada por abogados.

  • En su respuesta del 12 de septiembre de 1996, el Gobierno indic que no se dara curso a la solicitud debido a que la legislacin interna de Guatemala no contemplaba medidas para suspender la ejecucin de una sentencia de pena capital.
  • Las solicitudes de medidas especiales se formulan de conformidad con la competencia que tiene la Comisin para atender las peticiones que se le presentan, tal como lo estipula el artculo 41 de la Convencin, y para solicitar medidas cautelares cuando sea necesario para evitar que las personas sean lesionadas en forma irreparable, de conformidad con el artculo 29 de su Reglamento.

Considerando el deber de todo miembro del sistema interamericano de los derechos humanos de dar vigencia a sus normas, la Comisin estima que la respuesta del Estado en esta materia desconoci ese deber, y que el rechazo de su solicitud obstruy el desempeo de sus funciones.V.

  • LIBERTAD DE EXPRESIN 43.
  • Los informes de que dispone la CIDH indican que la libertad de expresin es generalmente ejercida a travs de los distintos medios de comunicacin.
  • La prensa local refleja una amplia gama de informacin y opiniones, entre ellas la opinin poltica.
  • Los medios de comunicacin han desempeado un papel importante en el proceso de apertura hacia el dilogo poltico.44.

La Sociedad Interamericana de Prensa seal, sin embargo, una serie de amenazas contra periodistas en conexin con su trabajo. Aunque ni la identidad de los actores ni la motivacin detrs de los actos se han aclarado, la Sociedad Interamericana de Prensa inform que, entre otros incidentes violentos, haba explotado una bomba frente a la casa del Director de Radio Victoria; se haba encontrado una granada de fragmentacin en el garaje de La Prensa; y tres periodistas haban sido asesinados.

  • La Sociedad de Prensa expres su inters en que estos incidentes sean investigados en la debida forma y solicit especialmente que se aclarara el asesinato de Jorge Carpio Nicolle en el ao 1993.
  • Asimismo, la Comisin recibi informacin de que continan instancias de intimidacin y violencia contra representantes de medios de informacin.

MINUGUA inform en esta materia sobre el secuestro y tortura de Vinicio Pacheco, de Radio Sonora, en febrero de 1996.45. La libre expresin es un derecho fundamental en una sociedad democrtica, est expresamente consagrado en la Convencin Americana y debe ser garantizado de acuerdo con esa categora.

Este derecho no puede ejercerse como es debido en un clima en el que se toleran las amenazas y la violencia contra los periodistas. La CIDH reitera que en el caso de delitos cometidos tanto por actores pblicos como privados, es responsabilidad del Estado asegurar que stos son investigados, juzgados y sancionados de la debida forma.

VI. LA SITUACIN RESPECTO A LOS DERECHOS LABORALES Y DE TIERRAS 46. La Comisin contina vigilando la situacin de los derechos laborales y las condiciones de trabajo en Guatemala. De conformidad con la ratificacin del Convenio 87 de la Organizacin Internacional del Trabajo por parte del Guatemala, el Estado adopt un nuevo Reglamento para el Reconocimiento de la Personalidad Jurdica y la Aprobacin de Estatutos e Inscripcin de Organizaciones Sindicales para agilizar dichos trmites ante el Ministerio del Trabajo y Previsin Social.47.

En cuanto a las condiciones de trabajo, el 2 de enero de 1996 el salario mnimo aument a 17.60 quetzales por una jornada de ocho horas ($2.93). Aunque la ley establece este salario, no siempre se cumple y adems no es suficiente para satisfacer las necesidades mnimas. Las normas de salud y seguridad se consideran inadecuadas, y, en cualquier caso, tampoco se cumplen como es debido.

El Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas indic que estaba: profundamente perturbado por la inobservancia clara y manifiesta de la legislacin laboral, por las alarmantes informaciones acerca de la impunidad de los empleadores y por el incumplimiento de las normas sobre salarios mnimos, condiciones de trabajo y sindicacin, sobre todo porque afectan a personas empleadas en un gran nmero de los sectores agrcolas.

El Comit mencion que ciertos acuerdos ordenan adoptar medidas para mejorar la vigilancia y cumplimiento de las normas laborales pero mostr su preocupacin en lo que concierne a la implementacin de dichas medidas.48. Respecto a la situacin agraria, el Comit declar que Ala cuestin de la propiedad y distribucin de la tierra es decisiva para resolver agravios econmicos, sociales y culturales de una parte considerable de la poblacin@.

La ocupacin de granjas contina generando tensin en ciertos departamentos de Guatemala. Los grupos que ms a menudo llevan a cabo estas ocupaciones son las comunidades indgenas, las cuales intentan reclamar tierras tomadas por los propietarios ladinos, y los empleados de las fincas, quienes intentan protestar por las condiciones de trabajo y los bajos salarios.

El Gobierno ha informado que los desalojos slo se llevan a cabo pacficamente y de acuerdo con una orden judicial. La CIDH ha recibido informes de desalojos llevados a cabo por los propietarios de las tierras mediante el uso de la violencia. La CIDH investigar estas situaciones en los casos que se le presenten para establecer su veracidad.49.

En su informe sobre el segundo semestre de 1996, MINUGUA expres su continua preocupacin por el empleo de violencia en estos desalojos. Cita un ejemplo, de septiembre de 1996, ocurrido en Los Ocs, San Marcos, con ocasin del desalojo de campesinos que ocupaban una finca, practicado por la Polica Nacional, que dej un saldo de un muerto y docenas de heridos.

Pasando a un aspecto ms alentador, MINUGUA tambin inform que en noviembre y diciembre de 1996, respectivamente, haba tenido la oportunidad de colaborar con el Gobierno en la solucin pacfica de la ocupacin de una instalacin petrolfera por parte de obreros y del bloqueo de una carretera por productores locales, mediante dilogo y negociaciones.50.

En cuanto a la distribucin de las tierras y la situacin agraria, el clima de tensin contina teniendo un impacto sobre la situacin de los retornados. Por esta y otras razones, el ritmo de retornos descendi durante 1996. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados inform que 2.599 refugiados regresaron durante la primera mitad de 1996, slo un poco ms del 25% del nmero de refugiados que haban regresado durante el mismo perodo el ao anterior.

Segn informes, en todo el ao de 1996 regresaron un poco ms de 4.000 refugiados. VI. LOS DERECHOS DEL NIO 51. Debido a las necesidades especiales y la vulnerabilidad de los nios, el artculo 19 de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos especifica que todo nio “tiene derecho a las medidas de proteccin que su condicin de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”.

En un pas como Guatemala, donde aproximadamente el 46% de la poblacin es menor de 15 aos de edad, la situacin del nio y sus derechos deben estar muy presentes en los intereses y acciones del Gobierno. En octubre de 1996, el Estado de Guatemala adopt un nuevo Cdigo de Niez y Juventud, pero todava no est en vigor.52.

El Gobierno ha informado que la tasa de mortalidad infantil, que haba sido 50 por cada 1.000 en 1990, disminuy a 40 por cada 1.000 en 1993, y que la tasa de mortalidad infantil en nios menores de cinco aos de edad haba disminuido de 105 a 69 por cada 1.000 durante el mismo perodo. Estas tasas, sin embargo, continan siendo ms elevadas dentro de determinados grupos socioeconmicos.

Conforme a los acuerdos de paz, el Gobierno se ha comprometido a aumentar en un 50% los gastos pblicos que se asignan al rea de la educacin, la nutricin y la salud desde 1996 hasta el ao 2000. El aumento del gasto pblico en estas reas ser especialmente importante para los nios, los cuales continan sufriendo en gran nmero los efectos de la pobreza, la desnutricin y la falta de acceso a la educacin y a los cuidados de salud.

  1. Los informes del Gobierno indican que el sistema escolar acogi al 68.2% de los nios en edad escolar primaria (7-12), pero slo el 20% de aquellos nios entre los 13 y 15 aos y el 10.9% de aquellos entre los 15 y los 18 aos.53.
  2. La Comisin est particularmente preocupada por la situacin de los nios, los cuales, por razones de necesidad econmica, tienen que trabajar en lugar de asistir a la escuela.

Un estudio de UNICEF de 1995 indicaba que casi 1.000.000 de nios guatemaltecos estaban trabajando en vez de ir a la escuela. Adems, se ha informado a la CIDH que muchos de estos nios trabajan en condiciones precarias, que hay muy pocos sistemas para vigilar el cumplimiento de las normas, o para hacerlas cumplir, y que, en este sentido, no se cumplen las obligaciones de Guatemala de acuerdo con la Convencin sobre los Derechos del Nio.54.

  • El Gobierno ha reconocido que la situacin de los nios de la calle en Guatemala se considera trgica debido a que son vctimas de actos de violencia que Ahasta hace poco, quedaban completamente impunes@.
  • La Oficina del Procurador de Derechos Humanos cuenta con un programa especial, la Defensora de los Derechos de la Niez, que se dedica a proteger los derechos del nio, y la COPREDEH, el Ministerio Pblico y Casa Alianza participan en un comit permanente para vigilar la situacin de los nios de la calle.

La Comisin seala que en diciembre de 1996 un guardia de seguridad privado fue sentenciado a prisin por el asesinato de un nio de la calle, Oscar Ren Marroqun, y dos policas fueron sentenciados como cmplices por haber ayudado a ocultar el cuerpo. La Comisin considera que estas sentencias son una respuesta importante, y expresa la esperanza de que toda esa clase de violaciones encuentre la reaccin requerida en trminos de investigacin, enjuiciamiento y sancin, de manera que estos delitos no permanezcan impunes.55.

No obstante, la Comisin contina recibiendo informes, que examinar en los casos que se le presenten, sobre actos de violencia contra los nios de la calle, entre ellos asaltos y delitos sexuales, detencin ilegal y arbitraria y, en varios casos, homicidios. Casa Alianza contina documentando dichos casos, que segn dicha institucin incluye instancias de abuso por parte de agentes del Estado.

En este sentido, el Comit de Derechos Humanos de las Naciones Unidas manifest en 1996 que: lamenta la situacin de los nios de la calle en Guatemala, los cuales estn sujetos a violaciones graves de sus derechos humanos, particularmente su derecho a la vida y su derecho a no ser sometido a torturas y malos tratos.

La Comisin observa con preocupacin la intensidad del abuso contra los nios de la calle por parte de personas con autoridad, entre ellas, la polica privada y pblica. Por su parte, el 30 de enero de 1997 la CIDH someti el caso de Anstraum Villagrn y Otros (11.583), conocido como el caso de “Los Bosques de San Nicols”, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el cual la Comisin declar responsable al Estado por las violaciones del derecho a la vida y del derecho a no ser sometido a torturas, que practicaron los agentes del Estado contra varios nios de la calle guatemaltecos en el ao 1990.

VIII. EL DERECHO A IGUALDAD DE PROTECCIN Y A UNA VIDA LIBRE DE DISCRIMINACIN Igualdad y los Derechos de los Pueblos Indgenas 56. La participacin en la vida nacional de los pueblos indgenas, los cuales constituyen ms de la mitad de la poblacin, ha mejorado en varios aspectos importantes.

En la esfera poltica, la Comisin ha observado la representacin que han obtenido como resultado de las elecciones que se celebraron a finales de 1995 y en enero de 1996, por medio de las cuales los candidatos indgenas fueron elegidos alcaldes en 100 municipalidades, entre ellas, las capitales de los departamentos de Solol y Quetzaltenango, y seis diputados indgenas fueron elegidos al Congreso Nacional.57.

A nivel estatal, se han tomado varias medidas importantes. En 1995, el Gobierno empez a adoptar las medidas necesarias para establecer el delito por motivos de odio racial o tnico, el cual no haba sido previamente codificado. En 1996, Guatemala ratific el Convenio 169 de la Organizacin Internacional del Trabajo.

  1. Dentro del marco de las negociaciones de paz, el Gobierno y la URNG firmaron un acuerdo sobre la identidad y los derechos de los pueblos indgenas.58.
  2. Debe tenerse en cuenta adems que Guatemala cuenta con un programa de educacin bilinge que fue concebido para proporcionar estudios en el idioma local en reas mayoritariamente indgenas, e introduciendo el espaol en una fase posterior.

La metodologa que se utiliza para el aprendizaje de la lengua recibi recientemente un premio de la UNESCO.59. Sin perjuicio de dichos avances, la situacin de los pueblos indgenas con respecto a su acceso a la justicia contina preocupando a la CIDH. La falta de respeto que persiste por la diversidad cultural es la causa de ejemplos de discriminacin de facto y de jure,

  1. Por ejemplo, los tribunales generalmente funcionan en castellano, aunque muchos de los habitantes de Guatemala hablan idiomas indgenas, y rara vez pueden ofrecer la traduccin o interpretacin necesarias para garantizar el debido proceso.
  2. Por otra parte, frecuentemente es muy difcil para las poblaciones indgenas, de zonas alejadas, tener acceso a la justicia debido a la escasez de instalaciones.
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MINUGUA ha estado trabajando con el Estado con el objeto de fortalecer la habilidad del poder judicial para acomodar el pluralismo lingstico del pas y establecer un centro para la administracin de justicia en Nebaj, que ofrezca los servicios de enjuiciamiento, defensa y polica que actualmente no existen.60.

El Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas ha mostrado su preocupacin: ALa discriminacin racial extremadamente extendida, la pobreza extrema y la exclusin social en relacin con la poblacin indgena influyen negativamente sobre el goce de los derechos econmicos, sociales y culturales por esta poblacin@.

En cuanto al acceso de los nios indgenas a la educacin, el Experto Especial de las Naciones Unidas sobre Guatemala indic que slo 30 de cada 100 nios indgenas atienden a la escuela primaria (comparado con 73 de cada 100 nios no indgenas) y que slo 6 de cada 100 nios indgenas atienden a la escuela secundaria (comparado con 32 de cada 100 nios no indgenas).

Igualdad y los Derechos de la Mujer 61. Luego de la ratificacin por parte de Guatemala de la Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer en 1995, el Congreso aprob a finales de 1996 la “Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar”.

La ley establece una serie de medidas para proteger a las vctimas de la violencia ocurrida a manos de familiares, lo que incluye cnyuges, ex-cnyuges y el padre de algn hijo de la vctima, as como violencia entre personas que compartan o hayan compartido un mismo domicilio.

  1. Personas particularmente vulnerables, tales como las mujeres, los nios, los ancianos y personas discapacitadas, recibirn proteccin especial con base en las circunstancias del caso.
  2. La ley tiene aplicacin para cualquier acto u omisin que directa o indirectamente causare dao o sufrimiento fsico, sexual, patrimonial o psicolgico, tanto en el mbito pblico como privado, y rige independientemente de las disposiciones del Cdigo Penal.

Las denuncias pueden elevarse ante la institucin estatal pertinente, la que a su vez debe registrarla y remitirla al tribunal de familia o tribunal penal correspondiente dentro de las 24 horas siguientes. Segn el amplio conjunto de medidas protectoras que se han establecido, se puede ordenar al presunto agresor o agresora que abandone el domicilio compartido; se le puede ordenar que se abstenga de poseer armas, y stas pueden ser confiscadas; se pueden suspender tambin los derechos de custodia y visita, y pueden dictarse otras medidas que impidan que el agresor perturbe la vida de la vctima.

  • La Polica Nacional tiene la obligacin de intervenir en estos casos, de oficio, o cuando lo solicite la vctima o una tercera persona.
  • La Comisin valora la promulgacin de esta significativa ley que reconoce los deberes contrados por el Estado al adherirse a la Convencin de Belm do Par y constituye un avance fundamental en la lucha contra esta violencia desvastadora, y espera con inters informacin sobre la accin que se tome para poner en ejecucin todas sus disposiciones.62.

La Comisin seala adems que, a principios de 1996, la Corte de Constitucionalidad declar inconstitucionales los artculos 232 a 235 del Cdigo Penal (relacionados con el adulterio y el concubinato) tomando como fundamento su efecto discriminatorio de la mujer.

  1. Los alegatos ante la Corte, al evaluar las disposiciones impugnadas, hicieron referencia a la Convencin Americana y la Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
  2. Este fallo tiene un gran significado dentro del contexto del esfuerzo que realizan varias ramas del Estado para ajustar las leyes guatemaltecas a las obligaciones nacionales e internacionales del pas.63.

La Comisin contina observando con inters los esfuerzos para modificar otras disposiciones legales, particularmente las secciones del Cdigo Penal guatemalteco relacionadas con la funcin y representacin de los esposos dentro de la unidad marital de modo que se logre plena capacidad de la mujer para ejercer sus derechos y libertades en pie de igualdad.

  • IX. CONCLUSIONES 64.
  • Durante 1996 se han observado cambios extraordinarios en la situacin de los derechos humanos en Guatemala.
  • Se ha logrado el objetivo principal de poner fin al conflicto armado.
  • Los diferentes sectores de la sociedad guatemalteca han abierto un nuevo espacio poltico, y de esa manera han generado oportunidades de dilogo y colaboracin para abordar la difcil ejecucin de los acuerdos negociados entre el Gobierno y la URNG.

Es importante sealar que el objetivo de que toda persona pueda disfrutar cabal y equitativamente de sus derechos y libertades tuvo prioridad durante el proceso de la negociacin. Los esfuerzos del Estado y de la sociedad guatemalteca para poner trmino al conflicto armado y dar comienzo a la paz satisfacen una condicin previa necesaria para el progreso de los derechos humanos y proporcionan la base para la labor en pro de la reforma.

La Comisin reconoce y valora los avances que se han logrado. De particular importancia en este sentido es el inicio de transformaciones de la estructura represiva anterior, como se ejemplifica por la disolucin de las PAC. Asimismo, la accin del Gobierno dirigida a obtener cumplimiento de los derechos humanos, en particular, el respecto al derecho a la vida por parte de sus agentes.65.

Sin perjuicio de estos desarrollos, la Comisin contina seriamente preocupada por que no se ha alcanzado an en Guatemala una situacin que permita el goce pleno de los derechos humanos. El largo conflicto que sufri Guatemala ha dejado secuelas serias en reas culturales e institucionales, lo que requiere de un esfuerzo concertado y permanente para su superacin: 1) la actividad policial no est controlada plenamente; 2) el poder judicial no garantiza actualmente que haya justicia en todos los casos; 3) hay incertidumbre respecto a la aplicacin de la Ley de Reconciliacin; 4) a pesar del texto expreso de la Convencin Americana hay una extensin de la pena de muerte por los decretos legislativos 38-94, 14-95 y 81-96; y, 5) ha habido instancias de justicia por mano propia (linchamientos) en contravencin a los principios bsicos del imperio de la ley.

La Comisin continuar observando con mucho inters el progreso que se har en relacin a la situacin de los derechos humanos en Guatemala.X. RECOMENDACIONES 66. La CIDH insta a las partes en las negociaciones de paz a perseverar en su dedicacin a la consolidacin de la paz, a dar cumplimiento pleno a los acuerdos de paz, y a avanzar con la implementacin de las reformas necesarias.67.

La Comisin recomienda que se otorgue atencin prioritaria a las reformas del sistema judicial, incluyendo la provisin de ms recursos, capacitacin y coordinacin mejorada, y la reestructuracin y fortalecimiento necesarios para desarrollar su capacidad de investigar y responder oportuna y cabalmente a las violaciones de los derechos humanos y los delitos comunes.68.

La CIDH recomienda que alguna instancia de amenaza o intimidacin de jueces, fiscales e investigadores, sea rpidamente afrontada, incluso con medidas eficaces de proteccin cuando sea del caso, y con la investigacin y la aplicacin de la justicia a los responsables.69. La Comisin recomienda que los autoridades pertinentes investiguen, enjuicien y castiguen firmamente los linchamientos, intentos de efectuar linchamientos y los actos llamados de “limpieza social”, que son inaceptables dentro del sistema interamericano de los derechos humanos.70.

Recomienda que se concluyan las medidas que deberan ser tomadas dentro del marco legal para lograr la igualdad plena de la mujer.71. La Comisin recomienda que se dedique mayor atencin a la proliferacin de armas y de fuerzas y grupos de seguridad privados, a fin de lograr la vigencia de las debidas medidas legislativas, administrativas y judiciales encaminadas a controlar el nmero de las armas de fuego y su empleo, as como la vigilancia y fiscalizacin de las actividades de los agentes de seguridad privados.72.

La Comisin recomienda que el Estado ample, de conformidad al acuerdo sobre la identidad y derechos de los pueblos indgenas, sus esfuerzos encaminados a remediar los casos de discriminacin de facto y de jure de modo que se logre su participacin plena en la vida y desarrollo nacionales.73. La Comisin urge al Estado a que otorgue una mayor prioridad a la proteccin del nio, a la satisfaccin de sus necesidades bsicas de nutricin, atencin de salud y educacin adecuadas, y para asegurar que los nios que deban trabajar lo hagan en condiciones que concedan prioridad a su educacin y que prohban el trabajo nocturno y otras formas de empleo que ponen en peligro su salud, seguridad o desarrollo.

Misin de Observacin Electoral de la Organizacin de los Estados Americanos, Elecciones Generales en Guatemala, 12 de noviembre de 1995, 7 de enero de 1996: Informe Final, OEA/Ser.G/CP/INF.3947/96, 12 abril 1996. Id., al 32-37. Vase, “Los Derechos Humanos y el Proceso de Paz en Guatemala”, presentacin por Jorge Mario Garca Laguardia, (Procurador de Derechos Humanos: Colleccin Cuadernos de Derechos Humanos 6-96 (1996)), pginas 22-25, 30-32.

Vase, por ejemplo, Cuarto Informe sobre la Situacin de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.83, Doc.16 rev., 1 de junio de 1993, pgs.62-63. Sexto informe del Director de la Misin de las Naciones Unidas de Verificacin de Derechos Humanos y del Cumplimiento de los Compromisos del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, A/51/790, 31 de enero de 1997, prrafo 40.

Quinto informe del Director de la Misin de las Naciones Unidas de Verificacin de Derechos Humanos y del Cumplimiento de los Compromisos del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, prrafo 70, y vase, prrafo 196. Vase, tambin, Sexto Informe, prrafos 80, 81 (se refiere a las acciones de algunos integrantes del ejrcito, en contradiccin a las rdenes del alto mando, de alentar la formacin de otros grupos, incluso armados, e impedir el programa de desmovilizacin).

  • Vase, en general, Sexto Informe, prrafo 17.
  • Quinto Informe, prrafo 74.
  • Ver, p.e.
  • Quinto Informe, prrafo 77, 129-31, 195.
  • Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, Diagnstico de la Situacin de Derechos Humanos en Guatemala: 1996 (sealando el papel indirecto de la inteligencia militar).

Sexto Informe, prrafo 83. Quinto Informe, prrafo 77. UNDP, Human Development Report 1996, pgina 136 (1996). Id. al prrafo 144. Quinto Informe, prrafo 55. Quinto Informe, prrafos 50, 52 y 192. Id. prrafo 23 (sealando tales incidentes en los Departamentos de Guatemala, Chimaltenango, Escuintla, Solol, El Quich y Petn), y 63 (sealando preocupacin por la falta de investigacin por parte del Estado).

Id., prrafos 63, 73, 200 (haciendo referencia al hallazgo de cadveres abandonados, consistente con este modus operandi, y a la falta de investigacin). Vase, id. prrafos 72, 85, 196-97 (sealando que la desconfianza de la poblacin en el aparato estatal de seguridad y justicia resulta en el empleo de los recursos pblicos para prestar servicios de proteccin a los intereses privados, como por ejemplo, la Polica Militar Ambulante (PMA), y el surgimiento de un creciente nmero de organizaciones privadas de diverso origen que ejercen funciones de “control social” y seguridad que quitan legitimidad a la accin pblica).

Con respecto a cada de las manifestaciones anteriores, vase, en general, Sexto Informe, prrafos 136-138. rgano Informativo del GAM, “Vida y Libertad”, boletn noviembre-diciembre de 1996, al 10. Puede notarse que el acuerdo global sobre derechos humanos de 1994 estipula que el Gobierno no auspiciar ninguna medida orientada a impedir el enjuiciamiento y sancin de los responsables de violaciones a los derechos humanos.

  1. Estos casos estn pendientes ante la Comisin Interamericana como nmeros 10.636 y 11.333, respectivamente.
  2. Vase, Informes 28/92 (Argentina) y 29/92 (Uruguay), Informe Anual de la CIDH 1992-93, OEA/Ser.L/V/II.83, Doc.14, corr.1, 12 marzo 1993, pgs.42, 162; Informe sobre la Situacin de los Derechos Humanos en El Salvador, OEA/Ser.L/V/II.85, Doc.28 rev., 11 febrero 1994, 80-83; e Informes 36/96 (Chile) y 34/96 (Chile), Informe Anual de la CIDH 1996, pgs.162, 203.

Vase en general, “Campos en los Cuales han de Tomarse Medidas para Dar Mayor Vigencia a los Derechos Humanos”, Informe Anual de la CIDH 1985-86, OEA/Ser.L/V/II.68 doc.8 rev.1, 26 septiembre 1986, pgs.204-05. Sexto Informe, prrafo 19. Quinto Informe, prrafos 21-29; apndice.

  1. Sexto Informe, apndice.
  2. Las violaciones verificadas incluyeron denuncias admitidas durante el perodo en estudio, as como aquellas admitidas en perodos anteriores.
  3. Vase, Quinto Informe, prrafos 25, 28.
  4. Opinin Consultiva OC-3/83 del 8 de septiembre de 1983, “Restricciones a la Pena de Muerte (artculos 4(2) y 4(4) Convencin Americana sobre Derechos Humanos), Ser.

A No.3, prrafos 56, 59. Quinto Informe, prrafo 41. Observaciones finales del Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, E/C.12/1/Add.3, 28 de mayo de 1996, prrafo 18.d., al prrafo 17. Sexto Informe, prrafo 11, vase tambin, prrafo 90. Comit de los Derechos del Nio, Consideracin del informe inicial de Guatemala, CRC/C/SR.308, 5 de julio de 1996, prrafo 3.

Observaciones finales del Comit de los Derechos del Nio, CRC/C/Add.58, 7 de junio de 1996, prrafo 21. Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, Consideracin del informe inicial de Guatemala, E/C.12/1996/Sr.14 15 de mayo de 1996, prrafo 57. Informe de la experta independiente, Sra. Mnica Pinto, sobre la situacin de los derechos humanos en Guatemala, E/CN.4/1996/15, 5 de diciembre de 1995, prrafo 112, citando, UNICEF, Guatemala, anlisis de situacin (1995).

Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, Consideracin del informe inicial de Guatemala (cont.), E/C.12/1996/SR.13, 28 de mayo de 1996, prrafo 33. Vase, Estadsticas de la Oficina de Apoyo Legal de Casa Alianza en Guatemala, del perodo 1990 – 1996 (presentado por ao).

¿Dónde se firmaron los Acuerdos de Paz?

Acuerdos firmados para la finalización de la guerra – El de se firmó el, en, el cual estableció un compromiso para respetar los por parte de las fuerzas en contienda, ​ poniendo fin a prácticas como los asesinatos selectivos y la desaparición forzada de personas.

Además, dio origen a la resolución 693 (1991) del Consejo de Seguridad para la formación de una misión de observación para la resolución del conflicto. ​ Dicha comisión estaría integrada por civiles, militares y policías que velarían, cada uno en su campo, por el correcto funcionamiento del, ​ El acuerdo de San José dejó al descubierto la primera crisis en la negociación.

El punto más álgido era la en un país pequeño y sobrepoblado. Dado que el problema era de orden constitucional, la solución circundaba dos opciones; por un lado, modificar la constitución para que pudiesen ser incorporados los artículos más adelante; o también, incorporar las modificaciones directamente ignorando las disposiciones constitucionales sobre modificación.

​ La crisis vino por parte de los grandes terratenientes, que con el reordenamiento de posesión de tierras, acababan francamente perjudicados. ​ La negociación arrojó la decisión de modificar la constitución directamente, pero sin transgredir los procedimientos establecidos. En El Salvador, para que una modificación a la constitución esté en vigor, debe ser ratificada por dos distintas; en tal sentido, para que la asamblea legislativa vigente lograse aprobar dichas reformas, debían estar listas antes del de, fecha en la que acababa su período legislativo.

Dicha decisión obligó a los negociadores y legisladores a extenuantes jornadas a fin de obtener acuerdos a tiempo. ​ El de se firmó el acuerdo de en el, cual, como fue mencionado anteriormente, también fue el sitio donde se firmaron los Acuerdos de Paz de 1992.

En el de, se dieron por finalizadas las negociaciones en lo que respectaba a tenencia de tierras y se incluyeron reformas constitucionales de orden judicial, militar, electoral y de Derechos Humanos. En una jornada legislativa sin precedentes en el último día de su gestión, la asamblea legislativa ratificó las reformas constitucionales salvo las referentes a la Fuerza Armada, lo cual generó una nueva crisis.

​ Tras dicha jornada se dio una condición sin precedentes en lo que iba de conflicto; por primera vez el gobierno se flexibilizaba a cambiar la constitución en aras de la finalización de la guerra y el FMLN aceptaba, por fin, la vigencia de la Constitución.

​ El de se estableció formalmente para la verificación del respeto a los Derechos Humanos. ​ Desde el de 1991 se había establecido una oficina que preparó las condiciones mínimas de funcionamiento de la misión, siendo dotada de abogados, educadores, verificadores de Derechos Humanos, personal militar y civil.

Pese a que el acuerdo de San José establecía que la misión se instauraría después del cese al fuego, ambas partes en contienda pidieron a Naciones Unidas que se pusiese a funcionar antes de lo planificado. ​ ​ Pese a la llegada de la misión de Naciones Unidas, los encuentros de negociación entre el gobierno y la guerrilla era estériles dado que había un punto inconcluso en lo referente a la Fuerza Armada.

  • El FMLN exigía para bajar las armas, que la Fuerza Armada cumpliese sus compromisos de reducción de efectivos y de acoso militar hacia las fuerzas beligerantes; se buscaban garantías de reincorporación de los combatientes guerrilleros a la, en el marco de la legalidad y seguridad particular.
  • ​ Para tales efectos, se dio la intervención directa del Secretario General de Naciones Unidas, quien logró sentar a las partes en Nueva York el de, en la sede de Naciones Unidas.

En dicha cumbre se acordaron las garantías mínimas de seguridad para un cese al fuego, las cuales sería verificadas por la naciente (COPAZ). ​ Además, se obtuvieron los acuerdos necesarios para la modificación constitucional sobre la Fuerza Armada. ​ La diferencia fundamental entre ONUSAL y COPAZ era su composición.

La primera estaba formada por observadores internacionales y sustentada por Naciones Unidas; la segunda, estaba compuesta por miembros de todas las fuerzas políticas del país, ​ constituyéndose en la primera comisión multipartidaria en El Salvador. Pese a que hubo consenso entre el gobierno y la guerrilla, algunos sectores políticos, empresariales y varios periodistas criticaron el acuerdo por considerarlo forzado; surgió una campaña mediática de intimidación a las comisiones verificadoras, a lo cual se puso fin con la firma del acta de Nueva York, donde ambas partes manifestaron definitivamente el alcance de acuerdo de paz.

A la media noche del de se fijó la fecha para la firma de la paz y se hizo pública la noticia en el poblado de Joateca, Morazán; ​ el de se acabaron de firmar los últimos detalles previos a la solución definitiva del conflicto. ​ El, el Secretario General de Naciones Unidas pidió al Consejo de Seguridad la ampliación de las facultades y objetivos de ONUSAL, para que pudiese continuar apoyando el proceso de paz y sus consecuencias; dicha modificación fue autorizada mediante la resolución 729 del de,

​ ​ El 16 de enero de 1992, se firmó en el castillo de Chapultepec de la capital mexicana el acuerdo de paz, ante los jefes de Estado y de Gobierno de México, España, Colombia, Guatemala, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, Panamá y Venezuela, siendo firmado por parte del FMLN por su líder máximo, Schafik Jorge Hándal Hándal.

El de, se firmó en el castillo de Chapultepec, el texto completo de los acuerdos en un acto solemne, con la asistencia de de países amigos, así como de las delegaciones oficiales de negociación. ​ ​

¿Cuántos son los acuerdos de paz?

Doce acuerdos pusieron fin a 36 años de conflicto armado en Guatemala.

¿Dónde se firmó el Protocolo de paz?

El Protocolo de Paz, que significó el cese definitivo de las hostilidades entre ambos países, se firmó en Buenos Aires, Argentina.

¿Dónde se firmaron los Acuerdos de Paz?

Acuerdos firmados para la finalización de la guerra – El de se firmó el, en, el cual estableció un compromiso para respetar los por parte de las fuerzas en contienda, ​ poniendo fin a prácticas como los asesinatos selectivos y la desaparición forzada de personas.

Además, dio origen a la resolución 693 (1991) del Consejo de Seguridad para la formación de una misión de observación para la resolución del conflicto. ​ Dicha comisión estaría integrada por civiles, militares y policías que velarían, cada uno en su campo, por el correcto funcionamiento del, ​ El acuerdo de San José dejó al descubierto la primera crisis en la negociación.

El punto más álgido era la en un país pequeño y sobrepoblado. Dado que el problema era de orden constitucional, la solución circundaba dos opciones; por un lado, modificar la constitución para que pudiesen ser incorporados los artículos más adelante; o también, incorporar las modificaciones directamente ignorando las disposiciones constitucionales sobre modificación.

  • ​ La crisis vino por parte de los grandes terratenientes, que con el reordenamiento de posesión de tierras, acababan francamente perjudicados.
  • ​ La negociación arrojó la decisión de modificar la constitución directamente, pero sin transgredir los procedimientos establecidos.
  • En El Salvador, para que una modificación a la constitución esté en vigor, debe ser ratificada por dos distintas; en tal sentido, para que la asamblea legislativa vigente lograse aprobar dichas reformas, debían estar listas antes del de, fecha en la que acababa su período legislativo.

Dicha decisión obligó a los negociadores y legisladores a extenuantes jornadas a fin de obtener acuerdos a tiempo. ​ El de se firmó el acuerdo de en el, cual, como fue mencionado anteriormente, también fue el sitio donde se firmaron los Acuerdos de Paz de 1992.

  • En el de, se dieron por finalizadas las negociaciones en lo que respectaba a tenencia de tierras y se incluyeron reformas constitucionales de orden judicial, militar, electoral y de Derechos Humanos.
  • En una jornada legislativa sin precedentes en el último día de su gestión, la asamblea legislativa ratificó las reformas constitucionales salvo las referentes a la Fuerza Armada, lo cual generó una nueva crisis.

​ Tras dicha jornada se dio una condición sin precedentes en lo que iba de conflicto; por primera vez el gobierno se flexibilizaba a cambiar la constitución en aras de la finalización de la guerra y el FMLN aceptaba, por fin, la vigencia de la Constitución.

​ El de se estableció formalmente para la verificación del respeto a los Derechos Humanos. ​ Desde el de 1991 se había establecido una oficina que preparó las condiciones mínimas de funcionamiento de la misión, siendo dotada de abogados, educadores, verificadores de Derechos Humanos, personal militar y civil.

Pese a que el acuerdo de San José establecía que la misión se instauraría después del cese al fuego, ambas partes en contienda pidieron a Naciones Unidas que se pusiese a funcionar antes de lo planificado. ​ ​ Pese a la llegada de la misión de Naciones Unidas, los encuentros de negociación entre el gobierno y la guerrilla era estériles dado que había un punto inconcluso en lo referente a la Fuerza Armada.

El FMLN exigía para bajar las armas, que la Fuerza Armada cumpliese sus compromisos de reducción de efectivos y de acoso militar hacia las fuerzas beligerantes; se buscaban garantías de reincorporación de los combatientes guerrilleros a la, en el marco de la legalidad y seguridad particular. ​ Para tales efectos, se dio la intervención directa del Secretario General de Naciones Unidas, quien logró sentar a las partes en Nueva York el de, en la sede de Naciones Unidas.

En dicha cumbre se acordaron las garantías mínimas de seguridad para un cese al fuego, las cuales sería verificadas por la naciente (COPAZ). ​ Además, se obtuvieron los acuerdos necesarios para la modificación constitucional sobre la Fuerza Armada. ​ La diferencia fundamental entre ONUSAL y COPAZ era su composición.

La primera estaba formada por observadores internacionales y sustentada por Naciones Unidas; la segunda, estaba compuesta por miembros de todas las fuerzas políticas del país, ​ constituyéndose en la primera comisión multipartidaria en El Salvador. Pese a que hubo consenso entre el gobierno y la guerrilla, algunos sectores políticos, empresariales y varios periodistas criticaron el acuerdo por considerarlo forzado; surgió una campaña mediática de intimidación a las comisiones verificadoras, a lo cual se puso fin con la firma del acta de Nueva York, donde ambas partes manifestaron definitivamente el alcance de acuerdo de paz.

A la media noche del de se fijó la fecha para la firma de la paz y se hizo pública la noticia en el poblado de Joateca, Morazán; ​ el de se acabaron de firmar los últimos detalles previos a la solución definitiva del conflicto. ​ El, el Secretario General de Naciones Unidas pidió al Consejo de Seguridad la ampliación de las facultades y objetivos de ONUSAL, para que pudiese continuar apoyando el proceso de paz y sus consecuencias; dicha modificación fue autorizada mediante la resolución 729 del de,

​ ​ El 16 de enero de 1992, se firmó en el castillo de Chapultepec de la capital mexicana el acuerdo de paz, ante los jefes de Estado y de Gobierno de México, España, Colombia, Guatemala, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, Panamá y Venezuela, siendo firmado por parte del FMLN por su líder máximo, Schafik Jorge Hándal Hándal.

El de, se firmó en el castillo de Chapultepec, el texto completo de los acuerdos en un acto solemne, con la asistencia de de países amigos, así como de las delegaciones oficiales de negociación. ​ ​

¿Cuándo y dónde se firmó el Protocolo de paz?

Protocolo de Paz, luego de tres años de guerra por el. territorio del Chaco. En el Protocolo de Paz se acordó el.

¿Que se logro con los acuerdos de paz?

Logros y objetivos –

Puso fin al Conflicto Armado Interno que duró 36 años. Se reformó la Constitución para organizar las funciones del ejército. Surgió la meta de adherirse a principios para garantizar y proteger la plena observancia y respeto a los derechos humanos, Así como también se propuso el compromiso de investigar las violaciones de los derechos humanos ocurridos en el marco del enfrentamiento interno. Reconocimiento a la identidad y derechos de los pueblos indígenas para construir una nación multiétnica, pluricultural y multilingüe.

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