Cuando Se Hace Retencion En La Fuente

Retención de la fuente POR: febrero 04 de 2023 – 05:55 p.m.2023-02-04 2023-02-04 La retención en la fuente no se trata de un impuesto sino de un cobro anticipado de un determinado impuesto. Bien puede ser el de renta, a las ventas o de industria y comercio.

(Lea: Dian: sus proyecciones de recaudo tributario y facturación electrónica). Es importante tener presente que cuando alguien recibe un ingreso u honorario por un bien o servicio, le descuentan un porcentaje al que se le conoce como retención en la fuente. Según el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente para los ingresos laborales parte de una base gravable equivalente o mayor a 95 UVT (Unidad de Valor Tributario), es decir, 4’029.140 pesos para el 2023, teniendo en cuenta que para este año la UVT se fijó en 42.412 pesos.

Esta se da cuando hay una transacción entre una persona, entidad o empresa que paga por un bien o un servicio, Por ejemplo, en el momento de pagar un salario el empleador está teniendo una retención en la fuente respecto al ingreso del trabajador. Es decir, implica como un anticipo a las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

De acuerdo con la Dian, quienes están obligados a realizar la declaración mensual de retención en la fuente son las personas o empresas clasificadas como agentes de retención, Entre ellos se destacan, por ejemplo, entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, sucesiones ilíquidas, entre otros.

(Además: Impuestos: este viernes vence el plazo para pagar el ICA preferencial). Junto a ello, son agentes de retención los empleadores y las personas naturales que sean comerciantes. Ellos cuentan con la obligación de efectuar la retención, declarar la retención en la fuente, consignar lo retenido, expedir los certificados correspondientes y conservar los soportes.

  1. Asimismo, otra de las fuentes de retención es por los bancos a las cuentas de ahorros o corrientes y que corresponde al Gravamen a los Movimientos Financieros, m ejor conocido por los ciudadanos como 4×1.000.
  2. Este mecanismo sirve para al Estado p ara recaudar impuestos antes de que se inicien los plazos de los colombianos y las empresas de pagar sus gravámenes de cada año.

Por el lado ce los contribuyentes, es una oportunidad para ir pagando poco a poco un impuesto y así el saldo a cancelar será menor cuando efectivamente llegue la fecha de hacerlo. Es por eso que es clave, al momento de hacer las declaraciones de impuestos, tener en cuenta las retenciones en la fuente que le hicieron durante el año gravable anterior para que sean descontadas del saldo a pagar.

  • Siga leyendo: Impuestos en Colombia: para quiénes aumentarán y para quiénes bajarán).
  • Fechas para declarar retención en la fuente Los agentes de retención del Impuesto sobre la Renta y, o Impuesto de Timbre, y, o Impuesto sobre las Ventas -IVA deberán declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en cada mes.

Para tal fin, deben tener en cuenta el último dígito del NIT. Las fechas fijadas para el cumplimiento de esta obligación son: • Enero: entre el 7 y el 20 de febrero • Febrero: entre el 7 y el 21 de marzo • Marzo: entre el 10 y el 21 de abril • Abril: entre el 9 y el 23 de mayo • Mayo: entre el 7 y el 22 de junio • Junio: entre el 7 y el 21 de julio • Julio: entre el 9 y el 23 de agosto • Agosto: entre el 7 y el 20 de septiembre • Septiembre: entre el 10 y el 24 de octubre • Octubre: entre el 8 y el 22 de noviembre • Noviembre: entre el 11 y el 22 de diciembre • Diciembre: entre el 10 y el 23 de enero de 2024.

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¿Cómo sé si debo hacer retencion en la fuente?

Cómo se aplica la retención en la fuente. – La retención en la fuente se aplica multiplicando la base sujeta a retención por la tarifa de retención, la que está fijada en porcentajes. Por ejemplo, si tenemos una compra por valor de $1.000.000, y sabemos que la tarifa de retención es del 2.5%, aplicamos ese porcentaje sobre $1.000.000 (1.000.000×2.5%), lo que arroja un valor a retener de $25.000.

¿Cuándo se aplica la retención?

¿Cuándo se debe efectuar la retención? El Agente de Retención efectuará la retención en el momento en que se realice el pago, con prescindencia de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV.

¿Cuándo se aplica retencion en la fuente por servicios?

La retención en la fuente por servicios se aplica a partir a los pagos que sean iguales o superiores de 4 Uvt.

¿Cuánto me deben descontar por retencion en la fuente?

Tabla de retención por salarios 2023

UVT Retención en la fuente
0 a 95 0%
> 95 a 150 19% (Ingreso laboral expresado en UVT menos 95 UVT) X 19%
> 150 a 360 28% (Ingreso laboral expresado en UVT menos 150 UVT) X 28% + 10 UVT
> 360 a 640 33% (Ingreso laboral expresado en UVT menos 360 UVT) X 33% + 69 UVT

¿Qué pasa si no se hace retención en la fuente?

Cuando el agente de retención no efectúa la retención en la fuente, debe responder por ella, es decir, debe declararlas y pagarlas, pero tiene la posibilidad de repetir contra el sujeto pasivo a quien no le efectuó la retención.

¿Qué operaciones están excluidas de retención?

El Régimen de Retenciones no será de aplicación a las operaciones sustentadas con las liquidaciones de compra de pólizas y adjudicación, las mismas que seguirán regulándose conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Comprobantes de Pago.

¿Cómo se calcula la retención en una factura?

Cómo calculo el IRPF de una factura Se calcula el importe de la retención del IRPF, cuya fórmula a aplicar sería: ‘Base imponible’ * ‘tipo de IRPF’. En el ejemplo: 100 euros * 15% = 15 euros.

¿Cuándo es un servicio y cuando es un honorario?

Honorarios : son los ingresos percibidos en dinero o en especie en desarrollo de una labor en donde el factor intelectual es determinante, y que se ejecuta sin la subordinación. Servicio : son los ingresos que se reciben por la prestación de un servicio en donde no predomina el ejercicio intelectual.

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¿Cuál es la retencion en la fuente para el 2023?

Retención en la fuente 2023: ¿desde qué salario aplica y de cuánto es el descuento? Tenga presentes las fechas y los montos, el no pago puede generar sanciones económicas. La retención en la fuente es un mecanismo utilizado por el Gobierno colombiano para recaudar impuestos antes de que comiencen los plazos, para que los colombianos y las empresas paguen sus impuestos cada año. Cuando Se Hace Retencion En La Fuente Así podrá calcular los descuentos por retención en la fuente. | Foto: 123RF Por ejemplo, la retención en la fuente para los ingresos laborales parte de una base gravable equivalente o superior a 95 UVT (Unidad de Valor Tributario), que es de 4′029.140 pesos para 2023.

Julio: entre el 9 y el 23 de agostoAgosto: entre el 7 y el 20 de septiembreSeptiembre: entre el 10 y el 24 de octubreOctubre: entre el 8 y el 22 de noviembreNoviembre: entre el 11 y el 22 diciembreDiciembre: entre el 10 y el 23 de enero de 2024

Cuando Se Hace Retencion En La Fuente El pago de impuestos es una obligación tributaria. Getty Images. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Julio: hasta el 25 de agostoAgosto: hasta el 22 de septiembreSeptiembre: hasta el 26 de octubreOctubre: hasta el 24 de noviembreNoviembre: hasta el 26 de diciembreDiciembre: hasta el 26 de enero de 2024

El mecanismo de retención en la fuente es una oportunidad para que los contribuyentes paguen los impuestos poco a poco y así el saldo a pagar será menor cuando llegue la fecha de vencimiento. Por eso es clave, al momento de presentar la declaración de renta, tener en cuenta las retenciones en la fuente que se hicieron durante el año gravable anterior para descontarlas del saldo a pagar. Cuando Se Hace Retencion En La Fuente Los salarios también son objeto de la retención de la fuente. | Foto: Getty Images/iStockphoto A nivel salarial, la retención de la fuente también tiene incidencia, pero esta se mide en Unidades de Valor Tributario, UVT. Para el 2023 los montos son:

0 a 95 UVT (42.412 pesos) 0 %, o sea 0 pesos.95 a 150 UVT (636.132 pesos) 19 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT)* 19 % + 10 UVT.150 a 360 UVT (1.526.352 pesos) 28 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 150 UVT)* 28 % + 10 UVT.360 a 640 UVT (2.747.312 pesos) 33 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 360 UVT)* 33 % + 69 UVT.640 a 945 UVT (3.997.192 pesos) 35 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 640 UVT) * 35% + 162 UVT.945 a 2300 UVT (9.668.480 pesos) 37 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 945 UVT) * 37 % + 268 UVT.2300 UVT en adelante 39 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 2300 UVT) * 39 % + 770 UVT.

: Retención en la fuente 2023: ¿desde qué salario aplica y de cuánto es el descuento?

¿Qué pasa si no se hace retención en la fuente?

Cuando el agente de retención no efectúa la retención en la fuente, debe responder por ella, es decir, debe declararlas y pagarlas, pero tiene la posibilidad de repetir contra el sujeto pasivo a quien no le efectuó la retención.

¿Cuál es el monto minimo de retencion de ganancias?

Es oficial el nuevo mínimo no imponible de ganancias La medida rige para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023 Publicado el jueves 11 de mayo de 2023 A través del Decreto 267/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía oficializó el nuevo mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias, para el período fiscal 2023.

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El nuevo monto fue fijado en $506.230 mensuales, inclusive y será de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1 de mayo de 2023. De esta manera, para las y los trabajadores cuyos haberes mensuales estén por debajo de esa cifra, no corresponderá retención alguna en el impuesto.

En los meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada. En dichos casos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada de establecer el monto deducible adicional que corresponda.

¿Cómo se calcula la retención en la fuente 2023?

Retención en la fuente 2023: ¿desde qué salario aplica y de cuánto es el descuento? Tenga presentes las fechas y los montos, el no pago puede generar sanciones económicas. La retención en la fuente es un mecanismo utilizado por el Gobierno colombiano para recaudar impuestos antes de que comiencen los plazos, para que los colombianos y las empresas paguen sus impuestos cada año. Cuando Se Hace Retencion En La Fuente Así podrá calcular los descuentos por retención en la fuente. | Foto: 123RF Por ejemplo, la retención en la fuente para los ingresos laborales parte de una base gravable equivalente o superior a 95 UVT (Unidad de Valor Tributario), que es de 4′029.140 pesos para 2023.

Julio: entre el 9 y el 23 de agostoAgosto: entre el 7 y el 20 de septiembreSeptiembre: entre el 10 y el 24 de octubreOctubre: entre el 8 y el 22 de noviembreNoviembre: entre el 11 y el 22 diciembreDiciembre: entre el 10 y el 23 de enero de 2024

Cuando Se Hace Retencion En La Fuente El pago de impuestos es una obligación tributaria. Getty Images. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Julio: hasta el 25 de agostoAgosto: hasta el 22 de septiembreSeptiembre: hasta el 26 de octubreOctubre: hasta el 24 de noviembreNoviembre: hasta el 26 de diciembreDiciembre: hasta el 26 de enero de 2024

El mecanismo de retención en la fuente es una oportunidad para que los contribuyentes paguen los impuestos poco a poco y así el saldo a pagar será menor cuando llegue la fecha de vencimiento. Por eso es clave, al momento de presentar la declaración de renta, tener en cuenta las retenciones en la fuente que se hicieron durante el año gravable anterior para descontarlas del saldo a pagar. Cuando Se Hace Retencion En La Fuente Los salarios también son objeto de la retención de la fuente. | Foto: Getty Images/iStockphoto A nivel salarial, la retención de la fuente también tiene incidencia, pero esta se mide en Unidades de Valor Tributario, UVT. Para el 2023 los montos son:

0 a 95 UVT (42.412 pesos) 0 %, o sea 0 pesos.95 a 150 UVT (636.132 pesos) 19 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT)* 19 % + 10 UVT.150 a 360 UVT (1.526.352 pesos) 28 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 150 UVT)* 28 % + 10 UVT.360 a 640 UVT (2.747.312 pesos) 33 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 360 UVT)* 33 % + 69 UVT.640 a 945 UVT (3.997.192 pesos) 35 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 640 UVT) * 35% + 162 UVT.945 a 2300 UVT (9.668.480 pesos) 37 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 945 UVT) * 37 % + 268 UVT.2300 UVT en adelante 39 % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 2300 UVT) * 39 % + 770 UVT.

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