Que Significa Casarse Por Bienes Mancomunados?
Elvira Olguin
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1. Bienes mancomunados o sociedad conyugal: En este régimen lo que se adquiera después del día de matrimonio civil será propiedad de ambos esposos al 50%, sin contar aquellos que cada uno tenía antes de casarse.
Contents
- 1 ¿Qué pasa si me divorcio y estoy casada por bienes mancomunados?
- 2 ¿Qué bienes no entran en bienes mancomunados?
- 3 ¿Qué pasa con los bienes adquiridos antes del matrimonio?
- 4 ¿Qué bienes no entran en el divorcio?
- 5 ¿Qué pasa si no me quiere dar el divorcio?
- 6 ¿Qué pasa si me caso y yo ya tengo una casa a mi nombre?
- 7 ¿Quién se queda con la casa después de un divorcio?
- 8 ¿Qué derechos pierdo si me voy de casa?
- 9 ¿Cuáles son los bienes que entran en la sociedad conyugal?
- 10 ¿Qué es mejor separación o divorcio?
¿Qué es mejor casarse por bienes mancomunados o separados?
Casarte por bienes mancomunados puede afectar tu historial
- Si estás pensando en casarte o estás a punto de hacerlo, puede que leer este artículo haga que tú y tu pareja reconsideren bajo qué régimen patrimonial desean casarse.
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- Y es que, más allá de si desean o no que lo que compren de ahora en adelante sea de ambos, casarse por bienes mancomunados puede poner en riesgo el historial de ambos.
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- ¿Por qué?
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Bueno, ahora compartirán todo y cuando decimos “todo” es TODO. Es decir que, si uno de los dos adquiere una gran deuda, ésta será de ambos, sin importar que solo uno haya acudido a la financiera a tramitarla.
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- Así que, si quien se endeudó no puede continuar pagando o comete un fraude, no será su historial el único manchado, sino que el del otro también tendrá la nota negativa.
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- Por si esto no fuera poco, los despachos de cobranza también podrán tomarse la libertad de cobrarle a quien no tramitó el crédito y esto podría poner en riesgo su patrimonio, sin importar que lo haya adquirido antes del matrimonio.
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- Entonces, ¿qué se recomienda?
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Sabemos que en un matrimonio la confianza es lo más importante y que nadie se casa pensando que el otro puede adquirir una deuda impagable. Sin embargo, nada está escrito y puede ser que se tengan muchas complicaciones financieras en el futuro, por lo que es mejor no arriesgarse.
- Por ello, para cuidar ambos historiales, lo más recomendable es casarse por bienes separados.
- Así, el patrimonio y el historial de ambos quedarán protegidos.
- Esto, claro está, no quiere decir que no puedan compartir las deudas, ya que pueden tramitar créditos y cuentas mancomunadas, con el objetivo de juntar sus ingresos y que el dinero que les otorguen sea mucho mayor y, tal vez, con mejores condiciones.
Solo asegúrate de que ambos estén 100 por ciento seguros de poder pagar. Además, si quieren compartir los bienes, pueden hacerlo poniendo todo a nombre de. Esto, les ayudará a compartir, pero la mitad del patrimonio estará protegida en caso de que uno de los dos se endeude y no pueda pagar.
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- Recuerda que la decisión sobre bajo cuál régimen patrimonial se casarán debe ser de ambos, siempre tomando en cuenta lo que sea mejor para los dos.
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¿Qué pasa si me divorcio y estoy casada por bienes mancomunados?
Matrimonio por bienes mancomunados – El régimen bajo el que se contrae matrimonio es lo que determina en gran medida lo que pasará con el crédito hipotecario. Uno de los regímenes que existen es el de bienes mancomunados o sociedad conyugal, en el cual, cualquier bien o deuda que adquieras durante el matrimonio pertenece también a tu cónyuge, haya firmado o no, y viceversa.
¿Qué bienes no entran en bienes mancomunados?
No pueden formar parte de la sociedad conyugal: Los bienes adquiridos por herencia. Los bienes adquiridos por legado. Los bienes adquiridos por donación.
¿Qué bienes entran en los bienes mancomunados?
Bienes mancomunados – Los bienes mancomunados son aquellos bienes propiedad de la pareja en un matrimonio a partes iguales entre ambos. Cualquier bien que adquiera la pareja una vez se haya contraído matrimonio, es en igual proporción de ambos, sin importar quién de los dos los haya adquirido.
¿Qué pasa con los bienes adquiridos antes del matrimonio?
Bienes comprados antes del matrimonio – Todo bien comprado antes de contraer un matrimonio, o lo que es lo mismo, estando solteros, será de propiedad en proporción de la persona a cuyo nombre se adquiera,
Si se trata de un bien mueble no anotado en registros oficiales (como por ejemplo una silla, mesa, bicicleta etc) será de su poseedor.Si se trata de un bien mueble que consta en Registros como ocurre con un vehículo, será del titular que conste en dicho registro. En la DGT ya es posible que un vehículo esté a nombre de varias personas.Si se trata de dinero en cuenta bancaria, le corresponderá a la persona o personas de las que la cuenta sea titular. Si se trata de un sólo titular, todo el dinero será de esa persona. Si por el contrario se trata de varios titulares, el dinero le corresponderá en proporción a los titulares a cada uno de ellos.En lo que respecta a una propiedad inmobiliaria, ocurre lo mismo. De tener una persona el pleno dominio, el inmueble será de esta. En el caso de que exista distinción entre nuda propiedad y usufructo o bien proporción de la propiedad como proindiviso, será de las personas que así conste en el Registro de la Propiedad.
El hecho de que después alguno de los titulares después contraiga matrimonio, no cambiará la naturaleza del bien. Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.
¿Cuál es la diferencia entre sociedad conyugal y bienes mancomunados?
Sociedad conyugal – El régimen de sociedad conyugal, también conocido como régimen de bienes mancomunados, establece que la pareja comparta todas sus propiedades desde que se unen en matrimonio. Es decir, cada bien que hayan adquirido antes de casarse ahora será de ambos, aunque en el título de propiedad solo conste el nombre de uno de ustedes.
Propiedades que aportará a la sociedad conyugal, especificando su valor y el gravamen que reporte, así como un documento que las avale, como el título de propiedad. Además, deberá hacerse lo mismo con las que quieran dejar al margen de la sociedad. Número de deudas, detallando cuáles serán compartidas o no con el cónyuge. Quién administrará la sociedad, Es posible que sea administrada en pareja o que uno de los dos tenga prioridad. Especificar qué procederá con futuros bienes que puedan recibir, como herencias o liquidaciones: ¿se integrarán o permanecerán fuera del acuerdo? Qué ocurrirá con cada uno de los bienes compartidos en caso de que se disuelva la sociedad,
¿Cuáles son los bienes que no entran en la sociedad conyugal?
Bienes excluidos de la sociedad conyugal. – Los siguientes bienes están excluidos de la sociedad conyugal, de manera que seguirán haciendo parte del patrimonio individual de cada cónyuge:
- Las herencias y legados.
- Las donaciones.
- El inmueble que fuere debidamente subrogado a otro inmueble propio de alguno de los cónyuges.
- Las cosas compradas con valores propios de uno de los cónyuges, destinados a ello en las capitulaciones matrimoniales o en una donación por causa de matrimonio.
- Todos los aumentos materiales que acrecen a cualquiera especie de uno de los cónyuges, formando un mismo cuerpo con ella, por aluvión, edificación, plantación o cualquiera otra causa.
- Las especies que uno de los cónyuges poseía a título de señor antes de ella, aunque la prescripción o transacción con que las haya hecho verdaderamente suyas se complete o verifique durante ella.
- Los bienes que se poseían antes de ella por un título vicioso, pero cuyo vicio se ha purgado durante ella por la ratificación, o por otro remedio legal.
- Los bienes que vuelven a uno de los cónyuges por la nulidad o resolución de un contrato, o por haberse revocado una donación.
- Los bienes litigiosos y de que durante la sociedad ha adquirido uno de los cónyuges la posesión pacífica.
- El derecho de usufructo que se consolida con la propiedad que pertenece al mismo cónyuge: los frutos sólo pertenecerán a la sociedad.
- Lo que se paga a cualquiera de los cónyuges por capitales de crédito constituidos antes del matrimonio, pertenecerá al cónyuge acreedor.
- Los intereses devengados por uno de los cónyuges antes del matrimonio, y pagados después.
¿Cuando fallece el marido que le queda a la esposa?
REQUISITO PARA HEREDAR DEL CÓNYUGE VIUDO: NO ESTAR SEPARADO LEGALMENTE NI SEPARACIÓN DE HECHO –
- El Código Civil, en su artículo 807, declara como heredero legítimo al cónyuge viudo/a, junto con los descendientes o ascendientes del fallecido.
- La nota característica del derecho hereditario del cónyuge viudo es que este derecho no es en propiedad de los bienes, sino solo en usufructo ( uso y disfrute de los mismos), por lo que los propietarios serán los otros herederos y él solo tendrá el derecho de uso de determinados bienes de la herencia.
- El requisito esencial para que el cónyuge pueda tener derecho hereditario, como mínimo, a este usufructo es que, a la fecha del fallecimiento, haya matrimonio vigente con el fallecido.
Por lo tanto, no tienen derecho a legítima hereditaria los separados, ni divorciados legalmente. Tampoco aquellos que se haya declarado su matrimonio nulo, ya que se considera que, ese matrimonio, no ha existido nunca.
- En caso de separación, el cónyuge viudo, separado solo podría tener derecho a su legítima si esa separación se demuestra que ha sido por culpa del difunto, cosa muy complicada demostrar ya que, actualmente, en los procesos de separación, las sentencias no establecen quien es el culpable o inocente en la separación: se limitan a declarar la separación legal sin más.
- Sí hay derecho a legítima del viudo/a en caso de reconciliación y reanudación de la convivencia en común.
- Un caso especial es aquellos en los que hay una separación de hecho : los cónyuges están separados en la práctica, sin convivencia ni vida en común, pero no han formalizado ese tramite en el Juzgado: teóricamente se tiene derecho a la herencia, pero en la práctica, basta con acreditar esa separación de hecho, prolongada en el tiempo y definitiva, para que se considere que, el cónyuge, tampoco tiene derecho hereditario sobre los bienes del fallecido
¿Qué pasa cuando muere un cónyuge en sociedad conyugal?
Expuso que cuando uno de los cónyuges fallece, los herederos de él serán quienes tomen posesión del 50 por ciento de los bienes adquiridos como parte de la sociedad conyugal.
¿Qué es mejor separación o divorcio?
Principal diferencia entre la separación y el divorcio Como dijimos, hay menos diferencias que puntos en común, pero las que hay son decisivas. La separación matrimonial deja la puerta abierta a una posible reconciliación mientras que el divorcio supone una ruptura definitiva.
¿Qué bienes no entran en el divorcio?
Regulación de los bienes propios en el matrimonio Martes, 2 de marzo de 2021 El matrimonio no solo es un vínculo sentimental entre las personas, también es reconocido por el Estado como una institución jurídica que trae consigo una serie de deberes y derechos entre los cónyuges, tales como, respetarse en su integridad física y psicológica, dignidad, bienes, contribuir a los fines del matrimonio o socorrerse mutuamente.
A demás de ello, esta figura puede producir efectos legales sobre los bienes de los consortes, según sea el régimen patrimonial que hayan escogido: separación de bienes o sociedad conyugal. LEE: CÓMO CONSTITUIR UNA SOCIEDAD CONYUGAL En la separación de bienes cada esposo conserva la propiedad del peculio obtenido antes y durante el matrimonio; en cambio, en la sociedad conyugal todos los bienes y ganancias son comunes para ambos esposos sin importar por quién fueron conseguidos; sin embargo, existen algunos bienes que se encuentran excluidos.
De acuerdo con el artículo 182 Quintus del Código Civil para el Distrito Federal, en la sociedad conyugal son propiedad de cada cónyuge los bienes y derechos siguientes, los:
que le pertenezcan al tiempo de celebrarse el matrimonio, y los que posea antes de este, aunque no fuera dueño de ellos, si los adquiere por prescripción durante el matrimonio que adquiera después de contraído el matrimonio, por herencia, legado, donación o don de la fortuna adquiridos por cualquier título propio que sea anterior al matrimonio, aunque la adjudicación se haya hecho después de la celebración de este; siempre que todas las erogaciones que se generen para hacerlo efectivo corran a cargo del dueño de este que se adquieran con el producto de la venta o permuta de bienes propios objetos de uso personal instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio, salvo cuando estos integren o pertenezcan a un establecimiento o explotación de carácter común. No perderán el carácter de privativos por el hecho de haber sido adquiridos con fondos comunes, pero en este caso el otro cónyuge que los conserve deberá pagar a otro en la proporción que corresponda, y comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de contraer matrimonio, cuando la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero propio del mismo cónyuge, excepto la vivienda, enseres y menaje familiares
Es importante destacar que l as condiciones bajo las cuales se constituye la sociedad dependen de la voluntad de los consortes plasmada en las capitulaciones matrimoniales; por tanto, es posible que algunos de los bienes señalados a puedan formar parte de la sociedad, si así se acuerda expresamente.
¿Qué pasa si no me quiere dar el divorcio?
¿Puede divorciarse si su pareja no quiere hacerlo? – La respuesta, para no demorarla más, es que sí. Y es que, según la legislación vigente en estos momentos, no hace falta el consentimiento de la otra parte para acceder a ese estado civil. No hay que confundir nunca derecho canónico con derecho civil,
- El primero, que es el aplicado por la iglesia católica, establece que cuando una persona contrae matrimonio con otra a través de esta institución es para toda la vida,
- Por lo tanto, para ella, aunque se produzca el divorcio, seguirán estando casados.
- Más allá de eso, esto no tiene ninguna repercusión sobre la vida normal de los sujetos afectados.
En cambio, el derecho civil, que es el que prevalece, da prioridad a que un sujeto no tenga que mantener el vínculo en contra de su voluntad y tener que convivir con esa persona. Conviene destacar que esto antes no era así. Al menos, no exactamente. La legislación sobre el divorcio original preveía que pudiese darse la ruptura del vínculo matrimonial cuando una de las partes no estaba dispuesta a hacerlo siempre y cuando existiese un motivo contemplado en el texto legal.
¿Qué pasa si me caso y yo ya tengo una casa a mi nombre?
El reparto de propiedad de un domicilio familiar en régimen de gananciales – En el caso de una vivienda comprada antes del matrimonio por uno de los implicados que ha abonado el 50% de la hipoteca antes de contraer matrimonio y el restante 50% durante el régimen de gananciales, se dividirá de esta forma :
La persona que adquirió el inmueble será la propietaria del 50% que fue comprado antes de casarse.El 50% restante va a formar parte de la sociedad de gananciales y se tendrá que dividir según lo que se establezca en la sentencia de divorcio.
En estos casos se debe contar con el consentimiento de la otra parte si se desea vender o alquilar la vivienda. Suele ser un caso excepcional, ya que no es común que se den todos los condicionantes para que se concluya que el bien es de las dos partes.
¿Cómo proteger los bienes antes de casarse?
Asuntos legales – Estas son las alternativas para proteger su patrimonio antes de contraer matrimonio Fuente: Además de la capitulaciones se puede hacer una liquidación de la sociedad conyugal o un testamento para evitar que sea heredero En 2022 por lo menos 18.098 parejas decidieron separarse, según cifras de Statista. Uno de los procesos más difíciles cuando los cónyuges deciden dejar la relación es separar los bienes, sobre todo para quienes no protegieron su patrimonio.
- Es por esto que antes de tomar la decisión de casarse debería asesorarse de un abogado y entender cuáles son las implicaciones de la unión.
- Es importante entender que la sociedad conyugal (y por ende de bienes) se da por el solo hecho de contraer matrimonio civil o religioso con efectos civiles, salvo que se haya pactado impedir sus efectos patrimoniales mediante la suscripción previa de capitulaciones y/o la liquidación la sociedad conyugal posterior.
- “Habrá que diferenciar la noción de sociedad conyugal de la sociedad patrimonial, pues esta última se genera es con la existencia de una unión marital de hecho aunque tengan los mismos efectos patrimoniales y, por lo mismo, pueda igualmente ser objeto de capitulación de bienes por acuerdo de los compañeros permanentes”, aclaró Juan Pablo Díaz Castaño, asociado Senior de Holland & Knight.
- Existen varias alternativas para proteger el patrimonio, dependiendo del tipo de activos, de la jurisdicción en la que se encuentran, de la nacionalidad de los contrayentes y de los planes que tengan, explicó Andrea Concha, Asociada Principal del área de Clientes Privados y Familia de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría.
- “Dentro de las alternativas más comunes se encuentra el otorgamiento de capitulaciones, la liquidación de la sociedad conyugal, la implementación de estructuras corporativas de protección patrimonial y la elaboración de testamentos (para evitar que el cónyuge sea heredero)”, dijo la Asociada.
La primera opción, y la más conocida, es firmar las capitulaciones relativas a los bienes que aportan o excluyen de la sociedad conyugal, como las donaciones o concesiones que realice el uno al otro en relación con los bienes, salarios, frutos, intereses, etc. tanto actuales como futuros. “Si bien existe una concepción generalizada de que las capitulaciones son un instrumento rígido de separación de bienes, lo cierto es que pueden ser diseñadas a la medida de cada pareja con el objetivo de materializar su voluntad y de acuerdo con su situación particular”, Adriana Rodado, Asociada en Lewin & Wills.
Las capitulaciones son muy específicas a la situación de la pareja y por tanto pueden ser tan excluyentes o incluyentes y la suscripciones de las mismas por regla general no implican un impacto tributario para los partes. “Excluyentes se refiere a que del patrimonio que construya la pareja no se tendrá en cuenta ciertos bienes y las ganancias derivados de los mismos.
Incluyentes es para indicar de forma expresa que un bien especifico actual o que se espere recibir en el futuro va a entrar dentro del patrimonio común de los cónyuges”, aclaró Díaz.
- La segunda opción la explicó Díaz ” se puede firmar la escritura pública del matrimonio y acto seguido una escritura de liquidación de la sociedad conyugal ante la Notaria inmediatamente después de contraer las nupcias, evitando así la existencia de una sociedad de bienes comunes entre los cónyuges durante la existencia del matrimonio”.
- Es importante que se haga un análisis de las concesiones de las capitulaciones y/o acuerdo al momento de liquidar la sociedad conyugal, puesto que si se entiende que existió una donación entre estos, podrían estar sometidos al impuesto de ganancias ocasionales que fue incrementado a 15% con ocasión de la Ley 2277 de 2022, la “Reforma Tributaria”.
- Además, los futuros cónyuges pueden pactar un régimen económico de separación total, pero también hacer concesiones recíprocas y determinar qué tipo y/o cuáles activos de los que sean propietarios en el momento o puedan llegar a recibir a futuro serán considerados propios y no entrarán a ser parte de la sociedad conyugal”, explicó Rodado.
- “Lo anterior, sin perjuicio de las normas generales del Código Civil que establecen los casos en que ciertos activos serán considerados propios independientemente de lo establecido vía capitulaciones”, aclaró.
- El valor de estos procesos dependerá de su contenido, es decir, de los bienes allí relacionados, pues lo anterior varía la base para liquidar los derechos notariales a los que haya lugar.
- “Lo anterior no obsta para que sean consideradas como actos sin cuantía en algunos casos, por ejemplo, en los pactos de separación total de bienes donde no se indica valor alguno”, concluyó Rodado.
Si cambian de opinión sobre las capitulaciones las partes tienen dos opciones, la primera solo es posible cuando todavía no se ha tramitado el documento en la notaría, en este caso la pareja puede pedir que no se protocolice la escritura pública y que el acuerdo firmado no tenga validez.
¿Quién se queda con la casa después de un divorcio?
¿Cuáles son los bienes matrimoniales? – Los bienes matrimoniales se dividen en su divorcio. La mayoría de los bienes que usted o su cónyuge obtuvo o ganó durante su matrimonio son bienes matrimoniales. No importa a nombre de quién esté el título o la escritura.
Todavía son bienes matrimoniales a menos que fue un regalo o una herencia. Un bien matrimonial es propiedad de los dos. A continuación se examinan brevemente dos tipos de bienes matrimoniales, casas matrimoniales y planes de jubilación. La casa matrimonial Su casa matrimonial es la casa en la que usted y su cónyuge vivieron juntos durante su matrimonio.
Usted y su cónyuge deben pensar en quién puede pagar el costo de quedarse con la casa. En general la persona que se queda con la casa es responsable por el costo de mantenerla. Esto puede incluir los pagos de hipoteca, los impuestos a la propiedad y el mantenimiento general.
A veces solo uno de los cónyuges puede pagar estos costos, y tiene sentido que esa persona se quede con la casa. A veces ninguna de las partes puede pagar la casa por su cuenta, por lo que la única opción es vender la casa y dividir cualquier dinero de la venta. Usted y su cónyuge pueden estar de acuerdo sobre lo que debería suceder con el hogar.
Si no están de acuerdo, es posible que necesiten un mediador o un abogado para ayudarles. Si su caso resultará en un juicio y el juez decide cómo dividir su propiedad, pueden pasar dos cosas. El juez puede otorgarle la casa a uno de los cónyuges o les puede ordenar a vender la casa.
Si el juez ordena que se venda la casa, cualquier dinero de la venta se lo dividirá entre usted y su cónyuge. O, si su hipoteca es por más dinero que el valor de la casa, se dividirá la deuda entre los dos. Es común que uno de los cónyuges se vaya de la casa matrimonial antes de que se finalice el divorcio.
Las personas a veces piensan que están renunciando su derecho a la propiedad al mudarse. No es cierto. Un cónyuge que se muda de la casa matrimonial antes del divorcio igualmente tiene un interés económico en la casa. Pensión/ plan de jubilación En general la parte de una pensión o un plan de jubilación que se acumula durante una matrimonio es un bien matrimonial.
¿Qué derechos pierdo si me voy de casa?
¿Si me voy de mi casa estoy renunciando a la custodia de mis hijos? – No. Irse del domicilio familiar antes de iniciar una demanda de separación o divorcio nunca comporta una pérdida de derechos. Ya lo dejó claro el Tribunal Supremo en su Sentencia nº 571/2015, 14 de Octubre de 2015 que se rechaza expresamente que la salida civilizada del hogar suponga que el que se marcha esté tácitamente aceptando la custodia monoparental de sus hijos por parte del otro progenitor.
¿Cuáles son los bienes que entran en la sociedad conyugal?
1. Cuando se liquida la sociedad conyugal, la cual surge por mandado legal una vez se ha celebrado el matrimonio, se deben determinar cuáles bienes y deudas que se derivan de ella. Los bienes que queden después de pagar las deudas de la sociedad conyugal son los denominados gananciales, los cuales entraran a repartirse entre ambos cónyuges por partes iguales.2.
- Se entiende que son bienes de la sociedad conyugal todos aquellos bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio y hasta antes de que aquella sea liquidada, salvo los que cada uno haya recibido a título gratuito, como son las herencias o las donaciones.3.
- El proceso de disolución y liquidación de la sociedad conyugal puede hacerse como consecuencia del divorcio o antes si las partes convienen continuar casados, pero bajo el régimen de separación de bienes.
Cuando la liquidación de la sociedad conyugal es consecuencia del divorcio, los cónyuges pueden optar por realizarlo ante un juez o ante un notario, siempre y cuando lo hagan de mutuo acuerdo. En ambos casos deben contar con la asesoría de un abogado y finalmente será el juez o el notario quien apruebe la forma en la que se asignarán los bienes a cada uno de los cónyuges.
¿Cuándo conviene hacer separación de bienes?
En este artículo saldrás de dudas. La separación de bienes es lo más conveniente si lo que quieres es ser el dueño privativo de tu patrimonio y no quieres compartir beneficios con tu cónyuge. El patrimonio es el formado antes y después del matrimonio y a cada uno le corresponde el uso y disfrute de dichos bienes.
¿Qué beneficios tiene la separación de bienes?
La separación de bienes permite diferenciar el patrimonio de los cónyuges durante el matrimonio. De ese modo, cada uno puede administrarlos y gestionarlos como se le antoje sin necesidad de contar con el permiso o consentimiento del otro. Esto no quiere decir que no puedan tener propiedades compartidas.
¿Qué es mejor separación o divorcio?
Principal diferencia entre la separación y el divorcio Como dijimos, hay menos diferencias que puntos en común, pero las que hay son decisivas. La separación matrimonial deja la puerta abierta a una posible reconciliación mientras que el divorcio supone una ruptura definitiva.