Como Se Calcula La Antiguedad Docente En Buenos Aires - [Respuesta a la pregunta]

Como Se Calcula La Antiguedad Docente En Buenos Aires

Como Se Calcula La Antiguedad Docente En Buenos Aires

¿Cómo se calcula la antigüedad docente en Provincia de Buenos Aires?

Antigüedad docente –

En cualquier jurisdicción oficial o de institutos de enseñanza oficial (en cualquier jurisdicción oficial o de institutos incorporados a la enseñanza oficial, en cualquier nivel o área de la educación): 0.10 (diez centésimos) de punto por cada año. En jurisdicción del MEDGC (para todas las áreas y niveles. Incluye al personal docente transferido por la Ley N.º 24.049. Para profundizar en las consideraciones sobre las distintas áreas y cargos, lo que se considera como servicios prestados, y otras aclaraciones, dirigirse al Art.17 Inc. B del estatuto docente): 0.45 (cuarenta y cinco centésimos) de punto por cada año.

Por aplicación de este apartado, se pueden acumular hasta 9 (nueve) puntos por docente*. *Sin tener en cuenta el otorgado por el desempeño en la asignatura o cargo del escalafón del área para el que concursan, en jurisdicción del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (mencionado en el punto anterior).

¿Cómo se cuenta la antigüedad docente?

Antigüedad total: Es la antigüedad que se computa por tu desempeño docente en cualquier área de cualquier jurisdicción, estatal o privada reconocida oficialmente: 0,10 por año (365 días). Si bien en los listados se sigue sumando la antigüedad, no se computa cuando excede los 9 puntos.

¿Cuánto suma la antigüedad docente?

El porcentaje correspondiente se aplica sobre la suma de asignación de clase y estado docente. –

ANTIGÜEDAD DOCENTE
AÑOS PORCENTAJE
1 (antes 10%) Desde abril 2023:15%
2 a 4 (antes 15%) Desde abril 2023:20%
5 a 6 (antes 30%) Desde abril 2023:35%
7 a 9 (antes 40%) Desde abril 2023:45%
10 a 11 (antes 55%) Desde abril 2023:60%
12 a 14 (antes 60%) Desde abril 2023:65%
15 a 16 70%
17 a 19 80%
20 a 21 100%
22 a 23 110%
24 a 25 120%
26 a 27 130%
28 a 30 140%
30 años o más 150%
El % se aplica sobre la suma de los ítems: “Asignación de clase” + “Estado docente “. Última actualización paritaria salarial marzo 2023

img class=’aligncenter wp-image-189362 size-full’ src=’https://hoyhistoriagt.org/wp-content/uploads/2023/07/cashysovuco.jpg’ alt=’Como Se Calcula La Antiguedad Docente En Buenos Aires’ /> Es importante siempre ir actualizando la antigüedad docente llevando las “Altas y Bajas” de las escuelas en donde se han prestado servicios para que la oficina de legajos vaya actualizando la situación de revista y se refleje en el cobro inmediato. Desde septiembre de 2019, para este tipo de tramites funciona la “VENTANILLA UNICA” en casa de gobierno en la planta baja, ala oeste.

¿Cuándo cambia el porcentaje de antigüedad docente?

El reajuste de la antigüedad se realizará mensualmente para el personal docente que reviste en carácter de titular, interino o provisional. Al personal suplente se le reajustará al 1° de enero de cada año y se hará efectiva la bonificación a partir de la fecha en que se cumplan los plazos fijados para cada período.

¿Cómo se computan los años de antigüedad?

Resta la fecha de inicio del empleo a la fecha actual. Por ejemplo, si la fecha actual es el 1 de junio de 2023 y el trabajador comenzó el 1 de enero de 2010, la resta sería: 2023 – 2010 = 13. El resultado obtenido es la antigüedad del trabajador en años.

¿Cómo se calcula el pago de la antigüedad?

Cómo liquidar un sueldo Como Se Calcula La Antiguedad Docente En Buenos Aires Los recibos de sueldo suelen tener términos que no siempre se sabe con exactitud qué significan. Algunos de los rubros más comunes pueden ser salario básico, conceptos no remunerativos, adicionales, descuentos y retenciones. Por supuesto que existen otros que se verán a continuación.

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El encabezado del recibo tiene que contener datos sobre el empleador (razón social, domicilio y CUIT), el trabajador (nombre, calificación profesional, CUIL), la relación laboral (fecha de ingreso, categoría) y el período de pago (lugar, fecha, período liquidado, cuenta bancaria).

El cuerpo central del recibo posee en una columna, todos los conceptos que se pagan al trabajador en bruto (sin ningún descuento) y en otra columna, aquellas deducciones o retenciones (que se restan al monto anterior).

Al final, están sumadas cada una de las columnas y figura el salario neto (lo que recibe el empleado en la mano). Este importe tiene que estar en números y en letras.

¿Cuáles son los conceptos que se suman en un recibo de sueldo?

El sueldo básico que es la remuneración (por lo general, mensual) establecida en el convenio colectivo de trabajo de cada actividad y que varía según la categoría. Luego, sobre este monto se calcularán los distintos adicionales. La antigüedad. Es un porcentaje determinado (según el convenio) por cada año de trabajo, en general oscila entre el 1% y el 3% y se calcula sobre el básico. En algunas actividades puede ser una suma fija por año. El presentismo. Es una suma fija o un porcentaje del básico que se otorga a los trabajadores que no faltaron en todo el mes. También se fija por convenio, no todas las actividades lo reciben. El título profesional. Es un porcentaje del básico que se abona a aquellos empleados que tienen títulos universitarios o terciarios afines a su actividad laboral. En los casos que no puedan ejercer, además, esta profesión en forma independiente se les paga la “inhabilitación del título”. El adicional remunerativo. Es un monto acordado en la negociación paritaria que no se incorpora al sueldo básico, pero que está sujeto a deducciones y se toma como base de cálculo de aguinaldo, vacaciones e indemnizaciones. Por lo general, se establece por el lapso que dure el convenio (un año, 18 meses o el plazo previsto en el acuerdo) y es una suma fija, que puede ir aumentando a lo largo de este tiempo. El adicional no remunerativo. Es igual al anterior, pero no está sujeto a descuentos de obra social, jubilación o gremio (salvo que la paritaria haya establecido lo contrario). Tampoco se computa para el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización. Aunque en este caso, hay fallos judiciales que sí lo incluyen. Las horas extra. Son aquellas horas que el empleado trabajó por encima de la jornada de convenio. Lamentablemente algunas actividades no contemplan este ítem, aunque el trabajador trabaje fuera de su horario. Sin embargo lo ideal y que en muchos casos se cumple, es que si el trabajador se queda trabajando horas que exceden a su horario, se las paguen aparte de su salario. Horas feriado. Se liquida el trabajo de feriados nacionales. Se paga el 100 por ciento, o más, según el convenio colectivo de cada actividad. Horario nocturno. También está contemplado en los convenios. Es para el trabajo que se realiza después de las 21 y hasta las 6 de la mañana. A cuenta de futuros aumentos. En este rubro se incluyen los aumentos que dan los empleadores antes de cerrar los acuerdos paritarios de toda la actividad. Después, se absorben con las subas del convenio. Ticket Ley 26341. Este es un remanente de los vales alimentarios o que regían hasta 2007. Los montos que se recibían por estos tickets canasta se incorporaron a la remuneración bajo este concepto. Otros adicionales. Además de los rubros anteriores, las empresas pueden pagar plus por productividad, bonificaciones anuales, u otros. Vacaciones. Los días de vacaciones se expresan por separado. Cada día de esta licencia anual ordinaria se calcula dividiendo la remuneración habitual por 25 (con lo cual, el salario es aproximadamente un 20% más). Sueldo anual complementario (aguinaldo). También debe ponerse por separado. Se paga en dos cuotas: una con el salario de junio y otra con el de diciembre. Es la mitad del mejor sueldo del semestre. Asignaciones familiares. Las abona la ANSES si el trabajador tiene un ingreso inferior al tope establecido por la ley para percibir este beneficio. Son: por hijo, prenatal, por maternidad, por adopción, por matrimonio y ayuda escolar.

¿Cuáles son los conceptos que se descuentan, es decir, las deducciones?

Aporte jubilatorio (SIPA). Es el 11% de todos los conceptos remunerativos. Existen algunas actividades especiales en las cuales este porcentaje varía. También es diferente en los regímenes jubilatorios provinciales. Deben ir separados los aportes sobre el sueldo, las vacaciones o el aguinaldo. Aporte al PAMI (INSSJP). Es el 3% de todas las sumas remunerativas. Se destina a financiar la obra social de los jubilados. Aporte a la obra social. También es el 3% y financia la cobertura de salud del trabajador y su familia. Cuota sindical. Se cobra a los afiliados al sindicato de cada actividad y la empresa luego lo envía al gremio. Es un porcentaje del sueldo (entre 2 y 4%, por lo general), aunque también se pueden establecer sumas fijas. Impuestos (retención de Ganancias). El empleador actúa como agente de retención de este tributo: descuenta del sueldo el monto correspondiente y lo ingresa a la AFIP. Seguro colectivo. Los empleadores están obligados a contratar un seguro de vida para todos sus trabajadores. Descuentos judiciales. En el caso que los trabajadores tengan embargos sobre el sueldo (pueden ser por créditos adeudados, deudas judiciales, pagos por alimentos u otros) se especifican en el recibo. Otras deducciones. En el recibo de pago también se pueden incluir descuentos que se realicen “por planilla”: pago de créditos, cuotas de mutuales, consumos abonados por adelantado por la empresa y otros rubros.

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Primero que nada, es importante identificar:

Fecha de ingreso al empleo Fecha de egreso al empleo Mejor remuneración normal y habitual (neta) Valor día (es el salario dividido 30) Antigüedad computable

Una vez que se tienen estos datos, se calculará cada rubro de la liquidación:

Indemnización por despido

Art.245 – Ley 20.744. Se calcula sólo cuando la relación laboral se extingue por despido (directo o indirecto). Es decir, no se calcula en caso de renuncia del trabajador. Se paga un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses.

Indemnización sustitutiva del Preaviso

Arts.231 y 232 – Ley 20.744. Se calcula sólo cuando la relación laboral se extingue por despido (directo o indirecto), y el empleador omitió el preaviso al trabajador (es decir, lo despidió sin darle 1 mes o 2 -según el caso-, de preaviso para que vaya buscando otro trabajo).

  1. El preaviso, cuando las partes no lo fijen en un término mayor, deberá darse con la anticipación siguiente: a) Por el trabajador, de quince (15) días.
  2. B) Por el empleador, de un (1) mes cuando el trabajador tuviese una antigüedad en el empleo que no exceda de cinco (5) años y de dos (2) meses cuando fuere superior”.

En este caso se debe dar un sueldo en caso de que corresponda un mes de preaviso, o dos sueldos si corresponden dos meses.

Integración del mes de despido

Art.233 – Ley 20.744. Se calcula sólo cuando la relación laboral se extingue por despido (directo o indirecto), y cuando la relación se extingue un día que no coincide con el último día del mes. Cálculo: se debe abonar cada día que falte para terminar el mes.

Proporcional del mes trabajado.

Se calcula siempre (tanto en caso de despido, como en caso de renuncia). En este caso se debe abonar cada día trabajado, desde el 1° del mes, hasta el día de la extinción de la relación laboral. Te recomendamos que leas la siguiente nota: y te invitamos también a conocer también nuestros, : Cómo liquidar un sueldo

¿Cuándo cambia la antigüedad docente Provincia de Buenos Aires?

El reajuste de la antigüedad se realizará mensualmente para el personal docente que reviste en carácter de titular, interino o provisional. Al personal suplente se le reajustará al 1° de Enero de cada año y se hará efectiva la bonificación a partir de la fecha en que se cumplan los plazos fijados para cada período.

¿Qué es la antigüedad en el servicio docente?

LA CONSTANCIA DE ANTIGÜEDAD EN EL NIVEL O MODALIDAD ES EL DOCUMENTO, EXPEDIDO POR EL TITULAR DEL NIVEL EDUCATIVO, EN LA CUAL INDICA LA ANTIGÜEDAD DOCENTE PARA PARTICIPAR EN CARRERA MAGISTERIAL QUE, OFICIALMENTE, SE LE RECONOCE EN ESE NIVEL O MODALIDAD.

¿Cómo se forma el puntaje docente?

Se obtiene ‘ multiplicando el promedio de las calificaciones por la suma de los títulos y la antigüedad ‘. Art.51 del Estatuto del Docente.

¿Qué es el ítem 5 en la docencia?

ITEM 5. – Aspirantes con título específico (incluido título en trámite) habilitado que figure en Nomenclador (no Licenciaturas) sin título o capacitación docente y un año de desempeño en la Rama. – Aspirantes a PF 3º ciclo EGB que posean título de Maestro que figuran como habilitantes para el 1º y 2º ciclo. ITEM 6.

¿Qué es el puntaje anual docente?

Es el cómputo generado a partir de la valoración numérica del desempeño docente, antecedentes, títulos y cursos.

¿Cuánto gana un Profesor de secundaria en Provincia de Buenos Aires?

El sueldo nacional promedio de un Profesor De Secundaria es de $87.732 en Argentina.

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¿Cuál es el sueldo de un Profesor en Argentina?

¿Cuánto gana un Profesor? El sueldo nacional promedio de un Profesor es de $95.732 en Argentina. Filtra por ubicación para ver los sueldos de Profesor en tu área. Las estimaciones de los sueldos se basan en los902 sueldos que los empleados con un cargo de Profesor informaron a Glassdoor de manera anónima.

¿Qué dice el artículo 139 del Estatuto docente?

ART 139 ° : Cuando a un docente se le impute la comisión de faltas o hechos que configuren presuntivamente faltas graves, la dirección docente correspondiente procederá a una investigación a efectos de resolver sobre la conveniencia o no del pedido de instrucción del sumario a la Subsecretaría de Educación.

¿Cómo se actualizan los bienios en carrera docente?

La actualización se debe realizar en el portal www.carreradocente.cl. La información actualizada de bienios comenzará a verse reflejada en el pago de asignaciones desde marzo de 2019 en adelante.

¿Cómo se calcula la antigüedad en Argentina?

Antigüedad – Las empleadoras y los empleadores deberán abonar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico. Esta liquidación es generalizada y abarca a todas las relaciones laborales vigentes. El concepto estará incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.

¿Cuándo empieza a contar la antigüedad?

¿Qué es la antigüedad en la empresa? – Como decíamos, la antigüedad del trabajador en la empresa empieza a contar desde el primer contrato de trabajo, independientemente del tipo de contrato que sea ya que todos los contratos cuentan para la antigüedad, salvo los periodos en prácticas (como becario) ya que no constituyen relación laboral.

¿Cuándo se considera un año de antigüedad?

▷ ¿Cómo se calcula la antigüedad laboral? – Si te estás preguntando cómo se calcula tu antigüedad laboral, es muy sencillo, solo tienes que echar un vistazo a tu primera nómina o al día en que tu empresa te dio de alta en la Seguridad Social, a partir de ese momento se empieza a computar la antigüedad labora.

Así, por ejemplo, si empezaste a trabajar el 1 enero de 2019 en tu empresa actual, el 1 de enero de 2020 habrías cumplido un año de antigüedad en la empresa y ahora seguiría sumando meses. Cómo decíamos al principio, aquí no se tiene en cuenta el tipo de contrato, lo único que no cuenta para la antigüedad son los trabajos realizados como becarios o como prácticas curriculares o extracurriculares en la universidad o el máster.

¿Y los contratos a través de empresas de trabajo temporal? En ese caso, si finalmente la empresa en la que estás trabajando te contrata directamente, el tiempo que pasaste contrato por la ETT también computa para la antigüedad laboral.

¿Cómo se considera la antigüedad laboral?

¿Qué es la antigüedad laboral y cuál es su importancia? Es el tiempo que lleva o ha trabajado un empleado, y se cuenta desde que se hace la firma del primer contrato de trabajo, sin importar del tipo de contrato que se trate.

¿Cómo se calcula el quinquenio?

Suele corresponder a un % del salario base (que establecería cada empresa en el convenio de trabajo) por cada año de trabajo sin descuentos y se debería pagar dentro de los 30 días siguientes a la solicitud que presente la persona trabajadora.

¿Cómo se calcula la liquidación final?

La indemnización, será igual a UN (1) mes de sueldo bruto por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.

¿Cuándo cobran los docentes de la provincia de Buenos Aires?

La fecha de cobro de los docentes de la provincia de Buenos Aires ya sean Titulares, provisionales ó suplentes Suele ser el 5to día hábil de cada mes.

¿Qué es el ítem 5 en la docencia?

ITEM 5. – Aspirantes con título específico (incluido título en trámite) habilitado que figure en Nomenclador (no Licenciaturas) sin título o capacitación docente y un año de desempeño en la Rama. – Aspirantes a PF 3º ciclo EGB que posean título de Maestro que figuran como habilitantes para el 1º y 2º ciclo. ITEM 6.

¿Qué significa antigüedad en la rama?

Antigüedad en la Rama : Se considerará el desempeño en Establecimientos Educativos dentro de la Jurisdicción Provincial, Nacional, Municipal o en Establecimientos de Gestión Privada reconocida, a razón de 0,50 puntos por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses.

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